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El TSJA rechaza suspender la puesta en marcha de la asignatura de Ciudadanía

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha denegado la suspensión cautelar de la aplicación de los decretos que desarrollan la nueva asignatura de Educación para la Ciudadanía, como hab

El Alto Tribunal andaluz ha dictado un auto en el que rechaza la suspensión de forma cautelar de la asignatura con el argumento del posible daño que se causaría al conjunto del sistema educativo con una medida de este tipo. Los magistrados, que no entran a valorar en su resolución el fondo de la cuestión, recuerdan que la entrada en vigor de los decretos impugnados no produce la obligatoriedad de la asignatura, pues esto ya se había establecido previamente en la Ley Orgánica de Educación, y sostiene que de las normas recurridas “no se deriva directamente la implantación de una asignatura que imponga la formación moral en la denominada ideología de género”. Los jueces indican que los padres pidieron la suspensión de ambos decretos en su integridad, con lo que la suspensión afectaría a toda la ordenación de la enseñanza Primaria y Secundaria en Andalucía, y por tanto también a “materias ajenas a la asignatura Educación Para la Ciudadanía”.

La decisión del TSJA respalda la postura expuesta por la Fiscalía de Sevilla, que había manifestado que la suspensión supondría la “paralización de la norma en la totalidad de los objetivos, competencias básicas y contenidos” y afectaría a “aspectos relevantes para el funcionamiento y ordenación del sistema educativo”, con lo que se causaría una “grave perturbación al interés público y al derecho de otros alumnos”.

 

El TSJA ha fijado para el próximo día 13 una vista para analizar el primero de los recursos de los padres, en el que la Fiscalía expondrá su rechazo y solicitará que se declare la inadmisión a trámite del recurso, lo que evitaría que la Sala tuviera que entrar en el fondo del asunto, según explicó ayer el teniente fiscal de Sevilla, Antonio Ocaña. La Junta de Andalucía coincide con la postura del Ministerio Público y cree que el recurso no debe admitirse por la inadecuación del procedimiento.

 

La Fiscalía apuntó en su escrito de oposición a la suspensión de la enseñanza que los decretos autonómicos son “conforme a Derecho” y no infringen el contenido fijado en la Ley de Educación. El Ministerio Público sostiene que el derecho a elegir la educación de los hijos “no abarca que los padres determinen conforme sus convicciones y creencias un determinado modelo de sistema educativo, basado en la opción de los contenidos”, porque el derecho a la educación contiene aspectos que “no pueden ser reducidos a la mera adquisición de conocimientos científicos, culturales o artísticos que no puede ser la única finalidad del sistema educativo”.

 

Los padres dicen que el auto no es firme
El abogado Carlos Seco Gordillo, uno de los padres que presentó el recurso, recordó ayer que el auto del TSJA no es firme, por lo que está estudiando la posibilidad de recurrirlo. El letrado anunció que ha solicitado la ampliación de recurso a las órdenes que desarrollan los decretos autonómicos y que no fueron incluidas inicialmente porque no habían sido dictadas cuando se iniciaron las acciones ante la sala de lo Contencioso-Administrativo. Los cinco padres sevillanos presentaron el recurso al entender que la nueva enseñanza  vulneraba el derecho fundamental a la libertad ideológica, religiosa o de culto y el artículo 27.3 de la Constitución Española, que consagra el derecho de los padres a que sus hijos reciban una formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

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