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El Te Deum del 20 de julio en Colombia no se realizará este año

Esta suspensión se tomó en septiembre del año pasado por parte de la Sección Primera del Consejo de Estado, mientras se estudia demanda en contra del artículo cuatro del Decreto 770 de 1982 que expide el reglamento de protocolo y ceremonia de la Presidencia de la República.

Dicho decreto, fija el orden del día de la celebración del 20 de julio así, estableciendo en primer lugar el Te Deum en la Catedral Primada de Bogotá, el desfile Militar, un almuerzo ofrecido por el Presidente a los Altos Mandos Militares y la instalación del Congreso, entre otros.

“Esos partes normativos fueron suspendidos por la Sección Primera y ese auto de suspensión provisional todavía está vigente (…) El sustento normativo del Te Deum que se celebra el 20 de julio fue suspendido”, señaló el magistrado.

El Te Deum es una celebración católica que tiene como finalidad dar gracias a Dios por los beneficios concedidos a los fieles y se realiza en la Catedral Primada de Bogotá y cuenta con la presencia del Presidente de la Republica, Juan Manuel Santos y su gabinete ministerial.

Las razones de la suspensión

La demanda la presentó el abogado Miguel Ángel Garcés Villamil alegando que la realización del Te Deum viola los artículos 1, 13 y 19 de la Constitución Política que señalan que Colombia es un Estado social de derecho pluralista y en el cual se garantiza la libertad de cultos.

La Sección Primera señaló que consagrar la celebración del Te deum católico como parte de los actos protocolarios que el Presidente de la República efectúa cada año en la conmemoración de la fiesta del 20 de julio es contrario a la Constitución.

“Se advierte de manera preliminar desconocimiento de los principios de Estado laico, pluralismo religioso, deber de neutralidad e igualdad de todas las confesiones ante la ley, sin que se vislumbre que el trato preferencial a la Iglesia Católica aparezca justificado en los criterios a que se han hecho alusión”, señalaba la decisión de septiembre.

De acuerdo con la Sala, con la celebración de la liturgia católica como acto oficial por parte del Presidente de la República, persiste en un modelo confesional proscrito en la Constitución de 1991 y se identifica al Estado con una religión concreta.

“Es un acto oficial de adhesión a la Iglesia Católica, enfatiza en una preferencia de credo en los festejos de una fiesta patriótica que involucra a todo el pueblo colombiano y su impacto primordial tiende a promover una religión en particular”, añadió la Sala.

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