Asóciate
Participa

¿Quieres participar?

Estas son algunas maneras para colaborar con el movimiento laicista:

  1. Difundiendo nuestras campañas.
  2. Asociándote a Europa Laica.
  3. Compartiendo contenido relevante.
  4. Formando parte de la red de observadores.
  5. Colaborando económicamente.

El Supremo desautoriza ‘al piadoso’ Fernández que negó asilo a un camerunés gay

El joven pidió ayuda en España tras ver como asesinaban a su novio en su país pero Interior hizo oídos sordos

Huyo de Camerún en julio de 2014 después de que mataran a su novio de una paliza. Los jóvenes de su barrio no admitían homosexuales. Aterrado, escapó. Primero a Nigeria, luego a México y al final recaló en España. En el aeropuerto pidió asilo. Alegó su condición de homosexual para explicar que le perseguían y que no podía volver. Aunque ACNUR el organismo que auxilia a los demandantes de asilo le apoyó, el Ministerio de Interior que dirige Jorge Fernández Díaz, hombre piadoso y de hondas creencias, fue implacable: consideró que no era razón suficiente y le negó el refugio. Hoy, dos años después, el Tribunal Supremo ha dado la razón al joven desautorizando a Interior.El Supremo por tanto ha revocado la denegación del asilo a un camerunés que alegó ser perseguido en su país por homosexual. La Sala III estima el recurso del solicitante al que se asigna en el auto el nombre de Prosper K.T. y ordena al Ministerio del Interior, que denegó en noviembre de 2014 la petición, que proceda a su admisión e inicie la tramitación del procedimiento administrativo correspondiente.

Para Interior era inverosímil

Cuenta la sentencia, que el Ministerio de Interior denegó la petición, formulada por el ciudadano camerunés el 3 de noviembre de 2014 en el puesto fronterizo del aeropuerto de Madrid-Barajas, por considerar que sus alegaciones sobre lapersecución padecida en Camerún por su condición de homosexual eran “inverosímiles e insuficientes”, en aplicación del artículo 21.2.b de la Ley de Asilo, que faculta al ministro del Interior a inadmitir por dicha causa solicitudes de protección internacional presentadas en frontera en un plazo máximo de doce días.El recurso de casación se había presentado contra la sentencia de la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de 26 de octubre de 2015 (recurso contencioso-administrativo 487/2014). La Administración General del Estado, estaba representada por la abogacía del Estado. El ponente ha sido el magistrado Eduardo Calvo Rojas. El ciudadano Prosper K.T. recurría la resolución de 13 de noviembre de 2014 de la Directora General de Política Interior, por delegación del Ministro del Interior que ratificaba la resolución de denegación del derecho de asilo y la protección subsidiaria solicitad.

La historia de Prosper

Narra el auto como en 2013 Prosper comenzó a viajar por negocios de Nigeria a Camerún y que compartía habitación con tres amigos que descubrió eran homosexuales. Y como tras el impacto inicial ellos le explicaron que el mundo estaba cambiando y que cada cual puede decidir lo que mejor considere debe ser su vida.Su primer contacto íntimo fue, a finales de ese año con el joven que más tarde sería asesinado. Prosper comenzó a tener problemas con su hasta entonces pareja, una mujer con la que tenía un hijo. Ella relató a su familia la situación. Los suyos le rechazaron –a excepción de una hermana- y también la sociedad, explica. Le insultaban pero el respondía alegando falta de pruebas. Un día, otro amigo con el que realizaba estos viajes de negocios le llamó desde México y le dijo que en ese país se sentía libre y no amenazado. Recomendó a Prosper que viajara allí si tenía problemas. Él consiguió un visado por si la situación así lo aconsejaba.

Una paliza mortal

Un calvario judicial

Al llegar a España relató a la policía en el aeropuerto su odisea. Fue entonces cuando ACNUR (Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados)presentó informe apoyando la admisión a trámite de la solicitud al considerar que el relato no era inverosímil por lo que procedía tramitar la petición. Pero aquí Interior considero que las alegaciones presentadas eran “(…) inverosímiles e insuficientes”. Recurrió entonces a la Audiencia Nacional, que confirmó la decisión del Ministerio.El ciudadano camerunés planteó entonces recurso de casación ante el Supremo. La Sala III, en su sentencia señala que ni en la sentencia de la Audiencia Nacional, ni en las resoluciones que confirma, se dice que el solicitante hubiese formulado alegaciones incoherentes, ni que su relato contradiga la información disponible sobre el país de origen.

Fernández más atención a lo divino

“Más bien al contrario –añade-, sobre esto último la propia sentencia señala como dato no controvertido que en la legislación de Camerún se tipifican como delito los actos homosexuales y que se trata, además, de una conducta efectivamente reprimida en ese país. Siendo ello así, y existiendo un informe de ACNUR favorable a la admisión a trámite por considerar que el relato no resulta inverosímil, no puede considerarse ajustada a derecho la decisión de denegación (propiamente, inadmisión) basada en la razón, expresada en términos genéricos, de que las alegaciones son inverosímiles e insuficientes”.De este modo, el Ministerio de Interior que dirige en funciones Jorge Fernández Díaz, hombre que gusta de honrar lo divino concediéndole medallas, ha recibido un varapalo judicial del alto tribunal por su poca atención a los asuntos humanos. Un asunto que tiene que ver con lo que Esteban Ibarra, presidente de Movimiento para la Intolerancia analizaba para ELPLURAL.COM como “un problema de mundialización del odio al diferente que lleva a la cuestión de que las leyes de asilo hay que cambiarlas porque aquellas circunstancias que las definían, han cambiado y el odio se extiende a muchas manifestaciones que la ley no contempla”. Y al parecer, el ministro tampoco.

Total
0
Shares
Artículos relacionados
Total
0
Share