Uno: El artículo 16.3 de la Constitución proclama que en España “ninguna religión tendrá carácter estatal”, y el Tribunal Constitucional hace mucho que precisó este precepto diciendo que “El Estado se prohíbe a sí mismo cualquier concurrencia, junto a los ciudadanos, en calidad de sujeto, de actos o actitudes de signo religioso” (Sentencia nº 24/1982 (Pleno) de 13 de Mayo).
Dos: Según el artículo 56.1 de la Constitución, el Rey es el símbolo de la unidad del Estado y asume su más alta representación.
Conclusiones: Cuando el Rey, públicamente, adopta actitudes de sumisión ante un líder religioso (como la de inclinarse ante el Papa y besarle el anillo) y participa en actos religiosos (como la misa oficiada el domingo por Benedicto XVI), vulnera la Constitución al más alto nivel.