El BOE publica la nueva estructura del Gobierno y en ella se señala la competencia del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, en “ejercicio del derecho a la libertad religiosa”, una ambigua fórmula muy alejada de una apuesta clara por la laicidad del Estado.
Artículo 12. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
1. Corresponde al Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en los asuntos de relevancia constitucional, la preparación, desarrollo y seguimiento del programa legislativo, el apoyo inmediato a la Presidencia del Gobierno, la asistencia al Consejo de Ministros, a las Comisiones Delegadas del Gobierno, a la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios y, en particular, al Gobierno en sus relaciones con las Cortes Generales.
2. Asimismo corresponde al Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de memoria histórica y democrática, así como del ejercicio del derecho a la libertad religiosa.
3. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes.
b) La Secretaría de Estado de Memoria Democrática.