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El laicismo para los nulos, para uso de Claude Guéant.

El ministro del interior, Claude Guéant, ha hecho, el jueves 24 de Marzo, una alucinante declaración":Los agentes de los servicios públicos evidentemente no deben llevar símbolos religiosos, ni manifestar cualquier preferencia religiosa pero tampoco lo deben hacer los usuarios del servicio público".

La cercanía de la segunda vuelta de las elecciones cantonales y la carrera para los votos del Frente nacional no podrían justificar tal "resbalón" por parte de un Ministro de la República. Para que se entere, la UFAL le recuerda aquí las reglas del laicismo en nuestra sociedad democrática.

El principio de laicismo prohibe efectivamente a los agentes públicos, incluso si ni están en contacto con el público, toda manifestación religiosa: deben asegurar a cada usuario del servicio público una absoluta igualdad de tratamiento, cualesquiera que sean sus convicciones y sus orígenes (reales o supuestas).

Pero, en ningún caso, tal interdicción se aplica a los usuarios. La libertad de religión, garantizada por el artículo 10 de la Declaración de los derechos del hombre y del cuidadano de 1789, se ejerce, "en privado o en público" según el artículo 9 de la Convención europea de los derechos humanos.Las únicas restricciones que se le pueden aplicar se refieren al respeto a las libertades de los demás y "al órden público determinado por la ley" ( y no por el Ministro del Interior)!

Estas restricciones que conciernen a los usuarios varían según los lugares. De modo que, en la escuela pública, sólo se prohibe a los alumnos el llevar símbolos religiosos "ostensibles" -mientras que "todo" símbolo religioso está prohibido al personal, a los agentes públicos.En los servicios públicos, nada prohibe a los usuarios llevar un atuendo religioso, pero ningún motivo religioso permite ocultar la cara cuando uno tiene que justificar su identidad, o recusar a un médico hospitalario  por motivo de su sexo. Sobre este tema, la UFAL recuerda que la Comisión Stasi, en 2003, había recomendado una medida legislativa para enmarcar la libertad religiosa en la sanidad pública: sería de desear que se pusiera en funcionamiento esta propuesta, que el respeto de la libertad de los demás y la continuidad del servicio siguen necesitando.
En una República laíca, la libertad es la norma, la interdicción la excepción, obligatoriamente respaldada por la ley. Sr. Guéant, el laicismo es la libertad!

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