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El laicismo necesario

Los valores republicanos y el laicismo deberían de formar parte del mismo proyecto político, por ello cuando reflexionamos sobre la necesidad de construir un modelo republicano de convivencia o asumir la responsabilidad histórica de proponer un Estado republicano, nos estamos refiriendo, desde nuestra perspectiva ideológica y política, a una República laica.

A sabiendas de que en el contexto internacional e histórico ha habido y hay repúblicas más o menos confesionales, pero también siendo conscientes de que los modelos de Estado monárquicos, ya sean hereditarios o impuestos pueden ser, también, más o menos confesionales, pero ideológicamente son, por naturaleza, teocráticos y no laicos, aunque se denominen -erróneamente- parlamentarios, como en el caso de España.

  • Estado laico republicano

He aquí otra fuente de conflictos y discusión. ¿Qué es o debería de ser un Estado laico republicano?. La separación constitucional entre el Estado y la Iglesia (o iglesias) es el concepto legal y político por el cual las instituciones del Estado y las entidades y corporaciones religiosas se mantienen separadas radicalmente.

En un Estado laico, la Iglesia (las iglesias u otras entidades ideológicas), aunque tengan el Derecho a emitir opinión, no deben intervenir, tratar de imponer o influir en los asuntos públicos. Otra cuestión muy importante es que se han de autofinanciar y no deben de tener privilegio alguno más allá de las normas y leyes que rigen a cualquier asociación. Han de será tratadas como cualesquiera otra entidad jurídica privada, con los mismos Derechos y Deberes. En realidad las religiones son asociaciones de creyentes, nada más.

El Estado, porque es de todos, ha de ser estrictamente neutral. No debe beneficiar a ninguna entidad ideológica. Cualquier entidad religiosa o no, independientemente de sus  normas internas (dentro de la Ley, se han de someter al poder civil y a los Derechos y Deberes que son para todos. A la legalidad republicana.

 La República laica debería situar al Derecho y a la Ley como principio superior ordenador de la vida pública,  en donde ninguna entidad particular se ha de situar por encima de la Ley que rige para todos por igual.  En la República laica, las religiones y las creencias se sitúan en la esfera del libre albedrío individual, y, por lo tanto, dejan de ser el fundamento de la vida pública o de la función del Estado, en tanto en cuanto el Estado es el representante del interés general,  es decir, de la Nación, de toda la Nación y, sobre todo, de la soberanía popular.

  • De donde partimos

Por no ser demasiado prolijo, nos situaremos en el nacimiento del pensamiento ilustrado del siglo XVIII que marcó el paso del Antiguo al Nuevo Régimen.  Es decir, fuimos pasando paulatinamente a dejar de ser súbditos, al menos en teoría política, para convertirnos en individuos sujetos y objetos del derecho, en ciudadanos y ciudadanas.

Con la “Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano” de 1789 y posteriormente de las “Mujeres”, la Revolución Francesa abrió las puertas a una esperanza de emancipación del individuo y de exaltación de la conciencia libre: El Estado republicano, que más de un siglo después (el 9 de diciembre de 1905), aprobaba, por fin, una “Ley de separación del Estado de la Religión”.

Todo este cuerpo jurídico y político, junto a otros procesos laicistas, revolucionarios y de emancipación de las personas en varias partes del mundo (esencialmente en Europa, América latina y EEUU) fueron los antecedentes que promovieron la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, las diversas Convenciones internacionales de la Infancia o, por ejemplo, el voto de las mujeres y los procesos de igualdad de género, que hoy todavía siguen muy incompletos, ya que la cultura patriarcal lo sigue invadiendo todo.

Estos procesos significaron una gran esperanza, aunque fue permanentemente traicionada y frustrada a lo largo de todos los avatares durante los siglos XIX y XX  y que en España ha seguido un trazado muy complejo. Primero fue con la Constitución liberal y confesional católica de 1812, que continuó con el absolutismo de Fernando VII. La última gran frustración histórica fue el levantamiento fascista y nacional-católico de 1936, que condicionó aún más la situación, ya que la dictadura duró hasta 1976.

Los diversos procesos de secularización de la política a nivel mundial no sólo NO se han completado, sino que han sufrido y sufren permanentes retrocesos en Europa y en otros lugares, como consecuencia de integrismos y fanatismos religiosos emergentes y de otras diversas naturalezas ideológicas, como es capitalismo depredador que desde hace décadas nos invade, lo que nos hará mantener un lucha constante a laicistas y librepensadores.

  • La II republica española. Breve anotación laicista.

Vientos de renovación y cambio popular largamente demandada surgen en los años treinta con la instauración popular de la II República española a partir del 14 de abril de 1931, tras unas elecciones municipales.  La Constitución republicana fue aprobada, por una mayoría aplastante de los constituyentes, el 9 de diciembre de 1931.

No hay que olvidar que la cuestión religiosa fue la que produjo debates más acalorados y enfrentamientos de mayor calado. Incluso como consecuencia de la aprobación del artículo 24 que proclamaba el Estado laico,  dimitió el presidente de la Republica (Niceto Alcalá Zamora) y el Ministro de la Gobernación Antonio Maura, ambos católicos republicanos. Ello generó un gran revuelo popular y mediático, en donde la Iglesia trató de sacar ventajas, que a la postre tuvieron consecuencias muy lamentables: Como fueron el bienio negro en 1933 y ya no digamos el alzamiento de los sediciosos fascistas, católicos, tradicionalistas, terratenientes y monárquicos, apoyados por el clero y el Vaticano.

Por vez primera en la historia del constitucionalismo español se había  implantado el Estado laico, estableciendo un proyecto de convivencia, en cuanto a derechos cívicos y en cuanto a una real separación del Estado de las religiones, superando, por fin, políticamente la denominada como “unidad católica” de España. Ello en la línea que se venía desarrollando en diversas democracias modernas de la época y desde hacía décadas.

Por fin España se situaba en la democracia de la soberanía popular y en la libertad real, aprobando una Constitución laicista y democrática (9.12.1931), justo 26  años después de la aprobación de la ley francesa de separación del Estado de la Religión, el 9 diciembre de 1905.

  • Tras la dictadura nacional católica

Hoy, la democracia formal, representativa e imperfecta que padecemos está marcada por la herencia del régimen, cuya sombre se alarga hasta nuestros días y -por supuesto- en la figura de la monarquía católica y hereditaria: “Todo bien atado”.

De ahí que a pesar de la no confesionalidad del Estado que, aunque de forma ambigua, la actual Constitución de 1978 consagra: “Ninguna confesión tendrá carácter estatal”, en la práctica padecemos una tozuda y ancestral confesionalidad de las instituciones del Estado.

Una vez refrendada por la ciudadanía de forma mayoritaria la Constitución de 1978, con sus luces y sus sombras, el Gobierno de UCD firma los Acuerdos concordatarios de 1979 con la Santa Sede y no se deroga el Concordato franquista de 1953 (hoy todavía vigente). Acuerdos que se debatían (ocultamente) en paralelo al debate de la Constitución.

Lastre que hoy nos atenaza todavía, ya que es la coartada política que utiliza el poder, para seguir siendo, en una parte muy importante de las estructuras, un Estado confesional católico.

En estos tiempos (2015 y 2016) que tanto se habla de regeneración democrática, de proceso constituyente o de reformar la Constitución, de anulación o denuncia de estos Acuerdos por parte de algunos colectivos y partidos políticos, cabe recordar que en septiembre de 1979 y en el Congreso de los Diputados, se desarrolló el debate, cuyos diarios de sesiones son muy interesantes de analizar.

Hay que indicar que   socialistas y comunistas se opusieron a los Acuerdos sobre Enseñanza y Asuntos culturales. El de Asuntos económicos tuvo los votos en contra sólo del grupo comunista. Y los acuerdos sobre asuntos jurídicos y cuestiones militares, solo dos votos en contra y dos abstenciones.

La construcción del Estado laico todavía no ha comenzado en España y han pasado cuatro décadas desde el fin de la Dictadura.  Tan sólo se han percibido, a lo largo de estos años, algunas luces con la consecución de algunos Derechos civiles que la Iglesia católica rechazaba (como el divorcio, el derecho a la interrupción del embarazo (por cierto todavía muy condicionada), el Derecho a los  matrimonios de personas del mismo sexo, etc.) Todos ellos éstos muy relacionados con la libertad de conciencia y en contra, siempre, de la jerarquía eclesiástica.

Pero, a pesar de estas luces, hoy, la Religión católica trufa potentemente toda la vida social y política, en lo económico y tributario, en lo simbólico, en lo jurídico, en los servicios sociales a la comunidad y, enormemente, en el ámbito de la Enseñanza.

  • Conceptos sobre laicismo y laicidad

La laicidad de las instituciones del Estado es -ante todo- un principio de concordia de todas las personas, basado en lo que nos une y no sobre lo que nos separa.

Este principio se desarrolla a través de los dispositivos jurídicos de la separación del Estado y las distintas instituciones ideológicas, religiosas y no religiosas y, sobre la neutralidad del Estado con respecto a las diferentes opciones de conciencia particulares.

La laicidad propone la emancipación y separación de las instituciones del Estado de las corporaciones religiosas o de otras organizaciones ideológicas y el laicismo promueve el movimiento histórico de reivindicación de esta emancipación permanente e inacabada.

El término laicidad viene del vocablo griego laos, que designa al pueblo entendido como unidad indivisible, referencia última de todas las decisiones que se tomaban por el bien común. El laicismo recoge ese ideal universalista de organización de la ciudad y el dispositivo jurídico que se funda y se realiza sobre su base.

Contra lo que algunos, desde ciertos ámbitos políticos, académicos y religiosos, de forma interesada y torticera promueven y divulgan, NO existe laicidad positiva, inclusiva, ni negativa y excluyente.  Tampoco laicismo y laicidad tienen que ver con anticlericalismo, ateísmo, etc. Son principios universales (sin calificativos) que fomentan y defienden la libertad de conciencia y por ende la libertad de tener o no tener religión o cualquier otra convicción.

El laicismo es el principio de unión de todas las personas, sobre la base de tres principios de carácter cívico-republicano:

Libertad de conciencia. La conciencia es naturalmente libre para adherirse a cualquier opción espiritual, ya sea creyente, agnóstica o atea, o para no adherirse a ninguna o cambiar de opción cuando quiera (*por ejemplo, la apostasía es un derecho que ha de ser garantizado por el Estado)

Igualdad de trato de todos los ciudadanos y ciudadanas. La neutralidad del Estado laico exige que ninguna opción espiritual sea discriminada ni positiva ni negativamente. No caben los privilegios públicos de una opción espiritual cualquiera en un Estado laico. Solo así se garantiza la igual consideración de todos los individuos como ciudadanos libres.

La búsqueda del bien común como única razón de ser del Estado. Los griegos llamaban “koinonía” al principio según el cual el ejercicio de la ciudadanía debía tener como único referente el bien común (koinon), poniendo entre paréntesis los intereses privados. El Estado laico, sobre la base de aquel principio republicano, tiene como referencia la universalidad del bien común.

No es legítima la financiación pública de los cultos particulares, que debe destinarse única y exclusivamente a lo que es de interés general. El laicismo se compromete así con la defensa de los servicios públicos, es decir, la utilización del presupuesto público para aquellos servicios que son de interés general (educación, sanidad, etc.)

  • La libertad de conciencia…

La libertad de pensamiento y de conciencia, la conciencia libre de cada persona es uno de los principios básicos del laicismo. Cada persona ha de ser y sentirse libre para practicar una religión, o mantener una opinión o actitud religiosa disidente o sustentar una convicción de indiferencia o agnóstica o pronunciarse como ateo. …o cualquier otra convicción o actitud ideológica. Ha de ser libre para cambiar de opción cuando y como lo desee, sin traba alguna. Las personas tienen derecho a practicar o no, y a declarar o no sus convicciones… La libertad religiosa forma parte o va implícita en la libertad de conciencia y de convicciones.

Todos estos derechos que garantizan la libre conciencia -en ningún caso- pueden generar una estigmatización, social, jurídica o política. Y el Estado está en la obligación de defenderlo y fomentarlo.

La persona es la única titular de la libertad de conciencia, que debe ser protegida por el ordenamiento jurídico, es decir por el Estado. Toda fe o confesión religiosa es atributo de una conciencia individual, nunca de una entidad colectiva (pueblo, sociedad, estado o asociación).

Es, pues, sólo la conciencia individual, tanto en la libertad de su fuero interno, como en las actividades que ejerce en la vida práctica, la que tiene pleno derecho a ser protegida. Las entidades colectivas carecen de conciencia propia y no son, por lo tanto, sujetos de derecho en materia de libertad de conciencia. Otra cosa es la ideología, la identidad o los intereses…  que une a muchos grupos humanos de forma colectiva.

  • Mirando al futuro. El laicismo necesario

Si pretendemos situarnos en el camino adecuado para construir, de verdad, una democracia laica, republicana y participativa, no se podrá hacer, si mantenemos los actuales privilegios hacia las confesiones religiosas (en nuestro caso la Iglesia católica, sobre todo), y sin garantizar y promover un pleno desarrollo del Derecho a la libertad de conciencia de cada persona.

No se debe sustituir la actual confesionalidad católica del Estado por una cierta pluri-confesionalidad al que aspiran muchos políticos de casi todos los ámbitos ideológicos, por lo que venimos observando: Una especie de “Café para todos”. Ese no sería nunca el camino. Ninguna religión ha de recibir tratos de favor o privilegios por encima de cualquier otra entidad privada.

  • Vientos de cambio político (2016)

A pesar de los vientos de cambio que parece que se respira en una parte considerable de los ámbitos políticos en este inicio de 2016, la necesidad histórica de caminar hacia la laicidad de las instituciones del Estado y suprimir los enormes privilegios históricos que mantiene la Iglesia católica, se observa mucha tibieza por las agendas de la mayoría de los partidos políticos actuales, tanto de los viejos, como de los emergentes. Aunque con algunas minoritarias excepciones.

Bien es cierto que en el ámbito más local se producen ciertos, aunque minoritarios, gestos laicistas que nos hacen albergar algunas esperanzas de futuro.

A todo ello, la jerarquía católica, una parte de la judicatura, el sector más integrista de la Iglesia católica, incluso de otras religiones, “hacen guardia” para actuar como potentes lobbys contra quienes se “atrevan” a caminar en la senda de construir el Estado laico.

  • Paradojas: Secularización de la sociedad. Confesionalidad institucional

Cuantitativamente y sociológicamente, a pesar de los muchos boatos, procesiones, romerías, ofrendas, medallas a las vírgenes y alcaldesas perpetuas imaginarias… la ciudadanía -en su conjunto- de los diferentes territorios del Estado español, se ha secularizado enormemente.

Las cifras del CIS y de otros organismos especializados de prestigio es que ya más de 25% se abiertamente declaran como no creyentes (agnósticos, ateos, etc.), y entre los menores del 40 años la cifra alcanza, casi el 40%. Como católicos aun se declaran algo más de 69% de todas las edades, pero de estos los que asisten misa y cumplen los dogmas habitualmente no pasan del 25%. Los que señalan la casilla para la financiación de la Iglesia católica, no pasan del 35%. Los niños bautizados en 2012 eran, según datos de la Conferencia Episcopal, alrededor de un 60% de los nacidos y nos consta que aumente año tras año. Los escolares que solicitan clase de religión en la escuela de titularidad pública en el conjunto del Estado y en las etapas obligatorias no superó, en el curso 2014-15, el 45%. Los que se declaran que profesan otras religiones no sobrepasan, en ningún caso, el 3%.

Sin embargo, todavía, retahílas de alcaldes, concejales, la corona, ministros y otros altos cargos de las instituciones del Estado, una parte de las fuerzas de orden público, ejército,  judicatura y responsables universitarios… siguen fieles una confesionalidad católica ancestral, vulnerando gravemente, incluso en su ambigüedad en esta materia, la Constitución de 1978.

  • Alternativas a la actual confesionalidad católica del Estado. Construir el Estado laico republicano, en una sociedad plural y multicultural

La sociedad es profundamente rica plural, desde un punto de vista ideológico y de convicciones, el que tiene que ser laico es el Estado, sus instituciones y el comportamiento de sus representantes. No confundir lo que es de todos (público), con lo que es de un grupo o colectivo (privado).

Eso no significa que las religiones, como otras convicciones o culturas, no tengan una dimensión pública. Que la tienen. Que se puedan manifestar en los espacios comunes, como cualquier otro grupo o colectivo. Pero no invadirlo, apropiárselo o tener privilegios.

Es decir no es aceptable, ni democrático que los poderes del Estado, las leyes comunes y para todos, se cofundan con los dogmas y planteamientos de la religión. En este caso: la católica y, previsiblemente ahora, otras minoritarias.

Por ello Europa Laica propone una serie de medidas mínimas:

  1. Garantizar la independencia efectiva del Estado con respecto a cualquier confesión religiosa, asegurando -así- la neutralidad ideológica de las administraciones públicas.
  2. Eliminar cualquier tipo de privilegio o discriminación en el trato económico y fiscal para todas las entidades de carácter privado, sean religiosas o no, con el fin de asegurar el principio democrático de la igualdad de derechos ante la Ley y la separación de los ámbitos público y privado y
  3. Asegurar una Educación laica, como derecho universal, igual e integrador, dentro de un proyecto común de ciudadanía.  Para ello hay que modificar partes de la Constitución de 1978 (esencialmente la referencia a la Iglesia católica 16.3), anular los acuerdos con la Santa Sede de 1979 y reformar diversas leyes, generar leyes y normas de secularización institucional y, sobre todo, modificar actitudes y conductas de los poderes públicos, normalizando una real separación del Estado de la religión, como ocurre en muchas democracias.

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*Europa Laica propone, en un amplio documento, el desarrollo de estas medidas en los varios niveles del Estado. Documento “Por un Estado laico. Compromiso electoral

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**Consulta bibliográfica: Cuadernos de Formación I  y  Cuaderno de Formación II de Europa Laica y documentación interna


Este artículo ha aparecido en la edición en papel del suplemento: Es la hora de la III República de Crónica Popular

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