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El fundamentalismo religioso contraataca

Un edil del peronismo disidente impulsa un proyecto para declarar a Salta «Ciudad Pro Vida». La iniciativa fija también una asignación económica para que las embarazadas producto de una violación continúen la gestación.

El fundamentalismo religioso emergió en el Concejo Deliberante de Salta. Un edil que responde al senador nacional Juan Carlos Romero, del peronismo disidente, impulsa la aprobación de una ordenanza que declara a Salta “Ciudad Pro Vida” y dispone una serie de medidas violatorias de los derechos humanos de las mujeres. Entre otras disposiciones, prohíbe “el uso, distribución, difusión o promoción en todas las dependencias de la Municipalidad de Salta” de la anticoncepción hormonal de emergencia, que previene embarazos no deseados; suspende “en forma inmediata” los protocolos de atención de los abortos no punibles –cuya legalidad fue confirmada un año atrás por un fallo de la Corte Suprema de la Nación–; y fija una asignación económica para incentivar a las víctimas de una violación que resultan embarazadas a continuar con esa gestación, convirtiéndolas en una mera incubadora. Ayer, el proyecto empezó a discutirse en la Comisión de Legislación, con un fuerte rechazo de concejales de diversos bloques, que acordaron retomar el tratamiento el 8 de abril, para dar tiempo a organismos públicos como el Inadi y voces de la sociedad civil para que se pronuncien sobre el texto.

El proyecto es del concejal Aroldo Tunini, del bloque Salta Federal, vocero de los sectores más conservadores. Lo acompañan con su respaldo los ediles Raúl Carlos Zapata, alineado con el diputado nacional del PRO; Alfredo Olmedo (el de la campera amarilla y propuestas legislativas reaccionarias); Ariel Burgos y Raúl Medina, del Frente Salteño, que también responden a Romero; y Martín Novaro Pérez Estrada, cercano al ex gobernador salteño de la última dictadura militar, Roberto Ulloa.

“Es un proyecto confuso porque no plantea debatir aborto sí o aborto no. Además de impedir los abortos no punibles, intenta prohibir la llamada ‘píldora del día después’. Y en tercer lugar nos parece una aberración pagarle una asignación a una mujer violada”, señaló a este diario el diputado kirchnerista Martín Avila, del bloque Memoria y Movilización.

La iniciativa generó gran revuelo en Salta. El jueves 14 de marzo fue rechazada por unanimidad en la Comisión de Derechos Humanos, que encabeza Avila. Junto con este legislador –que fue delegado de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación en la provincia– firmaron el dictamen de rechazo los concejales Lucrecia Lambrisca, que suele tener posturas disidentes dentro de la bancada del Frente Salteño; Gabriela Cerrano, del Partido Obrero, y Emiliano Godoy, del PJ. Ayer estaba previsto su tratamiento en la Comisión de Legislación, la otra por la que tenía que pasar antes de llegar al recinto. Pero por los peligrosos alcances de la propuesta se acordó postergar hasta el 8 de abril la discusión, para sumar más voces que expresen su posición.

El proyecto surge en una provincia donde los fundamentalismos religiosos influyen en las políticas públicas, con fuerte impacto en la vida de las mujeres. “En Salta existe una realidad que no se quiere ver y no se dimensiona por falta de estadísticas, debido a una fuerte cultura patriarcal en donde la enseñanza religiosa es obligatoria en escuelas públicas y donde no está incluida la educación sexual integral. A la vez que existe un marcado índice de niñas y adolescentes madres y denuncias por abusos sexuales que ocurren dentro del núcleo familiar, que en muchos casos no se denuncian”, describió en diálogo con este diario Tania Nieves Kiriaco, de la Comisión de Derechos Humanos del Colegio de Abogados local.

Otras voces empezaron a escucharse ayer contra la iniciativa. “La Corte ha dicho en marzo de 2012 que no realizar los abortos no punibles es una práctica contraria a la ley. En la medida en que el artículo 5 del proyecto que impulsa el edil Tunini ordena la suspensión de prácticas relacionadas con el aborto sin exceptuar los abortos legales, la ordenanza sería una vergonzosa incitación a violar la ley y la Constitución”, precisó la abogada Paola Bergallo, investigadora visitante del Centro de Estudios de Estado y Sociedad (Cedes), al ser consultada por Página/12.

“Quienes promueven esta ordenanza tienen una concepción sexista, ponen el acento en la mujer como simple objeto reproductor, en el cual pareciera que la única función de las mujeres es ser madre, sin tener en cuenta sus proyectos de vida, negándolas como ciudadanas sujetos de derechos. Contribuyen así a perpetuar la violencia histórica hacia las mujeres, desconociendo los dispositivos de protección que a través de las luchas del colectivo de mujeres hemos adquirido”, opinó la abogada.

También expresaron su preocupación por la propuesta desde el Foro de Mujeres por la Igualdad de Oportunidades de Salta y desde la Alianza de Abogadas por los Derechos Humanos de las Mujeres, Irene Cari, Mónica Menini y Mariana Ripa. En una declaración conjunta señalaron que “su contenido expresa un fundamentalismo lesivo del derecho a la salud de las mujeres” y cuestionaron el texto “por su llamativo desconocimiento de las leyes vigentes y de las competencias propias de un Concejo Municipal”. El Concejo Deliberante no puede legislar en contra de leyes federales como el Código Penal –que permite los abortos no punibles– y de la Ley de Salud Sexual y Procreación Responsable, que obliga a distribuir gratuitamente en centros de salud públicos la anticoncepción hormonal de emergencia. El proyecto es “repudiable desde donde se lo mire, aunque no es extraño en este concejal, que se caracteriza por negar derechos a las mujeres y por considerar que no somos una voz autorizada para decidir sobre nuestra propia salud y nuestra propia vida”, indicó María Laura Postiglione, de Mujeres de la Matria Latinoamericana.

Contra los derechos de la mujer

El proyecto de ordenanza que busca declarar “Ciudad Pro Vida” a Salta establece en su artículo 6 la “prohibición de suministrar la llamada píldora del día después o anticoncepción de emergencia” en los efectores municipales, adjudicando a este medicamento un carácter abortivo no avalado por la OMS ni por la Anmat, organismo que ha habilitado su comercialización. Vale aclarar que la anticoncepción hormonal de emergencia no es abortiva, ya que en el supuesto caso en que la fecundación ya se hubiera producido en el momento de su administración, ésta no impide la implantación ni afecta su posterior desarrollo.

En el artículo 2, el proyecto de ordenanza dice: “La mujer embarazada gozará de una promoción y protección integral como reconocimiento de la maternidad, y valorando su función insustituible como madre y educadora tanto con relación al crecimiento integral de los hijos como para el progreso social. Cuando el embarazo proviniera de un delito contra la integridad sexual determinado judicialmente, la mujer será acreedora, desde el momento de la concepción y durante todo el período gestacional, a una asignación especial, establecida por vía reglamentaria, y se prolongará hasta la mayoría de edad del hijo en caso de que la mujer decidiera asumir la crianza”.

Tunini concejal Salta ARG

El proyecto es del concejal Aroldo Tunini, del bloque Salta Federal, del senador Juan Carlos Romero.

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