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El debate sobre el secularismo (y 2)

Dada la extensión del documento se ha incluido en dos partes.

Pero el texto completo del documento se encuentra en el archivo PDF adjunto

Puede leer la primera parte en: El debate sobre el secularismo (1)


Abdullahi an-Naim: el futuro de la sharia

El debate sobre el secularismo nos conduce una vez más a la pregunta clave: ¿cuál es el papel de la sharia en el siglo XXI? ¿Acaso no tienen derecho los musulmanes a construir la sociedad en la que viven según los principios del Mensaje del Corán? Si nos remitimos al Corán, no únicamente se trata de un derecho, sino de una obligación:

Quienes no juzgan de acuerdo con lo que Al-lâh ha hecho descender,
esos, precisamente, son los que niegan la verdad.
(Corán 5:44)

Ahora bien, ¿qué significa juzgar de acuerdo a lo que Al-lâh ha revelado, implica este mandato la aplicación de esta norma revelada por parte del Estado? ¿O más bien este versículo alude a los creyentes en tanto que individuos? Esta última lectura, ¿no implicaría la renuncia a la dimensión comunitaria del islam?

El problema es que actualmente, bajo la etiqueta de un “Estado islámico”, los modelos existes son teocracias con una concepción reaccionaria del poder político, como emanado de una autoridad divina. Países en los cuales se implementan castigos corporales y las mujeres son discriminadas, el Estado controla férreamente la educación y los medios de comunicación, imponiendo una visión totalitaria y castradora del islam. En estas circunstancias, parece lógico que tantos musulmanes hayan llegado a la conclusión de que el secularismo es la única salida. El fracaso del islam político pesa como una losa en todos los debates, haciendo inconcebible la posibilidad de una aplicación distinta de la sharia, no como instrumento de poder, sino como un camino hacia la Fuente que pertenece a todos los musulmanes y las musulmanas. Pues ellos y ellas son quienes deben recorrer el camino, seguir la vía revelada en la medida de sus capacidades, de sus circunstancias y de su propio entendimiento. Si esto es así, si queremos seguir pensando en el islam como un camino espiritual basado en la libre aceptación de los creyentes, parece evidente que no hay lugar para una visión de la Sharia como ley del Estado impuesta por la fuerza.

El pensador sudanés Abdullahi an-Naim[25], ha argumentado que, si bien la sharia seguirá jugando un papel significativo en las sociedades musulmanas, debemos ser conscientes de que en el momento en que unas prescripciones llamadas “leyes de la sharia” son implementadas por el Estado, en realidad dejan de pertenecer al dominio de la ley sagrada y pasan a ser leyes seculares. La pretensión de gobernar según la sharia no es más que una estrategia política con miras de obtener el poder, mediante la coacción y el engaño: silos islamistas pretenden gobernar según la “ley de Al-lâh”, oponerse a ellos podría ser visto como oponerse a Al-lâh. Sin embargo, la idea de un Estado moderno regido por las leyes del islam es una contradicción en términos. La propia estructura del Estado implica secularismo, y eso no lo puede cambiar el hecho de que este se revista de una apariencia religiosa. Si el Estado ordena llevar hiyab a las mujeres, no llevar hiyab ya no implica desobedecer a Al-lâh sino al Estado. Para que una norma pueda ser considerada como islámica, debe basarse en su aceptación libre por parte de los musulmanes, como acto de adoración realizado con la intención de servir a Al-lâh. Y esto implica precisamente el convencimiento personal de que dicha norma emana de Al-lâh, lo cual es un asunto de conciencia que no puede ser resuelto mediante la imposición de una interpretación determinada en nombre de Al-lâh por parte del Estado. De ahí se deriva una paradoja: un auto-proclamado “Estado islámico” es el realidad un Estado donde se impide a los musulmanes el seguir la sharia por propia convicción. En realidad los Estados que se llaman a si mismo “islámicos” han desplazado la sharia como ley revelada, la han vaciado de sentido al instrumentalizarla, con el consiguiente prejuicio hacia el islam y hacia los musulmanes. Es precisamente la naturaleza de la sharia como una norma divina lo que constituye un desafío al Estado, pues otorga un poder de objeción de conciencia a los ciudadanos en base a sus convicciones, como seguidores de una tradición revelada, basada en el sometimiento exclusivo a Al-lâh y en la emancipación de los seres humanos frente a los poderes de este mundo. Precisamente este es el papel que la sharia deberá tener en el futuro, como instrumento de emancipación de la sociedad civil frente al Estado.

Ahora bien: esto no significa negar la conexión entre el islam y la política, o el hecho de que exista una dimensión política en el Mensaje del Corán. Los llamados a la separación entre el islam y el Estado no conducen al quietismo, sino a una implicación más profunda de los musulmanes con su sociedad. El mensaje coránico conmina a los musulmanes a establecer la justicia y a combatir la tiranía. Los musulmanes tienen pleno derecho a querer que los principios del islam guíen las sociedades musulmanas. La paradoja estriba en que el islam es (desde el punto de vista de los movimientos progresistas) esencialmente democrático, defiende la libertad religiosa y de conciencia, la igualdad de género y la justicia distributiva. Siendo así, no habría problema con la idea de una sociedad gobernada por los principios del islam. Al revés: esta es una aspiración legítima. Aunque sepamos que el marco de realización de esta aspiración debe eludir las patologías de la utopía política islamista. Volvamos al discurso de Abdullahi an-Naim:

“Mi propósito es el afirmar y apoyar la separación institucional entre el islam y el Estado, la cual es necesaria para que la sharia tenga su propio positivo e iluminador papel en la vida de los musulmanes y de las sociedades musulmanas… Esto no significa que el islam y la política deban ser separados, pues su separación no es ni necesaria ni deseable. La separación entre el islam y el Estado, al mismo tiempo que se mantiene la conexión entre el islam y la política, permite la implementación de los principios del islam en la política oficial y en la legislación, aunque sujetos a unas garantías… Esto no significa que el Estado pueda o deba ser completamente neutral, pues es una institución política que se supone debe ser influenciada por los intereses y las preocupaciones de los ciudadanos. Por tanto, la legislación y las políticas públicas deben reflejar las creencias y valores de los ciudadanos, incluidos los valores religiosos, mientras esto no sea realizado en el nombre de ninguna religión específica, pues esto favorecería necesariamente el punto de vista de aquellos que controlan el Estado y excluiría las religiones y creencias de otros ciudadanos.” [26]

Existe una ambigüedad fundamental respecto a la sharia, incluso entre los musulmanes que abogan por la separación entre el islam y el Estado. Esta ambigüedad se deriva del hecho de que dentro del entendimiento islámico de la sharia entran muchos elementos que en occidente se consideran como típicamente profanos: dispuestos para el uso de los hombres. Como hemos visto, la sharia no se ocupa tan sólo de cuestiones rituales, sino también de aspectos seculares como son el comercio o las relaciones sociales. Y son justamente estos aspectos los que se presentan como más atractivos para muchos musulmanes, frente a la deriva del presente. Existe una dimensión ecológica ineludible, los límites a la acumulación de capital son un mandato cuya aplicación es ineludible.

Existe la conciencia de que el islam constituye una forma de vida que puede ofrecer soluciones para los acuciantes problemas que afectan a la humanidad. El Derecho secular se presenta como uno de los brazos ejecutores del capitalismo. En este punto, la pregunta por la sharia se transforma: ¿es todavía posible soñar con una aplicación democrática de la sharia, que sustraiga el Derecho al control de la Religión y del Estado, que contemple el derecho a la objeción de conciencia y satisfaga la demanda de libertades individuales, de justicia social y de igualdad de género, una aplicación de la sharia que respete los derechos de las minorías sexuales y religiosas, que sea respetuosa con el medio ambiente, y que actúe de freno frente a las destrucciones operadas por el capitalismo? ¿Es posible pensar en una comunidad islámica en términos diferentes (cuando no opuestos) a los del islam totalitario? ¿Es posible pensar en una sociedad islámica en términos de erradicación de las relaciones de poder y de subordinación a ninguna forma de poder externo (ya sea el Estado o cualquier instancia religiosa)?

Desde la teología de la liberación se ha dado una respuesta afirmativa, aunque en este punto no existe consenso: los horrores derivados de la aplicación de la sharia por parte del islam político reaccionario están demasiado presentes como para aceptar acríticamente cualquier fórmula que remotamente los recuerde. En todo caso, existe la conciencia de que necesitamos una reforma radical de la sharia, que no sirva a los intereses de una elite detentadora del poder (sea laica o sea religiosa), sino que este al servicio de las gentes. No se trata ya únicamente de separar el Derecho, la Religión y la Política, sino de destruirlas en tanto instituciones, para devolverlos a lo abierto y dar paso a la visión de la sharia pensada al margen del concepto de soberanía, una sociedad que emerge de la destrucción de las relaciones de poder y de toda pretensión humana (sea personal o colectiva) de tener parte de la Soberanía de Al-lâh.


[1] Carré, Olivier. ‘El Islam laico’, ediciones Bellaterra 1996, p.70. Carré califica el Pacto de Medina como un “texto laico de existencia comunitaria”, p.84.

[2] Seyyed Hossein Nasr, Vida y pensamiento en el islam, ed. Herder 1985, p.17.

[3] De hecho, pensamos que tampoco admite Estado, aunque sobre este punto no todos estarían de acuerdo.

[4] Véase el artículo Laïcité, a Project for Europe, de Anne Marie Franchi

[5] Citado por Asghar Ali Engineer, Secular Perspective, June 1-15, 1999. Al final del artículo, el autor explica que la  sección India de la Jamat-e-Islami-e-Hind también rechazo el secularismo… para pasar a aceptarlo tras las matanzas en torno a la mezquita de Babri. El secularismo parece una buena idea cuando se constituye una minoría religiosa…

[6] Maududi, Sayyid Abul A’la. System of Government Under the Holy Prophet. Kazi Publications, 1985.

[7] Teo-democracia es justamente el nombre propuesto por Joseph Smith, fundador de los Mormones, para definir el sistema de gobierno preconizado por su religión.

[8] Puede encontrarse en la web de Sheij Yassine: http://www.yassine.net/

[9] Islamiser la Modernité. Ediciones digitales en árabe, inglés y francés son accesibles en la web personal de Sheij Yassine: http://www.yassine.net/en/mishkate/pages/YOChapterDetailPage.aspx?BookID=15&isBook=OK&ChapterID=1&Lang=1

[10] Idem.

[11] Idem.

[12] Islamiser la Modernité.

[13] Fundador y director del International Institute of Islamic Thought and Civilization, con sede en Malasia.

[14] Islam, Secularism, and the Philosophy of the Future. London: Mansell, 1985.

[15] Syed Muhammad Naquib al-Attas: Islamic Philosophy: An Introduction. Journal of Islamic Philosophy 1 (2005):11–43.

[16] Islamic Philosophy: An Introduction.

[17] Profesor en la Universidad de Duke, es autor de libros rompedores como Unveiling Traditions: Postcolonial Islam in a Polycentric World (2000),

[18] Anouar Majid, Unveiling Traditions: Postcolonial Islam in a Polycentric World. DurhamNC: Duke UP, 2000, p.vii.

[19] Ídem, p.6.

[20] Ídem, p. 1 y 12

[21] Ídem, p.42

[22] Intelectual iraní vinculado en un principio a la Revolución, pero que ha desarrollado una teoría propia.

[23] Abdolkarim Soroush, Reason, Freedom & Democracy in Islam: Essential Writings of Abdolkarim Soroush, Oxford University Press, 2000. Soroush tiene página web: www.drsoroush.com

[24] Giorgio Agamben, ¿Qué es un dispositivo? (Esta referencia no es introducida por Soroush).

[25] Sudanés, discípulo de Mahmud Taha. Profesor en la Emory University School of Law. Autor de obras como Towards an Islamic Reformation, The Future of Sharia o Islam and the Secular State.

[26] The Future of Shari’a: Secularism from an Islamic Perspective. Se trata de un proyecto desarrollado por la Universidad de Elmory: http://sharia.law.emory.edu/

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