Cuba, Guyana y Puerto Rico también permiten abortar en las primeras semanas de gestación sin que la mujer tenga que alegar ningún motivo
La decisión del senado uruguayo de permitir el aborto en las 12 primeras semanas de gestación convierte al país en el cuarto de Latinoamérica que lo despenaliza sin que la mujer tenga que alegar ningún supuesto. Antes lo habían hecho Cuba (en 1965), Guyana (1995) y, en México, el Distrito Federal. En Puerto Rico la ley teóricamente prohíbe el aborto que no esté indicado por un médico para proteger la salud de la embarazada. Sin embargo, esa ley contraviene un dictamen del Tribunal Supremo de EE UU que es de aplicación también en la isla al afectar a derechos fundamentales, con lo cual el aborto de facto está legalizado.
Para que la iniciativa se convierta en ley en Uruguay solo falta ahora la ratificación del presidente Mújica, que dijo que no se opondría a su promulgación si el legislativo lo aceptaba. Sin embargo, aunque ese es el titular, cuando una mujer quiera abortar en el país suramericano tiene que comparecer ante un tribunal integrado por un ginecólogo, un experto en salud mental, un especialista en el área social, explicar los motivos que la llevan a interrumpir el embarazo, reflexionar cinco días, y volver a comparecer para explicar su decisión.
Mucho más restrictiva es la legislación en la vecina Argentina. Desde 1920 el código penal permite interrupciones voluntarias del embarazo en caso de peligro para la vida o salud de la madre o si el embarazo proviene de una violación. Hasta el pasado marzo, las embarazadas por una violación o con alguna discapacidad mental o las menores de edad debían pedir permiso a la justicia, pero desde entonces la Corte Suprema determinó que no era necesario el trámite.
En México cada Estado cuenta con su Código Penal y todos permiten el aborto en caso de violación. En 2007 la Asamblea de la capital aprobó que las mujeres puedan abortar en cualquier supuesto hasta la duodécima semana de gestación y puedan acceder al servicio gratuito en hospitales de la secretaría de Salud.
En Colombia el Congreso se ha mostrado dividido frente a la sentencia de la Corte Suprema que en 2006 declaró no punibles los abortos, en caso de que el embarazo sea por violación, que el feto presente malformaciones o que la vida de la embarazada o del feto corran peligro. Los opositores de la interrupción del embarazo en el Legislativo promueven actualmente una campaña de recolección de firmas para que por medio de referendo los colombianos decidan si la práctica debe ser penalizada, mientras, los defensores del aborto buscan que la Constitución lo reconozca como un derecho en casos autorizados.
En Bolivia, el Código Penal sanciona con cárcel de dos a seis años a quien practique el aborto sin consentimiento de la mujer o a una menor de 16 años, y de uno a tres años si existe la autorización. Sin embargo, las leyes bolivianas permiten que el embarazo sea interrumpido en casos de violación, rapto no seguido de matrimonio, estupro o incesto o cuando la vida de la mujer está en peligro, aunque en todos los casos hace falta una autorización judicial.
En Paraguay, Perú, Venezuela y Ecuador el aborto es ilegal a excepción de casos en los que el embarazo ponga en peligro la vida o la salud de la mujer, mientras que en otras situaciones la ley castiga con prisión tanto a las mujeres como a los médicos que incurran en esta práctica.
Chile, junto a Surinam, son los únicos países suramericanos que castigan la interrupción del embarazo en todos los casos, y durante 2012 el Senado chileno ha rechazado tres proyectos de ley que buscaban reponer el aborto terapéutico, suprimido en 1989, en los últimos días de la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990). A ellos se suman países centroamericanos y del Caribe donde el veto es total: El Salvador, Haití, Honduras, Nicaragua y República Dominicana.
Protesta antiabortista ante el Senado uruguayo. / Matilde Campodonico (AP)
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