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El Ayuntamiento y la Diócesis se disputan en un juicio la propiedad de la iglesia de Plan (Huesca)

Los curas tenían la llave de la iglesia, pero las facturas de la electricidad las ha pagado siempre el Ayuntamiento. La disputa entre el municipio de Plan y el Obispado de Barbastro-Monzón para dirimir quién es el propietario de la iglesia parroquial de San Esteban ha acabado finalmente en los tribunales. El juzgado de Boltaña celebró ayer la vista oral por la demanda interpuesta por la diócesis contra la entidad local por haber inscrito el templo a su nombre en el Registro de la Propiedad.

“Recuerdo que cuando era niño subía arena del río con el burro para hacer arreglos. Eran trabajos avecinales (entre todos los vecinos) pero los gastos los pagaba el Ayuntamiento”, defendió en el juicio José Puy, exalcalde de Plan, ya octogenario. Él fue uno de los testigos de la parte demandada, representada por una abogada de la Diputación de Huesca, que presta asesoramiento legal al municipio. Según la letrada, es el legítimo propietario, como demuestra el hecho de que pague el mantenimiento del edificio y las obras de restauración.

La declaración del exalcalde contrastó con la de Pedro Escartín, actual secretario general del obispado, que fundamenta la propiedad en el uso del templo, ya que se ha destinado al culto católico “de forma ininterrumpida y desde tiempo inmemorial”.

Antes de llegar a la vista oral ha habido varios intentos fracasados de acuerdos extrajudiciales. Y es que el conflicto se arrastra desde hace años. En 2007 se planteó en un pleno municipal registrar la parroquial a nombre del Ayuntamiento. Se inscribió en el inventario de bienes y antes en el catastro, hasta que finalmente en abril de 2017 se inmatriculó en el Registro de la Propiedad de Boltaña. Esta última acción motivó la demanda judicial.

Sin recibos del IBI

La Diócesis llevó a tres testigos, todo ellos sacerdotes. Según declaró Pedro Escartín, la administración local ha desoído todas las peticiones para que rectificara. Recordó que cuando en 1994 se inscribió en el catastro, “no se nos comunicó”. Como la Iglesia no paga IBI, precisó, no había constancia a través de ningún recibo de quién soportaba el gravamen como titular. Su testimonio no aclaró por qué se registraron otros bienes, una vez que las reformas legales permitieron hacerlo, y no la iglesia de San Esteban, pero sí dijo que aparece en libros del siglo XIX guardados en el archivo diocesano.

“Yo era el único que tenía llave”, declaró Rafael Carrasquer, párroco entre 2002 y 2012. También dijo que la limpieza estaba a cargo de un grupo de feligresas reclutado por él, aunque reconoció que la factura de la luz siempre la satisfizo el Ayuntamiento.

El último sacerdote en declarar fue el actual párroco, Jan Luc, de nacionalidad polaca. Cuando él cambio la cerradura (la anterior llave era antigua y poco funcional), el alcalde le pidió una copia. Reconoció que desde hace un año, en vista de que ya no hay voluntarias, se contrató una limpiadora cuyo sueldo sale de las arcas municipales.

El representante legal del Ayuntamiento aportó el testimonio de dos vecinos que admitieron que el edificio, de origen románico, aunque su actual configuración data del siglo XIX, siempre se ha destinado al culto y que nadie en el pueblo tiene la intención de destinarlo a otra cosa.

Allí se bautizó Miguel Ángel Fumanal, de 62 años, que trabajó entre 1983 y 1984 en la restauración. Los jornales de los obreros, vecinos del pueblo, los sufragaba el consistorio. “El cura era un trabajador más y también se le pagaba”, dijo. Además compró el reloj de la torre y costea las revisiones, dos al año. “Si había que hacer una reparación en la iglesia, no venía nadie del obispado, se avisaba al Ayuntamiento”, ratificó. A la vista asistieron el alcalde, José Serveto, y el primer teniente de alcalde, Miguel Lacambra, que estuvieron respaldados por José Manuel Salamero, representante de la comarca de Sobrarbe.

Un uso “exclusivo”

En sus conclusiones, la letrada de la Diócesis mantuvo que no es necesario un título de propiedad, pues hasta 1998 se impedía la inscripción y por tanto resultaría “diabólico” exigir pruebas documentales, pero la pertenencia a la Iglesia está acreditada por su uso “continuado y exclusivo” para el culto, tal y como demuestra la “reiterada” jurisprudencia.

A esto se suman otros actos “reveladores”, como las peticiones de autorización al obispo cuando se han hecho obras. Las últimas, para la reparación de la cubierta, están a punto de empezar y las financian el municipio y la DGA. La propia directora general de Vivienda solicitó permiso a la Diócesis para el acceso al templo, aunque posteriormente aclaró que era un modelo tipo.

“Es cierto que ha habido colaboración con los ayuntamientos”, dijo la abogada de la parte demandante, porque la gestión de las subvenciones está limitada a las administraciones. También lo justificó al tratarse de un bien histórico y “un atractivo turístico” para el pueblo.

Por su parte, la letrada de la Diputación entiende que la propiedad está acreditada por la inclusión en el inventario de bienes, la inscripción en el Registro y porque ha ejercido como dueño, a pesar de que haya un uso religioso, que nunca se ha negado y cuya continuidad se garantiza. Como prueba del dominio municipal citó las reformas con cargo a las arcas públicas: el reloj de la torre, la iluminación interior, la reparación de la cubierta y la fachada y las obras que ahora se van a acometer. Si finalmente se determina la propiedad de la Iglesia, dijo, se habría producido “un enriquecimiento injusto” por la revalorización del edificio.

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