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Educación y laicidad: algunas reflexiones sobre los impedimentos a la laicidad en la educación derivados de los acuerdos concordatarios de España con la Santa Sede

“Educación y laicidad: algunas reflexiones sobre los impedimentos a la laicidad en la educación derivados de los acuerdos concordatarios de España con la Santa Sede” presenta el panorama jurídico presido por el carácter internacional de los mencionados acuerdos, negociados con anterioridad a la aprobación de la Constitución de 1978 y cuyo contenido presenta alarmantes signos de inconstitucionalidad al prescribir un sistema de privilegios a favor de la iglesia católica que perpetúan su capacidad de influencia sobre el sistema educativo, al tiempo que quiebran con el principio de igualdad entre los ciudadanos, con independencia de sus opciones de conciencia, y sobrecargan al Estado de obligaciones sufragadas con los presupuestos públicos. Un panorama que aleja a nuestro sistema educativo público de los principios de neutralidad y aconfesionalidad y que actúa como impedimento jurídico a articular la convivencia entre diferentes opciones religiosas y de consciencia desde la laicidad. En este estudio se analiza el proceso histórico, la naturaleza jurídica, el contenido y los límites del Acuerdo sobre asuntos educativos a la luz del artículo 16 de la Constitución.

El punto de partida de estas reflexiones se encuentra en el papel transcendental que tiene la educación en la construcción de repúblicas conformadas por ciudadanos, hombres y mujeres libres, que asumen su propio destino y deciden construir fraternalmente un espacio público que posibilite la búsqueda, siempre difícil compleja y azarosa, de la felicidad.

Y esto es lo que decidimos, lo que decidieron hace más de 30 años, los ciudadanos españoles en el pacto constitucional que inauguraba la etapa más larga de libertades y de convivencia democrática que nos han permitido conocer. Quizás ahora el verso duro de la poesía de la existencia de Gil de Biedma cuando afirmaba que de entre todas las historias de la Historia, la más triste es la de España porque acaba mal, ya tendría otro final….muy diferente.

Cuando el artículo 48 de la Constitución afirma que “Los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural”, como principio rector de la política social y económica, encontramos que su más clara conexión con uno de los derechos y libertades del Capítulo II de la Constitución está precisamente en el derecho a la educación tal y como queda proclamado en el artículo 27, en cuyo apartado segundo afirma que “La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”. Disposición que antecede y condiciona inexcusablemente el subsiguiente apartado tercero, “el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”. Y por lo tanto y como es lógico, en base al principio universal de dignidad de la persona humana, la libre elección de los padres de acuerdo con sus convicciones no puede en ningún caso impedir el pleno desarrollo de la personalidad humana.

En nuestra república cívica la educación tiene como objeto inexcusable la formación de personas libres, de consciencias autónomas y libres, y este objeto –que es a su vez afirmación del principio universal de dignidad humana, y base de la promoción y protección a la juventud- no puede en ninguna circunstancia, ni por las convicciones religiosas de los padres, ni escamotearse, ni disfrazarse, ni malbaratarse.

Por eso resultará tanto más chocante lo que explicaremos a continuación. Se trata de una narración que tiene un sentido interno muy lógico: la Iglesia Católica sabe que si pierde el monopolio del adoctrinamiento moral tiene sus días contados en su dogmática configuración contemporánea. Por eso su gran batalla por el mantenimiento de un sistema de privilegios a su favor ha sido y es por la educación. Por eso podemos decir que no aciertan cuando hablan de la libertad educativa puesto que sus reclamaciones de libertad no han sido por la educación sino por las posibilidades de adoctrinamiento, su apuesta no ha sido por la ciencia sino por la doctrina, no ha sido por la dignidad humana sino por el sometimiento, no por la autonomía moral sino por el miedo…

Y hay que señalar que lo han conseguido, que han logrado levantar un sólido edificio legal, jurisprudencial y socialmente legitimado desde el que mantener su influencia en todos los centros educativos. Pero hay que señalar también que el control y la influencia que la Iglesia católica mantiene sobre la educación en España no se debe a la libre elección de los padres sino al diseño de la oferta pública, a la santa coacción y a las torticeras artimañas legales que encuentran en un poder político asustadizo y escasamente ilustrado en los valores republicanos el caldo de cultivo para perpetuar su sistema de dominación ideológico.

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Jóvenes y laicidad INJUVE 91 dic 2010

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