Asóciate
Participa

¿Quieres participar?

Estas son algunas maneras para colaborar con el movimiento laicista:

  1. Difundiendo nuestras campañas.
  2. Asociándote a Europa Laica.
  3. Compartiendo contenido relevante.
  4. Formando parte de la red de observadores.
  5. Colaborando económicamente.

¿Derecho a la crítica o blasfemia?

Para Europa Laica preocupante es que haya templos en una institución pública como la Universidad y sostiene que los sentimientos, sean religiosos o de otro tipo, no son merecedores de protección penal.

Los progresistas abogan por despenalizar las afrentas, mientras que los conservadores dicen que el Código Penal emana del Parlamento.

Las asociaciones de jueces discrepan entre sí del tratamiento penal del supuesto que ha llevado al banquillo a Rita Maestre, portavoz del Ayuntamiento de Madrid y dirigente de Podemos, quien ha sido condenada al pago de una multa por desnudarse en una capilla. Para los detractores de tipificar este tipo de actos, penados en los artículos que van del 522 al 525 del texto sancionador, carece de sentido. Al fin y cabo, dicen los laicistas, el amparo de dogmas y sensibilidades es una cuestión resbaladiza que tiende al subjetivismo. Los defensores de la tipificación de la afrenta a los credos arguyen que se trata una herramienta que favorece la convivencia en la diversidad.

Rita Maestre, que tendrá que pagar una sanción de 4.320 euros por desnudarse ante una altar, no es la única que ha sido acusada de hacer escarnio de las convicciones religiosas. El cantante Javier Krahe y el cómico Leo Bassi también fueron perseguidos por sus burlas del catolicismo. El primero tuvo que comparecer ante los tribunales por cocinar un crucifijo, delito del que fue absuelto. A Leo Bassi le colocaron un artefacto explosivo rudimentario cerca de su camerino por su montaje ‘La revelación’, en la que interpretaba al Papa. Por añadidura, el artista Abel Azcona declaró en febrero ante un juez de Pamplona por emplear formas consagradas en una exposición. Azcona sustrajo 242 hostias en el transcurso de múltiples eucaristías y con ellas dibujó en el suelo la palabra ‘pederastia’. Una performance que le atrajo las iras de la Asociación Española de Abogados Cristianos, que le acusa de profanación.

Según Joaquim Bosch, portavoz de Jueces para la Democracia, el mantenimiento de los susodichos artículo es “impropio de una sociedad democrática de carácter aconfesional”. Bosch, que considera conveniente respetar los sentimientos religiosos, aduce que la respuesta penal a la afrenta es lesiva para el individuo, por cuanto representa una intromisión del Estado en la libertad de expresión y de conciencia. “La mayoría de las sentencias han sido absolutorias, pues la jurisprudencia tiende a que prevalezca la crítica o el derecho a la discrepancia”, arguye Bosch. Los que entienden que la crítica prima sobre el ultraje a las creencias argumentan que la disidencia es inherente a la libertad de creación. ¿Qué sería de Galdós, Clarín, Baroja, Blasco Ibáñez, Unamuno y Darío Fo sin sus chanzas y ataques acerbos a la religión? ¿No es acaso profundamente blasfema ‘La Celestina’?

Para Celso Rodríguez, de la Asociación Profesional de la Magistratura, no es ése el debate. “A los jueces no les corresponde determinar si un delito es ajustado a los valores jurídicos y democráticos de la sociedad. Es una cuestión que compete solo al Parlamento. Debemos aplicar el Código Penal con los tipos que en cada momento haya. Otra cosa es que, en cada caso y en función de circunstancias concretas, haya que atender al resultado de la prueba o a la concurrencia de elementos subjetivos”. De acuerdo con esta organización judicial, lossentimientos religiosos constituyen un bien jurídico y pueden ser objeto de protección.

En los días posteriores a la declaración de Rita Maestre, católicos, musulmanes, judíos y evangélicos se pusieron de acuerdo para publicar un comunicado conjunto con el fin de que no se repitieran agravios contra los dogmas religiosos. La nota, promovida por la comunidad islámica, subrayaba que los sentimientos religiosos merecen amparo. “A la par, [en España] se garantiza la libertad de expresión con el límite constitucional del respeto a los demás derechos y libertades, como es la libertad religiosa”. Esta vez la reacción de las confesiones mayoritarias estaba motivada por el ‘Padrenuestro sexual’ que entonó la poeta Dolors Miqueldurante gala de la entrega de los premios Ciudad de Barcelona. El recitado hizo que Alberto Fernández Díaz, el líder de los populares en el consistorio, abandonara el acto en señal de protesta.

Europa Laica, organización que aboga por la instauración plena del laicismo, no entra a valorar el mayor o menor gusto de la conducta de Maestre o Miquel. El presidente de la entidad, Francisco Delgado, estima que la condena de la portavoz municipal es “lamentable”. “Demuestra además que “el delito de blasfemia sigue vigente en España“. Europa Laica considera que lo verdaderamente preocupante es que haya templos en una institución pública como la Universidad y sostiene que los sentimientos, sean religiosos o de otro tipo, no son merecedores de protección penal. “Se protegen los derechos, no los sentimientos”, dice la asociación. “Ahora ha sido este caso [el de Rita Maestre], pero en el futuro y en cualquier momento pueden ser otros en los que se excusen algunos grupos integristas y las corporaciones religiosas para acusar y actuar incluso con violencia, como, entre otros, el caso de ‘Charlie Hebdo’, apostilla Europa Laica.

Detrás de las denuncias por atentados contra la religión se encuentra el Centro Jurídico Tomás Moro, que tiene como fines “la defensa de la dignidad de la persona, de la familia y de los derechos humanos, y en especial la protección del derecho a la vida del nasciturus y del embrión humano”. Integrada por juristas ultraconservadores, la entidad se “congratula” de la sentencia contra Rita Maestre. “En momentos actuales, sentencias como esta se hacen más necesarias, pues no debemos olvidar que Rita Maestre pertenece a un partido político que ha hecho de la intolerancia al otro y de la violencia contra el rival su seña de identidad”. “Esta sentencia es un éxito de la sociedad civil en la persecución de los ‘grupos de odio'”, alega.

Otras de las organizaciones que se muestra beligerante contra los promotores de ataques a la religión es la Asociación Española de Abogados Cristianos (AEAC). La AEAC, además de actuar contra el artista Abel Azona, pide dos años de prisión para dos activistas de Femen que se encadenaron semidesnudas ante el altar mayor de la catedral de la Almudena, de Madrid. Dos mujeres entraron en el templo el 13 de junio de 2014, se amarraron a un crucifijo y exhibieron la leyenda ‘Altar para abortar’ en sus torsos desnudos. La organización las acusa de un delito de provocación a la discriminación, al odio y a la violencia por motivos religiosos. Pese a la pena que reclama contra las activistas, la entidad dice no desear que las mujeres ingresen en la cárcel.

Total
0
Shares
Artículos relacionados
Total
0
Share