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Del jesuita Pujiula al PP (cruzada contra el aborto): revisión de la historia del aborto en España

Cuando en 1983, el Congreso debatió la ley del aborto, Manuel Fraga repitió los mismos argumentos que en 1925 esgrimiera el jesuita Pujiula. Iglesia y ciencia volvieron a polemizar en 1925 sobre el aborto terapéutico. El libro publicado por la científica inglesa Marie Stopes encendió la mecha de un acalorado debate en España entre el jesuita Pujiula y el ginecólogo Francisco Haro García. Muchos de los argumentos ultras de entonces recuerdan el ideario político de la derechas de ahora.

Marie Stopes, tan alabada como calumniada

Married_Love_Cover

En marzo 1918, la inglesa Marie Carmichael Stopes (Edimburgo, 1880-1958), publicó un libro titulado Married Love or Love in marriage. Fue el libro más importante que se editó a principios de siglo en el terreno de la sexología y que revolucionó más de un punto de vista de la clase médica y de las clases populares que lo leyeron. Fue un best seller. Vendió más de un millón de ejemplares. En Inglaterra, generó un debate tan inédito como insólito. Stopes utilizaba palabras jamás escritas en un libro de divulgación sexual: “orgasmo, intumescencia y eyaculación”. Pero lo más importante afirmaba que las mujeres experimentaban deseos sexuales y tenían derecho a tener y controlar sus orgasmos correspondientes. Ni el diluvio universal.

El libro fue calificado de inmoral y obsceno.

La clase médica inglesa estaba dispuesta a permitir que su autora escribiera sobre períodos fértiles e infértiles del ciclo reproductor de la mujer -algo que ya habían hecho los galenos griegos-, pero aconsejar a las mujeres que mantuvieran relaciones sexuales con la finalidad de buscar el placer en sí y para sí era pasarse siete distritos de la London City, máxime si se tiene en cuenta que esas palabras sonaban nada más y nada menos que en la santa bóveda de la época victoriana, imperante en Inglaterra.

mary stopes

Al mismo tiempo, cuando Stopes se refería a las consecuencias del acto conyugal no lo hacía de forma abstracta, sino en términos muy claros. Millones de mujeres la entendieron a la primera. Stopes les hablaba de los embarazos no deseados y cómo evitarlos. En su libro Maternidad Radiante se atrevió a describir los distintos métodos anticonceptivos disponibles en el mercado y cómo usarlos. Más atrevimiento, imposible. Todo ello dicho y escrito por una mujer. El novamás.

radiante maternidad

Stopes fue la primera en abrir una clínica abortista y de control de natalidad en Gran Bretaña, convirtiéndose en uno de los referentes del movimiento a favor del aborto. Su popularidad aumentó gracias a las campañas de difamación de las que fue objeto y que hoy día sigue sufriendo post mortem, gracias a de médicos, políticos y abogados de derechas, en su mayor parte acuciados por planteamientos morales e integristas de sus respectivas iglesias, aquí, en México, en EE.UU y donde se tercie.

También fue partidaria radical de la Eugenesia biológica, que era la que se llevaba en Inglaterra y que defendía la esterilización obligatoria de los anormales y degenerados de toda índole. Tampoco habría que alarmarse, pues en su libro Maternidad Radiante (1920), los principios de la eugenesia que suscribió no eran nada originales. Eran moneda común entre las élites eugenistas inglesas. Mismos o parecidos planteamientos defendieron Galton, Churchill, el hijo de Darwin y los escritores, con sus más y menos contradicciones, Virginia Woolf, Herbert G. Wells, D. H. Lawrence, T. S. Eliot y E. Waugh. En el caso de Stopes, su eugenesia negativa adquiría esta contundencia verbal: “La sociedad permite que los enfermos, las razas inferiores, descuidados, manirrotos, débiles mentales, los más bajos y peores miembros de la comunidad, produzcan innumerables decenas de miles de criaturas raquíticas, deformadas, de condición inferior… gran parte de ellas condenadas, desde su propia herencia física, a ser, en el mejor de los casos, solo parcialmente autosuficientes, y drenar así los recursos de aquellas clases superiores a ellos que tienen sentido de la responsabilidad. Las mejores clases, liberadas de tener que costear instituciones, hospitales, prisiones, etc. destinadas a la raza inferior estarán en condiciones de tener familias más numerosas”.

Ninguna diferencia con los planteamientos nazis, solo que estos tardarían en cristalizarse veinte años más tarde y bien sabemos el apoyo que las derechas otorgaron al nazismo con o sin eugenesia negativa.

La doctora Stopes tuvo un hijo, Harry Stopes Roe, nacido en 1924. Cuando este se enamoró de Mary Eyre Wallis, su madre le impidió casarse ya que temía que la miopía de su prometida se transmitiera a su descendencia. Como Harry no renunció a casarse, su madre lo desheredó. Un motivo más para poner a horcajadas de asno a la doctora.

En fin, se quiera o no aceptar, fue la mujer que más revolucionó en su tiempo la temática del control de la natalidad, el aborto y los derechos de la mujer. De ahí el ostracismo al que fueron sometidos sus libros en la dictadura franquista. Nadie oyó hablar de ellos. Paradójicamente, quienes la han resucitado de ese silencio sepulcral han sido sus más encarnizados perseguidores: las derechas.

(1925 – 1926) Nueva polémica sobre el aborto. Contra el derecho civil, la ciencia y la democracia

Contra el libro Amor Conyugal

amor conyugal stopes

El libro de Marie Carmichael Stopes, Married Love, se publicó en España en 1920 con el título de Amor Conyugal, Ediciones Antonio Roch.

No consta ninguna polémica en España como consecuencia de su publicación, aunque es sabido que la clase médica española leyó el libro. La primera crítica contra él se publicó en 1925, en la revista Estudios Médicos (Murcia, 9/1925), con el título ¿Es lícito el aborto? Su autor fue el jesuita Jaime Pujiula. El libro era obsceno y pornográfico, pero tales características no impidieron que el jesuita lo leyera a pierna suelta y con el cilicio en el muslo.

Hasta qué grado de oscurantismo se vivían estas cuestiones del carpe carnem que el libro de Stopes circulará de modo semiclandestino entre las clases lectoras de la sociedad, como ocurrirá en el franquismo con el libro La función del orgasmo, de W. Reich. Ignoramos los límites del alcance social del mal inmenso provocado por su lectura, pero según el jesuita “este libro, nos lo ha comunicado privadamente un insigne médico de Barcelona, está haciendo un mal inmenso”. Por lo que concluía: “Es motivo para que la ciencia misma se ponga en guardia contra los peligros morales, sociales y religiosos que amagan el mundo por el lado del darwinismo”.

Increíble afirmación. Marie Stopes no citaba a Darwin.

Luego, como si no tuviese probados motivos, santos y católicos motivos, para arremeter contra el aborto, dirá que “si no hubiese llegado a sus manos este libro de la autora inglesa que, si en el fondo hasta podría parecer que quiere remediar el mal, lo hace, en todo caso, con otro mal, es, a saber, acudiendo a un método, los anticoncepcionistas que acabamos de reprobar”, lo hubiese dejado pasar. Pero la cosa iba muy en serio. El sabio jesuita intransigente -valga el oxímoron-, dirá que lo que “se enseña en este libro es uno de tantos medios anticoncepcionistas, una de tantas formas de onanismo y que es un pecado contra la naturaleza”.

Decía el jesuita que “la autora se pregunta si existe alguna ley divina que condene los métodos científicos de regular la procreación”. Y contestaba que no. Pujiula tenía muy claro que sí, es decir, que “Dios prohíbe por ley natural buscar en el acto de la procreación solo el placer, excluyendo positivamente la fecundación como hace el método propuesto; por ser un acto desordenado. Dios prohíbe también por ley positiva el onanismo a una de cuyas formas se reduce el método de Miss Stopes”.

Al hilo de lo expuesto, sostendrá que “aprovechar ciertos periodos en que es menos probable la fecundación nunca lo ha prohibido la Iglesia, ni por su ley positiva”. Curioso dictamen. Advertía sin pretenderlo que pronto se convertiría, no en España, pero sí en Europa, en la postulación del método Ogino. En estas tierras ibéricas, hasta 1934 no se comenzó a hablar públicamente de dicho método.

En el punto número 19 de su opúsculo dirá el jesuita: “No queremos hacer más minucioso análisis de la obra de la doctora inglesa que lo dicho, baste para conocerla, y evitarla como peste de la ciencia, de la higiene, de la religión y de la moralidad; porque todo desorden de la naturaleza lleva consigo todos esos males. Lo mismo se diga de todos los otros métodos anticoncepcionistas”.

A los seguidores de Stopes, el austero y disciplinante jesuita los calificará de “adeptos a la escuela de Epicuro que ponía la norma de la moralidad en el deleite”, una lectura tan sesgada como falsificada del filósofo griego y que ya denunció Quevedo en su Alegato a favor de Epicuro.

En el punto último, número 20, Pujiula proclamará su acusación final: “La lectura del libro está prohibida por ley natural, como todo escrito, donde se enseña una cosa inmoral. Además, está también condenada por el canon 1399, núm. 9”.

Anatema sit.

El semanario católico La Hormiga de Oro se haría eco del artículo convertido en folleto. Lo calificaba de “muy interesante en el que se estudia la cuestión del aborto, de palpitante actualidad y en la que tantos tropiezan, unos por ignorancia y otros por malicia. Está destinado a hacer un bien inmenso a la familia y a la sociedad, poniendo en claro puntos de capital transcendencia. Conviene mucho a los sacerdotes, a los médicos y a los esposos cristianos” (4.2.1926).

Hay que indicar que el folleto ¿Es lícito el aborto?, tuvo su origen en una comunicación que hizo el jesuita en 1925 a la Sociedad Médico Farmacéutica de los santos Cosme y Damián, y que luego publicó con más extensión en la revista de la misma sociedad (Las ciencias Médicas, número de diciembre de 1925) con el título “El llamado aborto terapéutico”.

Francisco Haro García y el aborto

HARO GARCIA JOVEN

Quien sí leyó el libro de Stopes fue Francisco Haro García (13.4.1896), tocólogo y ginecólogo, médico de la Beneficencia Municipal de Madrid y poeta. Haro era discípulo de Marañón. En la revista El Siglo Médico, gracias a la influencia de su maestro, se estrenó como articulista escribiendo sobre “Los accidentes séricos” (29.5.1920) y en agosto sobre “El dolor de cabeza” (21.8.1920). En 1925, mantuvo una intensa polémica con el jesuita en la revista Estudios Médicos, de Murcia, (9/1925-11/1926) que es donde, como se ha dicho, se había publicado el artículo ¿Es lícito el aborto?

El contenido del folleto del jesuita, a excepción de lo dicho contra el libro Amor Conyugal de Stopes, contenía el mismo discurso religioso, católico y dogmático que expuso en su disputa contra Vital Aza en la revista El Siglo Médico.

Reparemos, pues, en el texto de Haro, publicado en octubre de 1925. Haro García censuraba al jesuita su “rigorismo tan absoluto que emplea contra los médicos que, conscientes de su deber y de acuerdo con el estado actual de la Ciencia, realizan, en el a nuestro juicio bien llamado aborto terapéutico” (Estudios Médicos, 10/1925). Luego añadía que “él se ha atrevido a hacer objeciones a su folleto, que están en el ánimo de muchos compañeros, si bien no se deciden a intervenir en la discusión”, lo que revelaba el tono intelectual taimado de la clase médica en esta época que era la de la Dictadura de Primo de Rivera.

Con el fin de que los lectores se atuvieran al mismo concepto de aborto, Haro García distinguía cuatro situaciones diferentes desde las que podía contemplarse. Lo hizo así:

Aborto “es la interrupción del embarazo antes de llegado a su término natural, cuando se verifica antes de la viabilidad del feto”.

Parto prematuro: “Si miramos el asunto desde el punto de vista médico o del derecho civil y realizado después de esa viabilidad”. Aborto (criminal) (a efectos del Código Penal): “es un género de delito consistente en el uso voluntario de medios adecuados para producir un mal, sea cualquiera la época de la preñez, con el fin de que perezca el feto”. Aborto terapéutico: “la interrupción del embargo antes de la viabilidad del feto realizado con el fin de curar a la embarazada enferma o incluso de evitarle a muerte”. En el aspecto Moral: “Est ejectio violenta faeutus inmaturi ex utero matris” (expulsión violenta del feto prematuro del útero de la madre) y por tanto “impide al feto llegar a su definitivo desarrollo, según orden y curso de la naturaleza”. Según la Iglesia Católica, y del P. Pujiula, “aborto es la expulsión del embrión o feto antes de cumplida la viabilidad y por tanto de aquél se ha de seguir la muerte del ser”.

Y él, al hablar del aborto, se referirá al que “implícitamente va seguido de la muerte del nuevo ser”.

En su opinión, la doctrina moral sobre el aborto afirmaba que “es lícito emplear cualquier terapéutica conducente a curar a la embarazada, aunque de ella se deduzca el aborto o la muerte del embrión feto, con tal de que el peligro que se intenta librar a la madre sea proporcional al daño que se cause al feto y de que se evite en lo posible este daño”, a lo que añadía la postilla del P. Pujiula, es decir, “siempre que la enfermedad no sea efecto del embarazo”.

Irónicamente, se preguntaba si Pujiula se había propuesto “lanzar una amenaza de excomunión contra los que firman, realizan y autorizan la pena de muerte y un manifiesto de rebeldía contra las leyes que obligan a matar a nuestros hermanos so pretexto de que se haya declarado una guerra o de quienes cometieron algún delito civil o militar, apareciéndonos Pujiula como nuevo Fray Martín Sarmiento, partidario de la abolición de la pena de muerte; y contrario a Santo Tomás, Alfonso de Castro, y otros teólogos que estimaban al hombre como un miembro del cuerpo social y por tanto lícito amputarle cuando fuese peligroso”. Era una manera de advertir al jesuita el terreno contradictorio en el que se movía.

A continuación, exclamará: “¡Curiosa teoría de lo moral, de lo lícito, de lo humano y del concepto de fraternidad dimanado de la ley Dios, la que permite u obliga sacrificar dos vidas, pudiendo solo desaparecer una!”. Irónicamente, sugería que de la doctrina católica era mejor no decir nada, puesto que, entonces, “irrumpirá el jesuita diciendo que la Iglesia es la única entidad sobre la tierra que, como depositaria de la verdad, tiene autoridad para la interpretación del derecho divino, natural y positivo, y sus decisiones han de ser acatadas por todo buen católico aun cuando no alcance por sí mismo a ver la razón de ello”, que es lo que Pujiula había dicho y dirá a lo largo de toda la controversia y sacará de sus casillas al ginecólogo. De hecho, en un momento de su escrito, reconocerá haberse exaltado por la “cerrazón del criterio del jesuita” y porque no podía dejar de hacerlo ante el hecho que se calificara “de indigna y criminal su conducta, ¡la cual se basaba en un principio de caridad y de justica, y regida por una conciencia que nunca trata de sacudir la ley moral impuesta por Dios en el corazón humano!”, y, sobre todo, sin escudarse en “elucubraciones metafísicas y teológicas, conducentes al absurdo, al permitir la muerte de dos seres, y estimar ilícito salvar uno de ellos y el alma del otro”.

La conclusión del ginecólogo fue: “Es moralmente lícito practicar el aborto terapéutico cuando peligran las vidas de la madre y del feto, cuando concurren estas situaciones: peligro inminente para la vida de la madre y del feto; peligro que consista o dependa del embarazo mismo y peligro que haya de desaparecer como consecuencia del aborto”.

Sin novedad en el frente opositor

pujiula

Pujiula (en la imagen) contestará en noviembre de 1925. Lo esperado: “lo que dice la ley de Dios y la ley natural es dogma: el aborto es un crimen, sea terapéutico o como se califique. Y quien lo hace es un criminal”. Y merece la horca.

A pesar de esta circularidad dogmática del jesuita, Haro García replicará en diciembre. Ahondará en los puntos contradictorios de lo que Pujiula llamaba ley divina. Dará la razón a Pujiula cuando este recuerda que la Biblia (Éxodo, 23,7) manda explícitamente “no matarás”, imperativo recogido en el quinto mandamiento. Ahora bien, “si toda muerte es ilícita (Éxodo 20,13)”, entonces, “¿cómo la Iglesia defiende la pena de muerte y a lo largo de la historia se ha involucrado en guerras santas donde matar era lo obligatorio?”. Concluía que no se entendía bien que una “persona tan sabia” se moviera en tales contradicciones dogmáticas y fuera el mejor para dar consejos en este sentido. Porque, “ya se nos dirá que, si para el P. Pujiula, “matar y mentir es muy feo y pecado”, ¿cómo es posible, entonces, que estime justísimo matar con arreglo a las leyes divinas y humanas y defienda la pena de muerte?”. Y, en cambio, se permitía decir que “con esas leyes, incluida la pena de muerte, no se perjudica a nadie, pero, en cambio, en el aborto terapéutico se ofende a Dios ante quien todo lo criado es nada”.

Para el ginecólogo, si el jesuita fuese coherente con estas premisas, “debería condenar igual la muerte de un feto por salvar la vida de la madre, con cuya acción no se evita la del mismo feto”. Pero no lo hace. ¿Por qué? Porque se lo mandaba la doctrina de la Iglesia, no porque lo dijera él, lo que era una manera de mortificar su orgullo.

En segundo lugar, recordará Haro el dictum del paraíso terrenal: “Parirás con dolor tus hijos” (Génesis, III, 16). Si dicha frase había que considerarla como dogma de conducta y cuyo incumplimiento derivaba en pecado, Haro replicará que estaría bien que el jesuita contestase a la pregunta de “si ofenden a Dios los que practicamos la anestesia obstétrica, ¿también lo hacen quienes tratando de liberar a la mujer del sufrimiento que le proporciona su más noble y admirable misión?”.

(Curiosa apelación, porque Francisco Haro publicará en 1953 el libro ¿Ginecología psicosomática? (1953), con prólogo de Vital Aza, referido, entre otros asuntos, al parto sin dolor, asunto muy polémico en esta época, y sobre el que existe una tesis sobresaliente cum laude de Amaya García Arregui).

Haro no entendía por qué los médicos tenían que aceptar que “es bueno matar en algunos casos y que es malo matar en otros; que es bueno dejar morir a dos seres y que es malo salvar a uno a costa de anticipar la muerte del otro (y suponemos que también será ilícita la cesárea en período agónico para salvar la vida del feto, ya que ella puede adelantar algo la muerte de la madre… operación que también hacemos los especialistas”.

Punto de vista legal

Afrontar la licitud del aborto terapéutico siguiendo el contenido del articulado del Código Penal fue un terreno utilizado por algunos juristas, como Jiménez de Asúa. Su táctica era aprovecharse de la falta de jurisprudencia y de la ambigüedad del Código Civil y Penal (CP) en torno a licitud del aborto terapéutico. Un artilugio que no coló en los planteamientos del jesuita, quien una y otra vez repetirá sin desmayo: “El Código Penal no admite el aborto terapéutico, y por consiguiente, este queda comprendido en el aborto criminal. Véanse los arts. 425-428”.

Dicho artículo 428 decía: “El facultativo que abusando de su arte causare el aborto o cooperarse a él, incurrirá en las penas de…”. Pero los juristas replicaban que si el facultativo en vez de abusar de su arte, usare su arte para salvar una vida… entonces, la perspectiva era distinta penalmente hablando.

haro garcia

Haro se situará en esa perspectiva. Recordará que para el CP el aborto “es un género de delito consistente en el uso voluntario de medios adecuados para producir un mal, sea cualquiera la época de la preñez, con el fin de que perezca el feto”. El detalle era importante: “Para producir un mal”. Haro sostendrá que, “aunque el Código Penal diga que un parto prematuro provocado también podría ser incluido en los abortos legalmente, no creemos, sin embargo, que ningún juez sería capaz de condenar, ni ningún fiscal de acusar a un médico que provocara un parto anticipado con fines terapéuticos, y ello porque el fin no era el de matar a la criatura, aunque ello puede ocurrir”, lo que introducía un nuevo elemento de juicio en el debate y que Pujiula no aceptará por nada del mundo.

Haro sostendrá que lo dicho para el aborto con fines terapéuticos servía para hablar del “aborto, de la interrupción antes de la viabilidad (ya que el código no hace distingos en esto). Es decir que para saber que sea delito es preciso que exista “malicia o intención de causar daño, para lo que ya existía un antecedente doctrinal, como era la Sentencia 12 de febrero de 1921”.

En efecto, “en el aborto terapéutico el fin es la salvación de la madre, mientras que el aborto, con la muerte del feto, es el medio o recurso de que se vale el médico para ello”. Y para que el facultativo cometiese delito debería “abusar de su arte”, algo que no se da, puesto que el médico lo que hace es “usar de su arte”. Más aún: “si el aborto lo comete un médico con fines criminales se provecha de su arte, abusa de él, pero si lo hace para salvar la mujer, usa de su arte para salvar su vida”. Una casuística saducea, desde luego.

A continuación, defenderá ese “principio tácito o implícito” consistente en que “en la práctica, la interpretación del Código es contraria a considerar delito el aborto terapéutico si bien es preciso que se llenen ciertos requisitos que den a la Justicia una determinada garantía”. Los enumerará, no sin antes afirmar categóricamente que “los médicos tienen derecho a efectuar todas las intervenciones médicas y quirúrgicas, pero salvo el no importarles incurrir en el pecado de imprudencia temeraria”.

Actitud temeraria y rara en la clase médica, pues “ninguno nos atrevemos a hacer ciertas intervenciones cuya técnica no dominemos y sobre todo, sabe todo médico que deben reunirse tres médicos por lo menos que estén conformes en ello y que uno de ellos por lo menos debe ser especialista en la afección dominante y que naturalmente no debe faltar un especialista, entendiendo por tal el que sepa practicar la intervención con arreglo a las reglase del arte”.

La última argumentación del doctor Haro era redundante, pero no se la guardó: “El Código Penal no mide por el mismo rasero al hombre que quiere hacer daño que al que pretende hacer un bien”. Por tanto, preguntará al jesuita: “¿Cree el P. Pujiula que ese razonamiento legal (que considera delito el aborto terapéutico) puede convencer a ningún ginecólogo ni cirujano? Si así fuera el espíritu de la ley como su letra, todos los especialistas y cirujanos habríamos sufrido, no una, sino muchas condenas por tales intervenciones?”. Y no las habían sufrido.

Pujiula replicará el artículo de Haro punto por punto, coma por coma, sin añadir nada nuevo a su argumentación fundamental. Tanto es así que dirá. “Supongamos que el Código Civil permite el aborto terapéutico; más aún, que lo impone en caso de necesidad. ¿Qué se saca de aquí? ¿Será por eso lícito el aborto terapéutico? ¿Podrá el médico practicarlo con buena conciencia? De ninguna manera”.

¿Explicación? La de siempre:

“Porque su ilicitud tiene raíces más profundas y dimana de un derecho superior e inmutable cual es el Derecho Natural y Divino. Toda ley humana que permitiera o impusiere el aborto terapéutico, sería injuriosa a los derechos de Dios y por ende injusta y detestable. Por si fuera poco para ni el doctor ni nadie pueda tener duda en esta parte, bueno es recordar el orden de los derechos y la fuerza y predominio de unos sobre otros. Este orden es: 1º Derecho Natural. 2º Derecho Positivo Divino 3º Derecho eclesiástico. 4º Derecho Civil”.

Menudo panorama. El Derecho Civil el último de la lista a la hora de establecer los derechos del ciudadano. Lo que Pujiula reclamaba era un Estado confesional y Teocrático, como en la Edad Media.

Más opiniones

En un momento de la polémica, el doctor Haro echará mano de las opiniones de siete autoridades en la materia: catedráticos de ginecología (de Madrid, Barcelona, Granada y Valladolid); el Director de la Maternidad de santa Cristina de Madrid, y de dos catedráticos de Penal, de Valencia y de Salamanca (Estudios Médicos, 7/1926).

Pretendía mostrar que no solo él era partidario de la licitud del aborto terapéutico, sino que, como él, hacían lo propio, no solo compañeros de profesión, también catedráticos de Obstetricia y Ginecología y de Derecho Penal. Era una manera de mostrar a Pujiula que, aunque nadie hubiese protestado de su folleto sobre el aborto terapéutico, se creyera que la clase médica estaba de acuerdo con su contenido. Todos ellos, con sus más y sus menos, defendían la posición que hasta la fecha él había mantenido.

Pujiula le acusará de sorprender la buena fe de esos distinguidos profesores publicando opiniones obtenidas por vía particular sin que pudieran sospechar que el doctor Haro las fuese a utilizar en provecho propio. A esta acusación, Haro responderá que “eso no era propio de alguien que vestía hábitos”. De nada sirvió decir al ginecólogo que las siete opiniones recogidas, cinco estaban tomadas de publicaciones y de manifestaciones hechas en Congresos anteriores, como el de Sevilla, celebrado en 1921, y al que habían asistido tanto Haro como Pujiula. Este afirmaría que de nada servía aducir opiniones de médicos en un asunto de moral católica. Pero tenía que reconocer que “hombres de ciencia, algunos de los cuales son de sobra conocidos desde el punto de vista de sus ideas religiosas, y todos ellos seguramente se sentirán dentro del dogma católico no obstante su discrepancia en esta materia”.

Haro replicaría que era cierto que “a todos ellos compete escuchar el derecho divino, el eclesiástico y el civil, pero lo que no creo posible es que en cuestiones de Derecho civil o Penal vaya a rechazar las que hemos recogido de los dos catedráticos de Derecho Penal”(Estudios Médicos, 8/1926).

Pujiula repetirá recordando la canción sobre el orden de prioridades al establecer derechos. Y, si existían autoridades a favor del aborto terapéutico, él también disponía de ellas en sentido contrario. Referirá las opiniones del director de la Clínica de san Ignacio de San Sebastián, de Benigno Oreja, del doctor José Gómez (Navarra.), de José María Ruiz Contreras, tocólogo, y autor de Los enemigos de la generación humana, donde entre oras afirmaciones sostenía: “La Iglesia católica no consiente en ningún caso la provocación del aborto, ni aun bajo el pretexto de salvar por él la vida de la madre (…) Y la ciencia está completamente de acuerdo con la Iglesia”.

Así que empatados.

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Marañón entra escena

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Una polémica de este calibre no pasó desapercibida a la clase médica aunque ninguno de ellos -excepto Pere Nubiola Espinós, “muy amigo de Pujiula”, según sus palabras-, intervendría en ella con dos artículos, “El aborto no es un recurso terapéutico” (Estudios Médicos, 1/1926 y 10/1926), manteniendo una postura contraria a la de Haro, eso sí, con un discurso tan impecable formalmente como en su contenido doctrinal, más por el lado moral que por el científico.

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Tampoco era extraño. Nubiola, considerado como un ginecólogo y profesor sobresaliente, también se presentaba como “cristiano, católico y apostólico romano”. Lo que decía la Iglesia iba al quirófano.

Nubiola prologaría varias de las obras de su amigo jesuita. Casó con Ana Sostres, con quien tuvo ocho hijos. Al llegar la Guerra Civil fue uno de los catedráticos que primero fue cesado de su cargo y posteriormente revocado por las autoridades republicanas.

Continuó en su cátedra después de la guerra hasta que se jubiló en 1948. Tiene calle dedicada a su nombre en Sant Boi de Llobregat.

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De la intervención tangencial de Marañón en la polémica, se hizo noticia el propio jesuita: “Las controversias sobre el aborto terapéutico, sostenidas en los artículos de Estudios Médicos y de El Siglo Médico, han tenido mucha resonancia.

En un libro publicado recientemente por el Dr. Gregorio Marañón -Tres ensayos obre la vida sexual: Sexo, Trabajo y deporte Maternidad y feminismo. Educación sexual y diferenciación sexual”-, se lee lo que sigue:

“En estos meses han discutido en una revista española médica (Murcia Médica, 19251926)” -desliz que le valdrá una llamada de atención por su falta de exactitud-, “la cuestión del aborto, un sabio sacerdote, el P. Pujiula y varios ginecólogos, los doctores Haro, Vital Aza y Nubiola. No es posible tocar la cuestión sin tener presente la razón económica y la relación con el gran problema de la maternidad consciente. Es innegable que el aborto es inadmisible, aunque en ciertos casos el médico, por mucho que tenga de católico, si tiene también algo de sacerdote humano, no podrá negar su concurso a su realización para evitar males mayores”.

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Pujiula se opondrá rotundamente al criterio de Marañón cuando este suponga que “en ciertos casos el médico no puede negar su concurso al aborto”. El jesuita decía conocer a Marañón y que lo respetaba, pero “desde el momento que le vemos desviarse de la verdad, recordaremos aquel “amicus Plato, sed magis amica veritas”. Marañón se refugiaba en el socorrido argumento de la tesis de evitar males mayores. Pero “no hay mal mayor que el homicidio voluntario que comete el que mata a otro, como sucede en el aborto provocado. Este es un mal moral ante el que son despreciables todos los males físicos” (Estudios médicos, 8/1926).

Tampoco le permitirá a Marañón que diga: “Insistimos en la honda significación filosófica del mito del lanzamiento de la pareja humana primitiva del paraíso terrenal, etc.”. Pujiula replicará: “¿Un mito lo que narra el Génesis?”.

¡Por favor! ¡Era una blasfemia, la dijera Agamenón, Marañón o su criado!

Todo siguió igual

A pesar de la intensidad con que se llevaron a cabo las disputas, estas no lograron modificar la actitud de los litigantes, mucho menos, el pensamiento social, que ni se enteró de dicha polémica. La prensa no reflejó de dicha polémica ni una coma.

En 1932, Haro García publicaría Eugenesia y matrimonio: el certificado médico prenupcial (Morata, 1932), con la pretensión de instaurar el certificado de matrimonio asegurando así la moralidad en las prácticas eugenésicas usando el control poblacional en lugar del control poblacional negativo, lo que era menos agresivo y autoritario.

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En las I Jornadas Eugenésicas celebradas en Madrid en 1933, presentó una ponencia titulada Concepción y Anticoncepción. Sus palabras terciaron sobre las mujeres y su derecho a no procrear. Más todavía: “el deber, en ciertos casos de no procrear, y ello en nombre de un derecho humano al gozo”. Resaltó la necesidad de disociar el orgasmo y la fecundación.

En la línea de Stopes dirá: “La mujer tiene derecho a realizar su función sexual como el hombre, combinando, simultaneando el deleite, el placer, con la función procreador, en momentos en que sólo al deleite quieran rendir tributo, todo lo relacionado con la reproducción, y si contra todo deseo de la mujer, contra todo despego por la maternidad está irrumpe contra viento y marea, ¿por qué no ha la mujer de tener derecho a intervenir con un aborto que le permita conservar su derecho a no ser madre?”.

A propósito, recordó que las circunstancias “anticoncepcionales” se debían a “enfermedad o taras, razones económicas, de higiene o razones particulares y sentimentales”. Y con relación a los anticonceptivos utilizados en estas circunstancias específicas se podían encontrar, al igual que su uso, en la tabla clasificatoria del libro de la inglesa Marie Charlotte Carmichael Stopes, lo que era una “bofetada dialéctica” con carácter retroactivo contra el jesuita que había mandado el libro de la inglesa al índice de libros prohibidos.

Un decreto de 1935

Entre la clase médica era un lugar común aceptar que los Códigos Penales no se habían expresado con un criterio claro y riguroso sobre el aborto. Por eso, no llama mucho la atención que los juristas se aprovecharan de esa carencia en la jurisprudencia y la ambigüedad del Código Civil y Penal para basar su defensa de la licitud del aborto terapéutico.

Jurídicamente, era una excelente táctica, pero se olvidaba que quien sufría dicho aborto era la mujer, en cuya polémica no se la dejaba tomar parte. Y no se diga que, en 1935, no había mujeres, médicas o no, capaces de terciar en aquella disputa. Ahí estaban, si no, Amparo Poch, Lucía Sánchez Saornil, Juana Capdevielle, Matilde de la Torre, Jimena Fernández de la Vega y, sobre todo, Hildegart (Aurora) Rodríguez, sexóloga reputada a nivel europeo y que, en esta materia, intelectualmente hablando, era muy superior a sus correligionarios masculinos, según apunta el libro de Alison Sinclair, Sex and society in early twentieh-century Spain.

Pero no encontraremos un cruzamiento dialéctico entre una mujer y un hombre sobre este particular en las revistas señaladas, situación deplorable muy comprensible habida cuenta de la importancia otorgada a la mujer en el Código Civil y Código Penal, donde tenía la consideración de un trapo de cocina.

Ciertamente, y por lo dicho sobre el Código Penal, no sorprende toparse con el decreto del Ministerio de Trabajo, Sanidad y Previsión, fechado el 21 de mayo de 1935, donde se regulaba “la obligación de los médicos a declarar su asistencia como tales a abortos, incluyendo en estos “los que se vieron obligados a provocar por necesidad terapéutica justificada” (Gaceta de Madrid, 22.5.1935). Lo que evidenciaba que el aborto terapéutico se venía practicando sin causar ninguna molestia penal a los médicos que lo practicaban.

Merece la pena leerse al completo este decreto firmado por el presidente de la II República Niceto Alcalá Zamora y por el Ministro de Trabajo, Sanidad y Previsión, Federico Salmón. Añadamos que el presidente del Gobierno era Alejandro Lerroux, el jefe del llamado Bienio Negro, haciéndolo en comandita con la CEDA de Gil Robles.

El comienzo del Decreto decía así: “El sensible aumento que viene observándose en el ejercicio de prácticas y manipulaciones dirigidas a evitar la gestación, con olvido del respeto universal que merece la mujer embarazada y de la protección a la maternidad que la Constitución garantiza, obligan a vigilar la asistencia prestada en el aborto, tanto en el natural y en el llamado terapéutico, procurando así la estadística de estos últimos, inexplicablemente descuidada hasta ahora en la demografía sanitaria”.

El detalle era importante: no se pretendía penalizar y castigar el aborto terapéutico, sino hacer su estadística. Sorprendente.

gaceta.3. 22.5.1935. aborto
gaceta.3. 22.5.1935. aborto

En años sucesivos, el aborto se convirtió en una polémica colosal, pero nadie se acordó que quien abortaba era la mujer y que algo tendría que decir en esta disputa. A ninguna de ellas, aunque fuesen médicas, se las dejó terciar en las sesudas intervenciones de estos varones, fuera en sesiones de academias masculinas y en revistas médicas de postín.

Ojalá pudiera decirse que las disputas entre el jesuita y los ginecólogos Vital Aza, Haro García, Pere Nubiola y demás médicos partidarios o no de dicho aborto se quedaran en eso, en palabras. Desgraciadamente, no fue así. Ya es sabido que la venganza suele servirse en plato frío, para lo que es necesario echar mano de una memoria tan selectiva como servil.

No sabe uno si a estos médicos, defensores del aborto terapéutico, además de ser republicanos, el franquismo, surgido del monstruo de la guerra, se los quitó de encima por culpa de sus posiciones progresistas en el terreno de la ciencia o por ser, también, defensores de la II República. Suponemos que todo iría parejo.

Francisco Haro, represaliado y ninguneado

Durante la II República, el doctor Haro, además de haber sido uno de los grandes defensores del aborto, tal y como lo puso de manifiesto en las Jornadas eugenésicas de 1933, también lo fue del Seguro de Maternidad en España y de las embarazadas

FRANCISCO HARO GARCIA

En mayo de 1935, Haro denunciaría en un artículo, titulado “¡Vidas!¡Vidas!”, no solo la falta de tocólogos en España, sino la situación en que se hallaban las mujeres embarazadas. Hablando del seguro de maternidad, aseguraba que, “creado dicho seguro con el exclusivo objeto de evitar que las pobres mujeres obreras tengan que dar a luz horas antes der ir al trabajo, a veces en el mismo trabajo, y tengan que volver a él a las veinticuatro horas de ser madres, porque de contrario no ganaban el jornal; que un seguro que facilita a la obrera embarazada médico especializado, comadrona, ajuar de parto, prima de descanso y lactancia, y al que, arrancándolo de su mísero salario contribuyen con varios millones tengan como conclusión final que se mueren más mujeres y niños y se hacer mayor número de operaciones que antes de su implantación y que la asistencia facultativa en casi toda España es la misma que cuando se pagaba un céntimo”.

El despilfarro suponía alrededor de ocho  o nueve millones. Un escándalo. Ante lo que se preguntaba: “¿Qué hace el ministerio de Trabajo y Previsión, la Subsecretaria de Sanidad y el Instituto Nacional de Previsión?”. Recordemos que en estos momentos gobernaban las derechas en la República.

En marzo de 1936, publicaría otro artículo en la revista La Casa del Médico, respondiendo a una réplica del doctor Camón publicada en diciembre, Haro ponía en solfa el seguro de Enfermedad del Instituto Nacional de Previsión y hacía diferentes críticas acerbas contra cierta clase médica.

Tras el triunfo del Frente Popular en las elecciones de febrero de 1936, Francisco Haro García se convirtió en protagonista de varios hechos. A la semana de producirse el golpe de Estado, los médicos afectos al Frente Popular ocuparon el Colegio Médico de Madrid expulsando de él a los que consideraban afectos al Golpe. El periódico El Liberal daba noticia del hecho con estas palabras: “Ayer fue incautado el Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Madrid por la representación médica del Frente Popular”. A continuación, enumeraba su nueva junta de Gobierno presidida por Julio Bejarano Lozano, como secretario Antonio Encinas y entre sus vocales, Francisco Haro García.

ELLIBERAL 25.7.1936. HARO COLEGIO MEDICO

A los días, día 31 de julio, el gobierno republicano cesaría al general Burguete como presidente de la Cruz Roja (Gaceta 31.7.1936). Lo sustituirá el doctor Aurelio Romeo Lozano de Madrid, “culto y meritísimo médico, el cual ha sido elegido para este cargo por sus especiales condiciones de hombre de ciencia, de incansable luchador por la emancipación del proletariado ibérico y por sus reconocidas dotes de hombre organizador” (Solidaridad Obrera, 1.10.1936). Y el 3 de agosto de 1936, Francisco Haro García sería nombrado vicepresidente de Cruz Roja y ratificado el 4 de septiembre.

De este modo, durante el tiempo de guerra, Francisco Haro se entregó a las tareas propias de su cargo en la Cruz Roja. Y no dejó de escribir artículos de su especialidad y poemas. En febrero de 1937, su firma la vemos en el periódico de la CNT, lo que hace suponer que, en estos momentos, o que estaba afiliado al sindicato anarquista o simpatizaba con el movimiento. Una de sus colaboraciones está fechada el 18 de febrero de 1937. La reproducimos:

CNT. 18.2.1937. HARO

Como se sabe, al término de la guerra, la represión se cebó cruelmente en la clase médica. Francisco Guerra anota que la depuración fascista de los médicos de Madrid consistió en 13 médicos fusilados y 156 exiliados. Uno de estos exiliados fue el eminente cardiólogo Luis Calandre, cuya memoria rememoró en Nueva Tribuna su nieta Cristina.

Por su parte, el Colegio de Médicos de Madrid sancionó a 232 colegiados. Según Guerra, de los 13 médicos fusilados en Madrid ninguno pertenecía a la masonería. (Médicos españoles en el exilio, 2003).

Sabemos que el 21 de abril de 1939, una vez terminada la guerra, Antonio Millán denunció a la policía que su padre, médico de telégrafos y afiliado al partido derechista Acción Popular, fue detenido por dos milicianos y una miliciana el 15 de octubre de 1936 y que a los dos día fue trasladado a la prisión de Porlier, siendo conducido, finalmente, el 22 de noviembre, a lugar de desconocido sin que se volviera a saber nada de él. El hijo daba por asesinado a su padre.

Según su versión, Francisco Haro, médico del colegio de Madrid y que prestaba entonces, “sus servicios como oficial de Telégrafos”, había denunciado a su padre ante el colegio de Médicos como perteneciente a la hermandad de san Cosme y san Damián, teniéndose la evidencia de que lo hizo para ocupar el cargo del sr. Millán en Telégrafos”.

Antonio Encinas Rodríguez, entonces secretario del colegio de Médicos, cursó la denuncia de Haro y, al tratar el sr. Antonio Millán (padre) de que la retirara, contestó Encinas: “Si triunfasen las derechas, moriríamos todos los liberales. El complot del supuesto asesinato del médico Antonio Millán por parte de los milicianos había sido organizado, según su denuncia, por Haro García. Terminaba el expediente diciendo que “Francisco Haro García se cree que esté preso y en cuanto al Antonio Encinas se ignora”.

A partir de este momento, nada sabemos de su rastro. En 1949 y en 1950, aparece como colaborador del doctor Juan Homedes y miembro de la “Sección Genética Aplicada del Instituto José Celestino Mutis” y del CSIC.

En 1952, su firma aparece en el libro ¿Ginecología psicosomática?, prologado por su amigo Vital Aza, y en la traducción del libro Deformidades mamarias y su tratamiento, y lo hace como Ginecólogo Miembro de la Real Academia de Medicina de Madrid. La última obra anotada está fechada en 1961. Se trata del libro Genética Humana (Noguer), figurando como profesor de la Universidad Central de Venezuela y ex colaborador de la Sección de Genética del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Nunca aparecerá ejerciendo como médico ginecólogo y tocólogo.

libros

Pujiula vuelve donde solía

jaime pujiula

Hay que rendirse a la evidencia. Con la implantación de la dictadura franquista se acabaron las polémicas sobre el aborto, aunque estas se diesen solo entre hombres. Pujiula, catedrático del Colegio Máximo de San Ignacio de Sarriá y miembro de las Reales Academias de Ciencias de Madrid y de Barcelona, se convertiría en el faro doctrinal del franquismo contra el aborto en cualquier modalidad (terapéutico, eugenésico y ético) y contra la Eugenesia mal entendida. Inventará una nueva denominación, “Eugenesia bionómica humana”, cuyo contenido desarrolló en la revista Anales de Medicina y Cirugía de Barcelona, cuyo director era el doctor Jaime Peyrí Rocamora, en julio de 1945.

anales peyrí
bionomica

Dos años antes, había publicado La Eugenesia ante la Iglesia y ante la ciencia, por si alguien hubiese olvidado cuál era la doctrina verdadera en esta materia. De él extraigo dos afirmaciones contundentes muy gratas a su argumentación tal y como vimos en sus disputas de 1925 y que se utilizarán en 1983 contra la ley del aborto aprobada en el parlamento.

Primera: “el fruto que se pierde criminalmente sería quizás el hombre más robusto, el más sano, el más inteligente para levantar la misma sociedad o para renovarla o imprimir nuevos rumbos y orientaciones” (Revista Internacional de Sociología. Volumen 11, número 2-3, abril-septiembre de 1943).

Segundo, “el aborto, también es un ataque contra los problemas de población. de la sociedad y de la Eugenesia, no sólo las mujeres que provocan el aborto, sino las perversas parteras y los médicos que conspiraron con ellas para perpetrar el crimen porque el vil espíritu del lucro son responsables ante Dios, ante la sociedad y ante la Eugenesia” (Ibídem).

Parecidas afirmaciones llenarían los escritos de intelectuales y políticos franquistas. Recordaré las de Álvaro D´Ors, Botella Llusiá y Fraga Iribarne.

Quien fuera calificado por Aranguren como intelectual requeté, Álvaro D´Ors, hijo de Eugenio, en un artículo titulado “Explosión demográfica”, fechado en 1970, dirá:

“Dicen que es tremenda y que se impone necesariamente el control de la natalidad. Pero el remedio de no dejar nacer no me parece acertado, pues habrá de ser una selección indiscriminada y ciega. ¿Cuántos posibles santos, sabios, benefactores de la humanidad corren riesgo fatal con ese remedio? Quizás se más razonable, si es que sobramos, matar a los realmente culpables, peligrosos e indeseable, es decir, extender la pena de muerte. ¿Qué pasa en la democracia pacifista de hoy, se prefiere la supervivencia de un criminal de nacimiento de un posible héroe? (El Faro de la Costa del Sol, 14.4.1970).

El texto no pasó desapercibido al olfato de Luis Carandell y en la revista Triunfo, en su sección Celtiberia Show, parodiando las palabras de santo Domingo Savio, le dedicó un comentario glorioso: “Antes matar que pecar”.

D´Ors, padre de 11 hijos, olvidaba, que pudo haber dicho lo contrario: la sociedad se hubiese librado de cientos de criminales caso de haberles aplicado dicho criterio con carácter retroactivo: Hitler, Franco, Mussolini, Stalin y Fumanchú…

En 1999, a este profesor de Derecho, con raíces opusianas y que consideraba la democracia y los derechos humanos como debilidades políticas, el Gobierno de UPN de Navarra le concedió el Premio Príncipe de Viana de la Cultura en 1999. Ya se sabe que, quien a los suyos se parece, honra merece.

Dors premio viana

El que fuera rector de la Universidad Complutense, José Botella Llusiá, discípulo de Marañón y compañero de Haro García en diversas conferencias, soltaría estas gloriosas frases cuyo tufo machista recordaba tanto a su maestro:

“Hay muchas mujeres, madres de hijos numerosos que confiesan no haber notado más que muy raramente, y alguna vez o haber llegado a notar nunca el placer sexual, y eso, sin embargo, no las frustra, porque la mujer, aunque diga lo contrario, lo que busca detrás del hombre es la maternidad. Yo he llegado a pensar alguna vez que la mujer es fisiológicamente frígida y hasta la exaltación de la líbido en la mujeres es un carácter masculinoide, y que no son las mujeres femeninas las que tienen por sexo opuesto una atracción mayor, sino al contrario”.

En 1999, recibió el Premio Gregorio Marañón. Gobernaba en España el PP de Aznar. El galardonado era tío segundo de Ana Botella.

Años antes, al discutirse la ley del aborto en el Parlamento en 1983, Fraga repetiría los mismos argumentos de Pujiula en 1925, a saber: “De haber aplicado el aborto terapéutico o eugenésico a la madre de Beethoven, nos hubiéramos privado del mayor genio musical de todos los tiempos”. Así que…

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Nada original. Se trataba de una argumentación muy utilizada por los detractores de la eugenesia, identificándola con el malthusianismo asesino. En la revista La Esfera, el buen escritor que fue el oscense Enrique González Fiol, en un artículo titulado “El Derecho al amor. Beethoven y otros genios é ingenios contra la Eugenesia”, lo plasmó así: “El más grande músico que ha existió por su obra y por influencia en la ajena ha sido Beethoven. ¡Y Beethoven fue hijo de un alcohólico y una tísica! Si la Eugenesia hubiese prohibido el matrimonio de estos enfermos, habría impedido el nacimiento del más glorioso de la música. (La Esfera, 13.8.1927).

beethoven

La ley entró en vigor en julio de 1985, pues Coalición Popular -formada por abuelos de los dirigentes actuales del PP-, impugnaría la constitucionalidad de la ley. Lo habitual. La razón era clara. Lo expresó muy bien el periódico fascista El Alcázar: “La ley de 1983 es una ley contra Dios”.

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Da rasmia pensar que las razones para despenalizar el aborto en 1983 eran las mismas que se barajaban en 1925 por sus partidarios y las que en 1937 utilizó el gobierno de la Generalitat catalana en plena guerra para establecerlo. Y, naturalmente, con las mismas contra-razones eternas y dogmáticas. Ante lo cual, uno se pregunta: ¿será verdad que pertenecemos a un intratable pueblo de cabreros, que decía el poeta?

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