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Decepcionante respuesta de la Defensora del Espectador a las denuncia sobre programación religiosa en RTVE

Europa Laica y el Observatorio del Laicismo promovimos una acción para denunciar el uso confesional de la radio y televisión pública

Con anterioridad a este escrito que acaban de mandar a quienes individualmente habíamos presentado la queja, la Defensora ya planteó el tema en su propio programa:

La de Defensora del Espectador de RTVE justifica los programas religiosos por la mayoría social

Se mantiene así el confesionalismo de los medios públicos, justificado con un falso multiconfesionalismo, que por una parte solo afecta a lo religioso y dentro de este ámbito a las cuatro religiones con las que se tienen convenios.

Apreciado comunicante:

Gracias por dirigirse a la oficina de la defensora con sus observaciones.

La Constitución Española en el Artículo 16, punto 3 dice: “Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.

RTVE cumple el mandato constitucional y, no solo emite programas del credo católico, sino que también da espacio a las  confesiones  evangélica, judía y musulmana, conforme a su arraigo en España.

En virtud de las decisiones del Consejo de Administración del ente público RTVE de septiembre de 1982 se estableció y reguló el procedimiento para que los programas religiosos tuvieran presencia en la programación de RTVE. Una presencia que no se formalizó hasta la entrada en vigor de la Ley 17/2006 de la radio y la televisión de titularidad estatal.  Así, de acuerdo con la legislación que  es de aplicación en este momento en RTVE, en la que se reconoce el derecho de acceso, se ofrecen programas de la religión católica, evangélica, judía y musulmana.
La defensora no puede solicitar a dirección de la empresa el incumplimiento de las decisiones adoptadas por el Consejo de Administración.  Mi tarea es velar por el derecho ciudadano a recibir una información veraz, plural e independiente y un entretenimiento digno.
Con respecto a lo que indica el Manual de Estilo de RTVE en su apartado 5.15 acerca de la Información sobre confesiones religiosas, desde el punto de vista legal, de igualdad, conocimiento, cobertura de las celebraciones, libertad de opinión y crítica, lo relativo a la Iglesia Católica o la exigencia de que no se haga proselitismo, los profesionales se ajustan a la norma.  Y cuando no ha sido así y la Oficina de la defensora ha tenido conocimiento de que algún periodista en su ejercicio profesional se ha desviado de estos principios, se ha reflejado en los Informes trimestrales que realiza y que están colgados en la web www.rtve.es/defensora
Las decisiones de programación y contenidos no están entre las competencias de la defensora del espectador de acuerdo a lo establecido en el Estatuto que rige su tarea y que enlazamos por si fuera de su interés: http://www.rtve.es/contenidos/documentos/Estatuto_defensora.pdf
Este asunto ha sido tratado en varias ocasiones en RTVE Responde, el programa de la defensora.  En él, distintos responsables de RTVE han explicado el porqué de la emisión de programas religiosos en nuestros canales.  Así mismo, han comparecido en el programa distintos responsables de programación y contenidos para explicar el criterio con el que se deciden las coberturas informativas de ciertos acontecimientos de carácter religioso.
La dirección de TVE ha recibido el escrito que dirigió a la defensora del espectador el Observatorio del Laicismo

Reciba un cordial saludo.
Oficina de la defensora

Puede ver el texto de la queja presentada el pasado 3 de abril:

Europa Laica y el Observatorio del Laicismo se quejan ante la Defensora del Espectador de RTVE por la programación religiosa

TVE Defensora del Espectador

 

 

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