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Crucifijo en las aulas

Según la sentencia de un juzgado de lo contencioso-administrativo, un colegio público de Valladolid deberá retirar los crucifijos de las aulas y zonas comunes. Esta decisión se ampara en una supuesta vulneración del derecho fundamental a la libertad religiosa, apelando a la laicidad y la neutralidad del Estado. Toda resolución judicial debe ser acatada en un Estado de Derecho, sin perjuicio de los recursos que procedan ante instancias superiores -en este caso parece que no habrá recurso alguno- y sobre la base del ámbito limitado de las competencias del órgano jurisdiccional que se ha pronunciado en este caso. No obstante, el razonamiento resulta poco convincente puesto que incurre en la confusión entre laicismo radical y la separación Iglesia-Estado, que es -según la opinión de los expertos- el criterio adoptado por el artículo 16 de la Constitución cuando dispone que ninguna confesión tendrá carácter estatal y proclama la cooperación de los poderes públicos con la Iglesia católica y demás confesiones. Olvidar las raíces cristianas de las sociedades occidentales supone una perversión de la historia y de la cultura que produce un perjuicio objetivo para la formación de los alumnos. Por lo demás, le enseñanza pública en España sufre problemas muy graves, que la sitúan hoy día en el furgón de cola de los países europeos, y no es conveniente perder el tiempo en debates ideológicos que sólo afectan a determinados intereses particulares.

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