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Conformación del Estado Laico en México

Al imponer la religión y cultura de los pueblos americanos, la conquista española estableció también la intolerancia religiosa en las naciones conquistadas.

España había cohesionado a su estado entorno a la religión católica, sin tolerancia de ninguna otra, expulsando a musulmanes y judíos. El tribunal de la Inquisición se encargó de perseguir cualquiera idea heterodoxa. En la España cristiana de 1615, la libertad de conciencia se entendía como inaceptable permisiva frente al mal.

La laicidad del Estado se ha venido construyendo de manera paulatina, desde mediados del siglo XIX.

En el periodo novohispano, la Iglesia formaba parte del Estado. El Patronato Real, por medio del cual la Santa Sede entregaba a la Corona la administración de la Iglesia en las tierras colonizadas, a cambio de la protección y el compromiso de apoyo para la evangelización de los habitantes de las mismas, habría de marcar la época colonial y el primer periodo independiente, pues Iglesia y Estado se complementaban y se legitimaban mutuamente, sin que por ello desaparecieran algunos esporádicos conflictos entre las instituciones. El poder del soberano no se basaba en la voluntad del pueblo, sino en la autoridad que suponía el haber sido elegido por Dios para ocupar el trono.

La unión entre la religión y la patria fue dada por sentada también por los primeros independentistas. No sólo porque algunos padres de la patria fueron sacerdotes, sino porque se consideraba que la religión era parte esencial del cemento social y de la identidad de la nueva Nación. Desde esa perspectiva, a nadie o a muy pocos se les ocurría que el Estado podría estar separado de la Iglesia católica y que el catolicismo no debería tener un lugar privilegiado en el México independiente. Luego entonces, la legitimación religiosa del nuevo poder político parecía tan evidente como necesaria. El Acta de Independencia de Chilpancingo y los Sentimientos de la Nación, redactados por José María Morelos y Pavón en 1813, el Decreto Constitucional de Apatzingán de 1814 y el Acta Constitutiva de 1823 apoyaban una intolerancia oficial hacia las otras religiones y una protección especial a la católica. La Constitución de 1824 estableció que: “la religión mexicana es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana. La nación la protege por leyes sabias y justas y prohíbe el ejercicio de cualquier otra”. No existía pues en ese momento el menor asomo de un Estado laico, pues los independentistas pretendían que la religión constituyera un elemento central de la legitimidad del nuevo Estado independiente.

El problema surgió cuando la propia Santa Sede no sólo se negó a aceptar la independencia del país, sino que cuestionó la pretensión del nuevo Estado independiente de prolongar la figura del Patronato. Eso profundizó el conflicto entre, por una parte, los primeros gobernantes mexicanos, que buscaban prolongar la figura del Patronato para tener un poder de jurisdicción o control sobre los asuntos de la Iglesia, como el nombramiento de obispos y, por la otra, la Curia romana, que aprovechó las circunstancias para liberarse de los controles que la Corona había establecido sobre ella mediante dicho acuerdo. El litigio finalmente se solucionó de manera drástica. Los liberales se dieron cuenta que el problema del patronato no tenía solución y que quizás lo que mejor convenía era un régimen de separación, en el cual la Iglesia se ocupara de sus asuntos y el Estado se ocupara de los suyos.

La Constitución liberal de 1857, por omisión, decretó de hecho la separación, pues simple y sencillamente no hizo mención de tratamientos privilegiados a la Iglesia o intolerancia hacia las otras religiones. La Guerra de Tres Años que le siguió (1857-1860) habría de radicalizar de tal manera las posiciones entre conservadores y liberales, que conduciría a la promulgación de las Leyes de Reforma. Éstas decretaron la nacionalización de los bienes eclesiásticos, la separación entre el Estado y la Iglesia, la creación del Registro y el Matrimonio Civil y la secularización de los cementerios. Estas reformas nos pueden parecer poca cosa en nuestros días, pero en su momento terminaron con el Antiguo Régimen y sentaron las bases para la construcción de un México con libertades modernas. Antes del Registro Civil, en virtud de que los registros de nacimiento eran los de bautizo, ningún mexicano podía contar con un documento que atestiguara de su nacionalidad, lo cual implicaba que todos los mexicanos tenían que ser católicos. Lo mismo sucedía con el matrimonio: en virtud de que no existía la figura jurídica del matrimonio civil, todos los mexicanos que querían casarse tenían que ser católicos; no había la posibilidad de no ser católico y pretender casarse legalmente.

Finalmente, los no católicos no tenían derecho a morir, ya que los cementerios pertenecían a las Iglesias. La secularización de los panteones resolvió el problema de aquellos comerciantes ingleses o alemanes que pertenecían a las Iglesias anglicana y luterana y a los cuales la Iglesia católica les negaba en México incluso un lugar para ser enterrados (ese es el origen de algunos cementerios nacionales en nuestro país). En suma, el conjunto de medidas impuestas por las Leyes de Reforma separaban, como se decía en aquella época, “los negocios eclesiásticos” de los “negocios del Estado”. Pero sobre todo, permitían la constitución de las instituciones esenciales para cualquier Estado laico, es decir, independiente de las instituciones eclesiásticas. A partir de ese momento, se podía ser mexicano (gracias al Registro Civil) sin tener que ser católico o de cualquier otra religión. Y se podía contraer matrimonio y ser sepultado (es decir atravesar por los ritos principales en la vida y muerte de un ser humano), simplemente por el hecho de ser ciudadano del país, sin tener que estar adscrito a una Iglesia y sin que el elemento religioso fuese el decisivo para el ejercicio de sus derechos.

En suma, la separación permitió el inicio de la formación de un Estado laico, es decir cuyas instituciones ya no dependieran de la legitimidad religiosa.

Ciertamente, la laicidad, como la democracia, con la que tiene un parentesco estrechísimo, no es un estado de cosas que tenga un horizonte limitado y alcanzable; siempre se extiende y no puede hablarse de Estados que sean absolutamente laicos, en virtud de que persisten en mayor o menor medida elementos religiosos en su interior. En el caso de México, el régimen liberal establecido en la República Restaurada, luego del triunfo contra la intervención francesa (1867) no dejó de tener elementos de legitimidad religiosa, si bien el Presidente Lerdo de Tejada incorporó las Leyes de Reforma a la Constitución en 1873. En el periodo porfiriano (1876-1910), aunque el régimen mantuvo su carácter liberal y laico, hubo un relativo retorno a formas de legitimación religiosa, ya que Porfirio Díaz buscó la reconciliación con la jerarquía católica y, en esa medida, incorporó marginalmente a la Iglesia dentro de las estructuras de poder.

El liberalismo triunfante ciertamente contribuyó a la consolidación del Estado laico, mediante la difusión de valores y libertades por encima de los cánones y doctrinas eclesiales, pero en muchos casos lo que se generó fue una sacralización del Estado liberal. De esa manera, los santos fueron sustituidos por lo héroes independentistas y liberales y los altares religiosos fueron cambiados por los altares de la Patria. La sustitución de rituales religiosos por ceremonias cívicas pone de manifiesto tanto la voluntad de cambio en el plano de los símbolos, como la dificultad para generar instituciones verdaderamente laicas, es decir desacralizadas.

La Revolución Mexicana tuvo un carácter marcadamente anticlerical. Independientemente de las razones del radicalismo revolucionario en relación con la Iglesia, lo cierto es que las medidas impuestas en la Constitución de 1917 buscaron la desaparición del poder religioso en la nueva sociedad que se pretendía construir. El no reconocimiento jurídico a las Iglesias, la prohibición para que poseyeran bienes, las limitaciones al culto externo fuera de los templos, la imposibilidad de constituir partidos políticos con referencias religiosas y las prohibiciones para que los ministros de culto participaran en actividades políticas, fueron todas medidas anticlericales (no antirreligiosas) que en última instancia conducirían a la eliminación de la Iglesia católica en la esfera socio-política. Desde esa perspectiva, aún si no era ese el objetivo, contribuyeron a la construcción y fortalecimiento del Estado laico mexicano, es decir a un sistema político que prescindió en buena medida durante el siglo XX de formas de legitimación provenientes de las instituciones religiosas. No es un azar entonces que la jerarquía de la Iglesia católica haya reaccionado con una firmeza e intransigencia inusitadas a las medidas anticlericales y que las posturas de revolucionarios radicales, así como de católicos integristas hayan desembocado en enfrentamientos políticos y armados, como la Guerra Cristera. Lo que estaba en juego era un sistema socio-político y los fundamentos de la autoridad en el nuevo Estado.

Al final, después de un acuerdo implícito (llamado modus vivendi), basado en ciertos elementos comunes (nacionalismo, búsqueda de justicia social, anti-socialismo radical), lo que prevaleció fue un Estado que preservó para sí el espacio público, sobre todo en el terreno socio-político (sindicatos, partidos, organizaciones de masas), pero permitió mayor libertad a la iglesia en el ámbito educativo, bajo formas diversas de tolerancia y disimulo.

En todo caso y pese a esporádicos momentos en los cuales se pudieron haber dado encuentros circunstanciales o búsqueda de apoyos políticos, durante las primeras siete décadas del siglo XX el Estado mexicano continuó su proceso de secularización y no requirió de apoyos provenientes de las instituciones eclesiásticas.

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