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Condenan al Ayuntamiento de Cádiz por la caída de una moto provocada por la cera de una procesión

El Ayuntamiento tendrá que indemnizar a una motorista que cayó en García de Sola tras pasar por allí los cortejos de Borriquita y Despojado. La cuantía se ha fijado en 679,38 euros, aunque la demandante reclamaba 2.024,08 euros

El Domingo de Ramos del año 2018 le va a salir al Ayuntamiento algo más caro de lo previsto. Las salidas procesionales de Borriquita y Despojado, en ambos casos desde extramuros, va a repercutir en las arcas municipales, que tendrán que abonar 679,38 euros a una motorista que resbaló por la presencia de cera en García de Sola.

Los hechos se remontan a la mañana del Lunes Santo del pasado año. En torno a las diez y media, la motorista circulaba por la calle Francisco García de Sola, en sentido salida de la ciudad, cuando el ciclomotor derrapó y se fue al suelo al frenar ante un paso de peatones. La presencia de cera en el asfalto, por donde la noche anterior transitaron los cortejos de Despojado y de Borriquita, se entiende como el causante de este accidente, por el que el Ayuntamiento acaba de ser condenado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2.

El tribunal ha entendido que la caída del ciclomotor se produjo por la presencia de la cerra derramada en la noche del Domingo de Ramos, “siendo la caída el Lunes Santo sin que se hubiese recogido la cera”. “Queda pues acreditada la evidente responsabilidad de la administración demandada en su recogida sin que se pueda exonerar la misma”, añade.

El Ayuntamiento había argumentado dos puntos a favor de su posicionamiento: en primer lugar, la existencia de unas señales verticales advirtiendo de la presencia de cera en el suelo (al inicio de la calle Acacias y en la confluencia de García Carrera con Escalzo); y en segundo, que la conductora “debió extremar la precaución y advertir la correspondiente señalización de tal manera que su falta de diligencia determina la culpa de la caída”.

No obstante, el Juzgado indica que en este tipo de accidentes los particulares “tendrán derecho a ser indemnizados por las administración públicas de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la ley”. Y en el accidente ocurrido en la mañana del Lunes Santo de 2018 ha entendido probada la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento, considerando margen suficiente desde el paso de las cofradías hasta la mañana siguiente para haber limpiado la cera.

La demandante (que ha sido defendida por el letrado gaditano Ignacio Gutiérrez-Trueba) solicitaba una indemnización de 2.024,08 euros; pero el Juzgado finalmente ha limitado la cuantía en 679,38 euros “en concepto de perjuicio moderado por los trece días acreditados por la parte recurrente” en cuanto a los daños ocasionados por aquella fatídica caída. La sentencia es firme y no cabe recurso.

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