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Condenado a un año de cárcel por grabar una misa en homenaje a los caídos franquistas con cámara oculta en el monumento que tienen en Pamplona

La titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Pamplona ha condenado a un año de prisión y una multa de 2.880 euros, por un delito de descubrimiento y revelación de secretos, al fotógrafo y documentalista Clemente Bernad, que colocó en 2016 una microcámara y un micrófono ocultos en el interior de una rejilla de ventilación de la cripta del Monumento a los Caídos de Pamplona, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Navarra. La sentencia es recurrible. Bernad aún no ha decidido si lo hará.

El documentalista, de 55 años, pretendía grabar la misa que se celebraba en la cripta en homenaje a los caídos del golpe franquista frente a las tumbas de los generales José Sanjurjo y Emilio Mola para poder incluirla en un documental que estaba preparando con su esposa, Carolina Martínez, y titulado ¿Qué hacemos con el Monumento a los Caídos?. “Estoy consternado, perplejo. No me esperaba esto en ningún momento. Yo solo estaba haciendo mi trabajo, quería documentar esa misa para incluirla en la película y por eso tengo una condena de cárcel. Siento una tristeza inmensa”, asegura Bernad en conversación con EL PAÍS. El fotógrafo y documentalista afirma que nunca antes había tenido problemas con la justicia. Martínez ha sido absuelta. En el juicio, el fiscal había solicitado una pena de dos años de prisión y una multa de 12.000 euros tanto para ella como para Bernad. La acusación particular había pedido para ambos 2 años y 6 meses de cárcel, y 10.800 euros de multa.

La cámara, colocada un viernes, así como un aparato de sonido, grabó durante 29 horas seguidas, hasta que fue detectada por uno de los miembros de la hermandad y retirada. Martínez explica que no llegó a grabar la misa, sino unos rezos. Ellos nunca recuperaron el material de vídeo.

La magistrada sostiene que la cripta donde se encontraba no es un lugar abierto al público, ya que solo están autorizados a entrar los miembros de la Hermandad de Caballeros voluntarios de la Santa Cruz y las autoridades eclesiásticas y considera, por tanto, que el condenado “atentó contra la intimidad de los miembros de la Hermandad” .

Bernad y Martínez pertenecen al colectivo cultural ‘ZER Dilemas Urbanos/Derivas ciudadanas’, que organizó en enero de 2017 unas jornadas en Pamplona bajo el título “¿Qué hacemos con el “Monumento a los Caídos”? En esas jornadas estrenaron el documental. Para entonces ya habían sido exhumados de la cripta, por orden del Ayuntamiento -propietario del monumento desde 1998- los restos de Sanjurjo y Mola. Un juez de Pamplona ordenó el pasado junio restituir los restos al monumento, pero el Tribunal Superior de Justicia de Navarra revocó el pasado enero esa sentencia y avaló la exhumación.

La magistrada sostiene en su escrito que el Arzobispado tiene derecho de usufructo a perpetuidad de la cripta, todos los elementos inmuebles que la integran, así como de las dependencias religiosas y del corredor del sótano que comunica con el templo parroquial de Cristo Rey.

Tanto Bernad como Martínez accedieron al interior del monumento el 18 de marzo de 2016 tras haber cumplimentado la solicitud en el Ayuntamiento para realizar el documental. La sentencia establece que el documentalista “con ánimo de atentar contra la intimidad de los miembros de la Hermandad de Caballeros voluntarios de la Santa Cruz y con ánimo de comprobar el tipo de actos de culto que por parte de los mismos se realizan en la cripta y poder asimismo obtener evidencias videográficas de lo que en la cripta se hace y practica”, colocó una microcámara de vigilancia, un grabador de vídeo y un micrófono de grabación y grabadora digital en el interior de la rejilla de ventilación, en el interior de la cripta, a la derecha del altar. Y resalta que ni siquiera la sospecha de que en su interior pudieran cometerse actos ilícitos autorizaría a Bernad, en el ejercicio de su derecho de expresión e información, a colocar un micrófono y una cámara para grabar e interceptar conversaciones entre terceros.  “Ese derecho de libertad de expresión y de libertad de información no es un derecho absoluto y tiene su límite en el derecho de los otros”, afirma.

Preguntado por si se arrepiente de haber colocado la cámara, Bernad lo tiene claro: “No”. Sí lamenta que este tipo de sentencias puedan condicionar a otros sobre qué documentales pueden hacer y cuáles no. “Creo que esa historia, la vigencia de ese monumento franquista, merecía ser contada”, zanja el documentalista.

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