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Compromís recurre el decreto que da puntos al feto para una plaza escolar

El TSJ abre procedimiento de derechos fundamentales previo a la demanda

Sigue abierto el frente jurídico sobre la contabilización del embrión humano como un niño más a efectos de considerar familia numerosa y, por tanto, tener más puntos para acceder a un puesto escolar en la red sostenida con fondos públicos. La última iniciativa es el recurso planteado por Mònica Oltra, Mireia Mollà y Enric Morera, dirigentes del grupo político Compromís contra el Decreto 42/2013, de 22 de marzo, del Consell Valencià, por el que se regula el acceso a los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de régimen general.

La condición de madre gestante para conformar una familia numerosa, en cualquiera de sus categorías, es uno de los criterios válidos según el decreto a la hora de decidir la concesión de una plaza escolar si hay empate. Este es el objeto del recurso sobre el que ayer publicaba el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (DOCV) una resolución de Educación en la que acordaba remitir el correspondiente expediente a la Sala de lo Contencioso-administrativo y emplazaba “a los interesados en el procedimiento sobre derechos fundamentales”.

Compromís utilizó esta vía para recurrir con el propósito de que se tramitara rápidamente, dadas las previsiones del calendario de escolarización. Sin embargo, el proceso está ya muy avanzado, ya que el día 26 de junio se publicarán las listas provisionales del alumnado admitido en todos los centros.

El criterio de computar a las madres gestantes como un niño más fue declarado nulo en una sentencia del juzgado de lo Contencioso número 10 en respuesta al recurso de la Abogacía del Estado contra una resolución territorial de 2011. En ese momento no había decreto que diera cobertura a esa medida. En defensa del embrión computable, tanto la consejera de Educación, María José Català como el Consell Jurídic Consultiu se han escudado en la Ley autonómica de Protección de la Maternidad de 2009 que promovieron Cotino y Camps, y que “no fue objeto de impugnación” ante el Constitucional, por lo que el artículo de esta ley que ampara el criterio de madre gestante, argumentan, sigue vigente. Sobre esta base recurrió la Generalitat.

“Ese precepto debería ser impugnado por la Abogacía del Estado porque entra en conflicto con la legislación estatal”, arguyen desde Compromís. “Nosotros no podemos hacerlo, por eso recurrimos el decreto que vulnera el derecho de igualdad en el acceso a la educación pública”. Al tramitarse por derechos fundamentales, agregan, la carga de la prueba recae sobre la Administración.

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