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¿Cómo afectará a los católicos la primera ley de centros de culto de Europa?

E-Cristians advierte que su desarrollo podría limitar la libertad religiosa

La asociación E-Cristians ha cuestionado la utilidad de la ley de centros de culto o de reunión con fines religiosos aprobada este miércoles en el Parlamento de Cataluña (España). 

Su presidente, Josep Miró i Ardèvol, declaró a ZENIT que ya existe legislación horizontal de la Generalitat y municipal que regula las cuestiones, de éstos y otros centros, relacionadas con la seguridad, la higiene, las condiciones ambientales, los aparcamientos y la necesidad de no causar molestias a terceros. 

La nueva ley se desarrollará a través de un reglamento que regulará las condiciones técnicas y materiales que deben cumplir los centros de culto en Cataluña. 

En opinión de Miró, "es una ley muy indeterminada que todo lo remite al reglamento y podría acabar facilitando, a través de la vía administrativa, la limitación de derechos fundamentales como el del libre ejercicio de la práctica religiosa". 

El abogado Manuel Silva confirmó a ZENIT que existe el riesgo de que el reglamento que desarrolle esta ley establezca "medidas exorbitantes". 

Y señaló que "el establecimiento de centros de culto y de reunión con fines religiosos forma parte de la libertad religiosa, que no se puede someter a una licencia". 

El texto establece que los centros de culto que superen el aforo establecido en el reglamento deberán obtener una licencia para su apertura, y que los ya existentes deberán comunicar que cumplen las condiciones de salubridad y seguridad establecidas en el reglamento. 

De esta manera, se ha limitado el carácter retroactivo de la ley, ya que inicialmente el gobierno tripartito de Cataluña pretendía, por ejemplo, que todas las antiguas iglesias cumplieran los requisitos actuales. 

El relator de los trabajos de la comisión y de la ponencia para aprobar la ley, Miquel Àngel Estradé, indicó  que la ley indica a las confesiones religiosas "que la actividad religiosa, a pesar de que la libertad de culto es un derecho fundamental, está sometida a licencia y a reglamento, y que los templos deben tener unas condiciones determinadas y están sometidos a regulación". 

Silva cuestionó: ¿Se puede limitar un derecho fundamental a través de una ley que no es Orgánica?, ¿se puede remitir el desarrollo del derecho a la libertad religiosa a una regulación por reglamento? 

Entre las carencias de la ley sobre centros de culto, Silva destacó la "falta de reconocimiento de la realidad sociológica y de que existe una confesión practicada por una gran mayoría, así como el propio arraigo histórico de las confesiones religiosas". 

"La ley habla de igualitarismo, de no discriminación, pero hay un exceso de uniformidad; si todas están en una situación idéntica, no se reconoce que hay una [la católica] profesada por millones de personas y con arraigo histórico", dijo. 

"Hay que acudir al artículo 16 de la Constitución, que dice que se tendrán en cuenta las convicciones religiosas", recomendó. 

En este sentido, la responsable de asuntos religiosos de la federación Convergència i Unió, Glòria Renom, explicó que el tripartito de izquierdas que gobierna en Cataluña ha rechazado tajantemente su propuesta de "reconocer en la ley el  humanismo cristiano como parte de los fundamentos de nuestra cultura". 

Por su parte, uno de los impulsores de la ley, el vicepresidente de la Generalitat, Josep Lluís Carod Rovira, destacó el carácter pionero de esta ley, que no existe en ningún lugar de Europa. 

En opinión de Miró, "es lógico que en Europa no haya leyes de este tipo porque Europa no acostumbra a hacer leyes inútiles". 

Por otra parte, la "carga potencial de conflicto con la comunidad musulmana" que, en su opinión, contiene le ley, "seguramente es otra razón por la que en Europa no abundan". 

"Hacer leyes que no tengan paralelo en el mundo civilizado no acostumbra a ser nunca una buena referencia", añadió.

Una ley muy diferente a su proyecto inicial

El texto aprobado este miércoles dista mucho del proyecto inicial propuesto por el gobierno tripartito de Cataluña, tras un proceso parlamentario de un año y medio. 

Para Renom, la ley, tal y como se ha aprobado, "no será nociva", aunque "no está hecha partiendo de la realidad de nuestro país". 

En opinión de Renom, ha disminuido su carga ideológica, la licencia para los centros de culto ha quedado bastante diluida y se ha limitado el carácter retroactivo de la ley. 

Sobre la carga ideológica, el texto ha cambiado notablemente respecto al inicial: la palabra "laicismo" ha desaparecido del preámbulo de la ley y en cambio se ha introducido una explicación sobre el sentido de la laicidad.  

Además, se ha suprimido también un párrafo que determinaba la existencia de trece grandes religiones en Cataluña. 

El proceso parlamentario también ha permitido que las capillas de hospitales y colegios no queden finalmente afectadas por esta norma. 

Por último, los ayuntamientos no estarán obligados a reservar espacio para centros de culto, como el proyecto preveía, sino que deberán hacerlo según la disponibilidad municipal.  

En un año y medio, está prevista la aprobación del reglamento y la entrada en vigor de la primera ley sobre de centros de culto de Europa. 

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