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Comentarios y sugerencias al documento del PSOE sobre laicidad del Estado y relaciones con las confesiones

Reflexiones previas.

Aunque lo que nos proponemos es valorar un texto, éste no es el principio de nada, sino la continuidad de un discurso que pretende enmendarse ¿hasta qué punto? Sin ser malpensados entendemos conveniente valorar aspectos como: el cumplimiento en el gobierno ,la seriedad con que se han utilizado en la oposición las cuestiones que se tocan, la credibilidad del equipo redactor de la promesa y la orientación de verdadera renovación que imbuye a la facción aparentemente hoy hegemónica en el PSOE. Estos aspectos atenuarán la ingenuidad, si alguna queda, tras la desafección de cierta casta política, al leer lo que se ha redactado. A ello convendría añadir un contraste con la tradición del partido en el asunto. También sería acertado definir si la convivencia y la integración tiene lugar desde la libertad personal , esto es desde la interculturalidad, o dando prioridad a la supuesta equiparación de los reconocidos grupos religiosos-culturales, en el multiculturalismo o multiconfesionalismo

Cumplimiento anterior. Como se explica en el 1603, no se promulgó la Ley de Libertad de Conciencia, mandato del 37º Congreso del PSOE. ¿Cuanto se avanzó hacia la autofinanciación de las confesiones religiosas? ¿Cual ha sido la tendencia de concesiones a la I.C? ¿Cómo se han manejado las relaciones con el Vaticano ante las incriminaciones de este estado sobre laicismo radical o beatificación de sus víctimas y respeto a la memoria? ¿Sirvió de algo las crecientes concesiones al confesionalismo como en las llamadas JMJ?

Seriedad en la oposición. Cuando el gobierno del PP, haciendo uso o abuso de su mayoría absoluta, cambia aspectos, al parecer sujetos al Pacto Constitucional no divulgado, se amenaza con rechazar el concordato con el Vaticano. Luego, como se ve en el presente texto, aquello sólo era un brindis al sol. Algo parecido con los excesos en la escuela concertada, contra las que despotrican pero no hacen autocrítica de las concesiones que las anunciaron en su LOE. Lo más que se llega es a la pólvora mojada de los señores Maraval y González sobre el error que ambos propiciaron subvencionando a los colegios religiosos.

Credibilidad del equipo promotor del debate. El señor Jáuregui no se ha andado con sutilezas a la hora de mostrar su aliento clerical (“Llevo 20 en el partido pidiendo más colaboración con la I.C”.). Tampoco anduvo por las ramas marcando los límites a la reforma que el actual desprestigio de la política exige. “Eso es cosa de partidos estables y no de advenedizos sin experiencia”. Ello coincide mucho con oculto pacto constitucional y el fortalecimiento de grupos religiosos (cristianos por el socialismo,..) en detrimento de quienes prefieren la tradición laicista. Esa parece ser de momento la posición hegemónica.

Anticlericalismo trasnochado. Así se despacha una historia que no se quiere leer y que como consecuencia no deja de repetirse. La santa cruzada nos la repiten desde Roma y desde los poderes económicos descaradamente aliados con las cúpulas clericales. Ustedes han aguado la laicidad y abrieron la puerta al descarnado anticlericalismo. ¿Cómo no oponerse al clero harto de dádivas en el marasmo de la crisis? ¿Como quiere que se sientan las mujeres (tengan que abortar o no) o las personas homosexuales? Hablan ustedes de la realidad como de una foto fija para conservarla. Citan la secularización pero no reflexionan sobre ella. Ni miran sus tendencias, ni reparan en las coacciones de los resortes tradicionales

Apenas abordan la cuestión con propuestas marginales como las inmatriculaciones o algunos protocolos que, vistos los precedentes y ausencias, ya veremos en qué quedan. ¿Dónde dejan algún poso de la ILE o de la pasión republicana por la educación racional? 2

Pasemos a las sugerencias en cada uno de los 12 apartados con redacción y razones.

(Sobre el texto base se señalan supresiones con (….) y con cursiva modificaciones y/o añadidos)

1597 LAICIDAD PARA LA AUTÉNTICA IGUALDAD.

La laicidad del Estado, objeto esencial de la política socialista, reclama la definición del papel ( 1……) de la neutralidad del Estado y la defensa de la libertad de conciencia y de la religión en la sociedad. La creciente secularización del pensamiento,la nueva diversidad cultural y religiosa y la tendencia a la normalización vivencial democrática de la cuestión religiosa reclaman un nuevo paradigma de interpretación. (……). Éste impedirá los, hasta ahora recurrentes, rebrotes de dogmatismo y conflictividad. La confrontación clericales-anticlericales (…) se mantienen con las descalificaciones eclesiales de las decisiones civiles. Es el momento de consolidar la neutralidad del Estado. Perseguimos la igualdad y la convivencia en libertad: “Convicciones diversas. Ciudadanos iguales. Frente a los que responden a los nuevos desafíos con menos democracia o menos derechos creemos que la mejor alternativa es más y mejor ciudadanía, más y mejor democracia y más auténtica laicidad. Una ciudadanía con igualdad de derechos, sin lugar para la discriminación por razón de convicciones o creencia, una democracia inclusiva de la diversidad de identidades, generadora de valores compartidos y cohesión social; una laicidad auténtica como garantía de convivencia en igualdad y en libertad.

 

Razonamientos.

1 Se cambian las primeras líneas para realzar la neutralidad del Estado como garantía de libertad para todxs.

    1. Los añadidos/modificaciones/supresión en las líneas 3,4,5,6,7, tratan de reafirmar que se mantienen rebrotes clericales que el Estado ha de neutralizar desde la bondad de la ideas para tod@s

    2. La tercera enmienda trata de rectificar calificativos. La función de la laicidad es la de “separar” o distinguir claramente (lo público de lo privado), mientras que la que ha de “incluir” es la función de la democracia propiciando ambientes que no estigmaticen a nadie (mayoría o minoría).

 

1598. LA RELIGIÓN, ASUNTO PRIVADO SUJETO A REGULACIÓN PÚBLICA.

Para los socialistas, y para cualquier demócrata, las decisiones de conciencia son asunto de libertad individual. Pero el hecho religioso es un asunto privado que puede tener repercusiones públicas, si se confunden los ámbitos o dimensiones sociales para deslegitimar las decisiones adoptadas por el conjunto de la ciudadanía en el legítimo ejercicio democrático. Es una responsabilidad inevitable y compartida entre gobierno y oposición cuando un sistema democrático ha alcanzado la madurez para garantizar la soberanía popular a tod@s y cad@ un@ de sus ciudad@nos. Exige análisis histórico y comparado para consolidar la citada madurez coherente con esa soberanía.

Razonamientos.

      1. En el mismo título se avanza una enmienda de fondo: La religión sigue siendo una cuestión privada y no una puerta por la que grupos privados puedan torcer la soberanía nacional y el sistema de libertades.

      2. En las líneas 3 a 6 se defiende una profundización democrática frente a chantajes fascistas.

      3. En las dos últimas se pide rigor en el análisis y no argumentar el mantenimiento del tratado

        político” que es el mantenimiento del Concordato con un estado que no reconoce los DDHH.

 

1599. Los socialistas contamos con el apoyo de múltiples ciudadanos religiosos y no religiosos, como atestiguan (1..) las encuestas: 53,3% católico no practicante, 20,65% católico practicante,15,65% no creyente, 8,35% indiferente, 1,4% otras religiones. (CIS 2.752. 2.008). Es cierto también que hay una secularización creciente y que el soporte de 3 estas cifras (mayoría no practicante) parece deberse más a la inercia de la tradición que al convencimiento personal. Para la mayoría de los ciudadanos, las convicciones sean éticas, filosóficas ¿o religiosas? constituyen motivo de apoyo a nuestras propuestas políticas, también de exigencia de rendición de cuentas. Véase el efecto de los incumplimientos del último gobierno socialista en el campo de la laicidad y privilegios a I.C. Los actores religiosos tienen una relevancia excesiva y en varios aspectos también perjudicial. Por un lado, una ¿minoría integrista? encastillada en la cúpula episcopal articula la influencia total hacia lo más rancio y franquista de la derecha. Por otro lado, la colaboración o concierto con instituciones religiosas para la prestación como públicos servicios de educación, sanidad o asistenciales se han visto distorsionados por prejuicios ideológicos (idearios dogmáticos con cultos generalizados, segregación de alumnado por sexo, falta de respeto a la voluntad de enfermo,..) o bastante mayor ánimo de lucro del acordado. Esa situación perjudica al estado del bienestar y han llevado a la autocrítica a socialistas (Maraval y González) que la propiciaron. Por todo ello en cuanto a la legitimación religiosa para nuevos extremismos o para la pervivencia del dominio del hombre sobre la mujer, han de rectificarse los errores detectados se garanticen plenamente desde los poderes públicos los valores constitucionales y de los DDHH. Todos los grupos religiosos o no, cuentan con el PSOE en su labor democrática, para profundizar la neutralidad del estado. Es la sociedad en su conjunto, y no con la constitución de facciones dentro de lospartidos, la que ha de luchar contra la misoginia, la homofobía, el dogmatismo religioso u otro, el racismo, la xenofobia y toda clase de exclusión.

Razonamientos

1.- La encuestas no (repiten) los datos como se dicen, sino que marcan una tendencia a la baja como

se explica más abajo. Hay una interpretación tendenciosa: la influencia religiosa (decreciente en su totalidad)

es importante por su vinculación a grupos minoritarios y poderosos con los que no se quiere enfrentamientos.

Se huye del análisis ideológico que ha llevado a esta crisis de sistema.

2.- La intención de mantener una sospechosa colaboración con la I.C. lleva a cerrar los ojos a problemas como la privatización ideológica y económica en educación, sanidad y asistencial .

3.- El reconocimiento del extremismo religioso en la ponencia se trata de solucionar con más apoyo a la religión. “¿Se podrán desde Católicos por el Socialismo cambiar los postulados misóginos de Saulo?

 

1.600. LAICIDAD CONSTITUCIONAL

Después de más de 30 años reconocemos la validez relativa y revisable del tratamiento que la Constitución hace de la cuestión religiosa. En primer lugar, la garantía del derecho de libertad religiosa y de cultos en el marco de la libertad ideológica y de conciencia (CE:16-1 y2), de la igualdad de los ciudadanos ante la ley (CE.14) y el conjunto de los derechos fundamentales precisan revisión por su aplicación insuficiente. En segundo lugar, una laicidad constitucional que separa Estado y religión afirmando tanto la neutralidad del Estado como la cooperación con las confesiones (CE. 16.3) se viene dando con creciente y cuestionable confusión entre funciones públicas y religiosas. La laicidad constitucional (…) y su mejor aplicación es uno de los aspectos a tener también en cuenta a la hora para cerrar vieja “cuestión religiosa” (..) y para responder a los cambios sociales y culturales, que en parte ponen en cuestión el actual sistema democrático. Todo ello se manifiesta en cuestiones de inaplazable revisión como: la asimetría de la arquitectura jurídica del derecho a la libertad religiosa, el tratado de favor a la I.C. con discriminación y estigmatización para las minorías (creyentes o no), y la pervivencia de cierta confesionalidad del Estado en actos, símbolos y espacios públicos.

Razonamientos.

1.- En la primera línea se anuncia la necesidad de revisión que luego la misma ponencia acepta.

2.- No hay coherencia al hablar de :“la vieja cuestión religiosa”, del pacto constitucional y sus 4 indudables limitaciones de aplicación, o de la necesidad de hacer frente a una nueva realidad en la que no debía mantenerse el miedo que obligó a limitaciones. Todo ello es lo que pretenden reflejar estos cambios.

 

1601 NEUTRALIDAD DEL ESTADO

El Estado es de todos y para todos. En materia de creencias y convicciones el Estado, de acuerdo con el 16,3 CE. actuará con un principio de neutralidad y no confusión. Lamentablemente en actos, símbolos, espacios y servicios públicos perviven restos de confesionalidad que deben ser revisados con un criterio de laicidad (…) ofrecido a los ciudadanos: 1) por lo que se refiere a la toma de posesión-promesa del cargo se hará únicamente ante un ejemplar de la Constitución; 2) a las autoridades del Estado no le corresponden funciones religiosas : en aplicación de lo cual el Gobierno renunciará a intervenir en el nombramiento, sino propiciar la eliminación , del Arzobispo castrense y capellanes dependientes de éste como elementos impropios del ejército de un Estado aconfesional 3) a las autoridades religiosas tampoco corresponden funciones públicas ;de acuerdo con ello toda inmatriculación de bienes por la I.C.deberá comprobarse y autorizarse por fedatario público modificándose los arts. 2 y 206 de la Ley Hipotecaria: 4) se desarrollará un protocolo para la organización de actos del Estado “in memoriam” con ocasión de catástrofes de gran conmoción social, fallecimiento de personalidades preeminentes de la vida pública , fallecidos en confrontación bélica,o víctimas de acciones terroristas,… presididos por autoridades públicas; sin perjuicio de otra ceremonia con presencia religiosa acorde con la voluntad expresa y conciencia de la persona finada, su familia y la comunidad en que se incardina, 5) La representación democrática de la ciudadanía no debe implicarse, como tal, en la presidencia o realce de eventos confesionales y procurar, por contra, que tales actos no devengan en molestias y gastos excesivos para el común, 6) se conservarán aquellos símbolos religiosos institucionales de los edificios públicos cuando (…) prevalezca por tradición en el símbolo una significación histórico-cultural aceptada sin reparos por el conjunto de los ciudadanos, o cuando forme parte de los elementos estructurales de la edificación. Los demás, previa catalogación y dictamen, se retirarán.

 

Razonamientos.

1.- Empieza la ponencia de modo descriptivo antes de reconocer los excesos confesionales.

2.- Aceptable lo de las inmatriculaciones, cobarde e incoherente en lo de militares castrenses.

3.- En los funerales se avanza tímidamente. ¿se podía mantener el funeral católico de Motril para unas decenas de finados islámicos?

4.- Hemos tenido que añadir una medida nueva la 5, para abordar las autoridades en eventos religiosos. ¿Seguirá el Jefe del Estado, o en quien delegue; abrazando a Santiago Matamoros. ¿Seguirá la proliferación creciente de procesiones y/o romerías que en su celebración o preparación significan molestias y gastos considerables para el común de la ciudadanía?

5.- En la conservación de los símbolos se añade como atenuante que se hallen localizados en lugares de culto en edificios públicos. ¡Así que a mantener el culto desde los público! ¡Laicidad de la buena!

 

1602. GESTIÓN PÚBLICA DE LA DIVERSIDAD RELIGIOSA.

¿Es una prioridad el impulso de las políticas de reconocimiento minorías religiosas?

¿O tratamos de mantener los privilegios de la IC sin que se note mucho? La gestión pública de la diversidad de conciencia y/o religión por parte de ayuntamientos y comunidades autónomas es un poderoso instrumento para garantizar en condiciones de igualdad el ejercicio de la libertad de consciencia y religiosa. Lugares de culto, (..)cementerios,(…)religión en escuelas, hospitales, geriátricos,…y el planeamiento urbanístico ha de abordarse sin discriminación ni exclusión social. Sin embargo parece confundirse la laicidad de los poderes públicos y la lucha contra los privilegios y5 discriminaciones previos con la gestión y financiación de necesidades de colectivos privados (las distintas confesiones religiosas). Es una exigencia constitucional la adopción de políticas transitorias dirigidas al ajuste y compensación de la actual discriminación en el uso de lugares de reunión entre los distintos grupos de conciencia o religiosos. Sin estos lugares de culto o reunión no existe un ejercicio efectivo del derecho de libertad de conciencia. Para evitar la arbitrariedad y la discrecionalidad de la autoridades públicas, por temor a reacciones populistas de inspiración xenófoba, impulsaremos la adopción de medidas con carácter general, especialmente en el marco de la legislación de libertad de conciencia y urbanística, conducentes al establecimiento y apertura de lugares de culto. A ese respecto propondremos la extensión de la comunicación previa y la declaración responsable establecidas actualmente para las actividades de servicio de la Directiva 2006/123/CE. También se considerarán otros aspectos como :1) la autofinanciación efectiva de cada confesión ya propuesta, 2) el uso múltiple y compartido de todos los edificios costeados con fondos públicos (templos para conciertos de música clásíca o encuentros políticos y jurídicos como en el pasado) 3) la consideración de que la eliminación de las discriminaciones o exclusiones de grupo o credo buscan la verdadera integración de la persona en entornos abiertos, interculturales y sin sectarismos.

 

Razonamientos

1.- Los privilegios de la IC se pueden utilizar para deteriorar el concepto de laicidad. Tener en el ámbito público cuatro o cinco religiones reconocidas y financiadas no hace una sociedad más laica, ni más democrática. Como se comenta, hay brotes xenófobos de matiz racista o religioso en ciudades y en el ambiente global.

2.- Está bien que se eliminen las flagrantes diferencias entre el credo católico y el resto. Sin embargo eso no nos puede librar de la instrumentalización clientelar de la religión como motivo de enfrentamiento.

3 La gestión de la ciudadanía y la educación es una prioridad para los poderes democráticos. Las nuevas generaciones deben acceder a ambientes compuestos por diferentes con la misma dignidad. La educación y la ciudadanía es una construcción social y no una mercancía. Ante eso ha de priorizarse la persona con sus peculiaridades y valores como titular de su propia conciencia.

 

1603. LEY DE LIBERTAD DE CONCIENCIA Y RELIGIOSA.

La iniciativa de impulsar una nueva ley de libertad religiosa fue resolución del 37º Congreso del PSOE en 2008 siendo poco después adoptada como programa de de gobierno. Es un compromiso que no pudimos cumplir, pero es un compromiso para cumplir. Antes de seguir adelante hemos de explicarnos por qué no lo cumplimos y qué nuevos elementos ponemos en juego para la próxima vez cumplirlas. No podemos seguir dando vuelta al concepto de asimetría religiosa. Es una Ley necesaria que debe servir para (…) reordenar el conjunto del sistema que garantiza y regula el derecho a la libertad de de conciencia, de religión y de culto. (…..) La nueva ley deberá partir de los principios constitucionales, modificándolos en lo que sea necesario, para remover el resistente confesionalismo residual , y poder emanar unos principios claros aplicables por todas las Administraciones públicas y poderes del Estado.

Razonamientos.

1.- No abordar los elementos que impidieron el cumplimiento de la promesa anterior, y no asumir con sinceridad el proceso de rectificación aumentará el desencuentro con la ciudadanía que quiere ejercer como tal.

2.- Los obstáculos para la renovación del pacto constitucional no se pueden esconder. Se corre el peligro de no poder mantener el bipartidismo y los comprgbomisos con la corona, cada día más impopular y poderes internacionales.

 

1604 LIBERTAD RELIGIOSA Y FIN DE ACUERDOS ESTADO-SANTA SEDE.

(…) 6

Consideramos que el Estado democrático tiene instrumentos sobrados para garantizar

los derechos y el ejercicio de la libertad de conciencia y religión en condiciones de igualdad , sin necesidad de pactos.(…) Aquellos aspectos que hayan de regular el funcionamiento instrumental del Estado con las confesiones religiosas, o de otro tipo, serán determinados en esta norma o en la que la desarrolle.8.) En todo caso se atendrán a la neutralidad del Estado y al respeto que merecen todas la entidades que dicen y demuestran ofrecer un servicio a la sociedad.

Razonamientos.

Como en el epígrafe anterior, no vale decir una cosa y la contraria al mismo tiempo. Si el Estado tiene instrumentos suficientes para garantizar los derechos de su ciudadanía, adelante. Insistir en la cuestión es intentar engañar a la lógica. Otra cosa es que se explique la dependencia que se tenga con la Santa Sede y el conglomerado internacional que condiciona la autonomía de estados medianos como el nuestro.

 

1605 COLABORACIÓN DEL ESTADO EN LA AUTOFINANCIACIÓN DE LOS

GRUPOS RELIGIOSOS.

¿Optamos en materia de ayuda a la autofinanciación de la actividad religiosa , por fórmulas de colaboración del Estado basadas en la autofinanciación y consiguiente en la contribución activa y voluntaria de los ciudadanos religioso? ¿O propiciamos la laicidad real tratando a cada confesión religiosa como un grupo social con sus derechos y las obligaciones que contraiga? El sistema de asignación tributaria que únicamente se aplica a la I. C, discriminando a las otras confesiones, sólo se puede aceptar transitoriamente. (…)

El posible incentivo fiscal a las donaciones resultaría aplicable , en aras de la igualdad religiosa, a todas las confesiones religiosas inscritas en el oportuno registro de entidades religiosas. Para ello se podría abrir un proceso de evaluación y estudio del actual modelo de colaboración del Estado en la financiación directa e indirecta de las confesiones. ¿No es eso una manera de establecer el cepillo en manos del Estado para todas las religiones?

Razonamientos:

Como en el caso de los lugares de culto para todas las confesiones, con la justificación de la no discriminación de origen, se viene a propiciar un multiclericalismo que se casa mal con el supuesto afán de un Estado aconfesional.

 

1606 ENSEÑANZA CULTURAL DE LA RELIGIÓN.

La reforma de la derecha popular a instancias de la Conferencia Espiscopal propone una alternativa y su carácter evaluable. Los socialistas nos vamos a aceptar una alternativa impuesta por una religión confesional proceda o no de un acuerdo internacional.(…..) Entendemos que la religión tiene un lugar en la formación de la personalidad integral de acuerdo con el artículo 27,2 de la Constitución, pero de forma curricular, sólo tiene cabida en la escuela pública a modo de enseñanza cultural de la religión. Por ello, propondremos que de los centros financiados con fondos públicos ha de salir su actual versión adoctrinadora de uno u otros credos. La actual situación genera múltiples conflictos : la confusión científica del mundo por parte del alumnado sujeta a los dogmas de uno u otro credo, genera separaciones que distorsiona la convivencia natural del grupo, dificulta la organización de los centros.

Razonamientos:

Lamentablemente un asunto tan importante se ha despachado sin entrar en toda la problemática e influencia familiar, social y económica. Podemos estar de acuerdo con la ponencia si se explicitaran tantos aspectos importantes, intereses contrapuestos como hemos tratado de completar en las últimas líneas. Siendo así, no merecía la pena hablar sobre la ponderación para la obtención de becas que si se aborda.

1607 Por otra parte, la formación en contenidos y valores de la ciudadanía, no debe7. plantearse de forma segmentada como propone la ley Wert, para los no creyentes, sino que debe ser común para todos los alumnos. El Estado democrático y social de derecho requiere condiciones pre-políticas : no es posible la democracia sin ciudadanía. Para los socialistas, el Estado tiene el deber y el derecho, irrenunciables, de educar en la ciudadanía, en los valores constitucionales de forma universal , a todos los alumnos. En consecuencia, además de oponerse a la devaluación de esta tarea propiciada por la citada LOMCE, debe revisar de manera muy crítica la vigente LOE. En dicha ley el Estado delegaba su obligación de una educación democrática e integral en centros concertados. Éstos, en su gran mayoría , en función de su tolerado ideario, han podido contravenir los valores constitucionales y dar entrada a segregaciones por razón de sexo, rendimiento u otros, al tiempo que ser campo para el dogmatismo y la superstición.

Razonamientos:

Como en el epígrafe anterior, al que complementa, mosquea que se pongan al final y sin entrar en detalles de gran calado. Aquí nuevamente podríamos precisar una reflexión sobre el artículo 27 y la libertad de educación en la Constitución. ¿Es un servicio público y educación como construcción social lo que se ofrece en muchos centros financiados con fondos públicos? Para compensar todas esas carencias y el corolario de los aceptables postulados que se enuncian, hemos añadido mayor cantidad de propuestas.

 

1608 DIRECCIÓN COHERENTE Y ÚNICA DE LA POLÍTICA RELIGIOSA.

La multiplicidad de áreas de gobierno concernidas por las relaciones con las confesiones religiosas lleva al desorden y la fragmentación. Estos males se producen por la “dichosa” asimetría en el trato con una y otras confesiones, además de por la ambigüedad

en la Constitución y normas que la desarrollan o la permisividad en ciertos aparatos del Estado con resabios confesionales. Es preciso establecer una interlocución única del Gobierno que, superando los privilegios , atienda a todas las confesiones y una unidad de gestión que dote de coherencia a toda la burocracia. Podría darse en el marco de una Secretaría de Estado o General de Participación ciudadana radicada en el Ministerio de Presidencia. En todo caso, si no hay una clarificación en el debate y en la norma que tape las ambigüedades y los residuos antidemocráticos, poco se puede esperar de lo demás.

Razonamientos:

Asimetría, o lo que es los mismo la inercia en el trato privilegiado a la I:C. condiciona todo el asunto: la falta de claridad en la Constitución, los favoritismo, privilegios o directamente prevaricaciones, actúan a la contra de la laicidad del Estado y de la igualdad de conciencia del conjunto de la ciudadanía. Además de con leyes la democracia se construye con valores y coraje cívico de gobernantes administrdores y ciudadanía.

 

1609

Otras figuras institucionales pueden ser la creación de una institución o figura vinculada a la soberanía popular, con dependencia del poder legislativo y, por tanto independiente , para el cuidado, vigilancia , propuesta y evaluación del sistema español de laicidad. Habrá que buscar esa figura cuando se haya superado la actual omnipresencia de la Iglesia Católica en todos los intersticios del Estado.

Razonamientos:

Hemos llegado hasta el final presuponiendo buena voluntad en parte de las personas que intervengan en el debate. Sin embargo no hemos olvidado ni por un momento los condicionantes del pacto constitucional no expreso. Superar las plasmación legal que elimine los privilegios de la IC cuesta más, mucho más, que reformar la Constitución para obligarnos a toda la ciudadanía a comprometerse a pagar la deuda que ha ocasionado una parte. Por eso, este debate requiere mucho más que los deseos de un partido centenario que intenta sobrevivir sin apostar seriamente por la democracia.

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