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CEDH expedienta al municipio de Puruándiro por violación de la laicidad en México al incluir actos religiosos en fiestas

La Comisión Estatal de los Derechos Humanos vez emitió una medida cautelar para que la autoridad municipal se abstenga de realizar prácticas que atenten contra la laicidad del Estado Mexicano

La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) abrió queja de oficio por presuntas violaciones al régimen democrático y la libertad de creencias en el municipio de Puruándiro. A la vez emitió una medida cautelar para que la autoridad municipal se abstenga de realizar prácticas que atenten contra la laicidad del Estado Mexicano.

El Ombudsman michoacano, Víctor Manuel Serrato Lozano, instruyó a la Visitaduría Regional de Morelia para que de inmediato se abriera el expediente de queja por los hechos en los que se da cuenta que el Ayuntamiento de Puruándiro incurre en prácticas discriminatorias por cuestiones de carácter religioso.

Lo anterior derivado de la información publicada en un portal de internet en donde se informa que en ese municipio, en el programa oficial por los festejos de Día de Reyes se incluyen actividades religiosas, lo que vulnera el carácter laico del Estado Mexicano, según la Constitución Política.

Además de que dicha acción es discriminatoria para las persona que habitan esa demarcación y profesan otra religión.

Por estos hechos se emitió la medida cautelar dirigida a la autoridad municipal con fundamento en el artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, que en su primer párrafo establece que toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión; y de tener o adoptar la de su agrado.

La CEDH solicita al Ayuntamiento de Puruándiro, evitar prácticas que atenten contra la laicidad del Estado Mexicano, a fin de salvaguardar los derechos humanos que corresponden a todos los ciudadanos mexicanos, de acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales en materia de derecho.

Se fundamentó en el artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su primer párrafo establece que toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión; y de tener o adoptar la de su agrado. Según se indicó, el presidente de la comisión, Víctor Manuel Serrato Lozano, indicó que uno de sus objetivos del presente año es signar convenios con los ayuntamientos e implementar cursos de capacitación a fin de evitar acciones como la que se señaló líneas arriba, entre otras violaciones a los derechos y libertades de los ciudadanos.

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