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Carta abierta de Europa Laica al Consejero de Educación ante los crucifijos en colegios públicos de Valladolid

CARTA ABIERTA AL CONSEJERO DE EDUCACIÓN Y CULTURA DE CASTILLA Y LEÓN, CON MOTIVO DE LOS ICONOS Y SÍMBOLOS RELIGIOSOS EN LAS AULAS Y OTROS ESPACIOS COMUNES DEL COLEGIO PÚBLICO “MACÍAS PICAVEA” DE VALLADOLID.

Señor Consejero de Educación y Cultura:

La Asociación “Europa Laica”, entidad de ámbito estatal inscrita en el correspondiente registro del Ministerio de Interior, ha recibido la queja de padres y madres de alumnos del citado colegio, relativa a la petición expresa realizada en su día para que fueran retirados los iconos y los símbolos religiosos de las aulas y otros espacios educativos comunes en el colegio público “Macías Picavea” de Valladolid.

Dicha petición está fundamentada en la jurisprudencia generada hasta ahora, en casos similares, por el Tribunal Constitucional, recogida en la Resolución dictada por el Procurador del Común de Castilla y León el 14 de junio de 2002, que concluye:

Que conforme a los argumentos expuestos a lo largo de la presente Resolución, y con el fin de garantizar el principio de aconfesionalidad del Estado y la protección de las minorías en el ejercicio del derecho fundamental a la libertad religiosa reconocido en el artículo 16 de la Constitución de 1978, y desarrollado por la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa, se adopten por esa Consejería de Educación y Cultura cuantas actuaciones sean precisas, con el fin de retirar los símbolos religiosos existentes en las aulas de los Centros públicos docentes, siempre que medie una solicitud en tal sentido.

La Asociación Europa Laica conoce igualmente la respuesta dada por esa Consejería al Procurador del Común y las razones aducidas para negarse a obedecer su dictamen:

1. Porque dictar una norma de carácter general suscitaría, probablemente, tensiones en el seno de algunas comunidades educativas, generando conflictos donde ahora no existen.

2. Porque afecta solamente a unos determinados centros docentes.

3. Porque se enmarca dentro de la convivencia general del centro.

4. Porque los problemas puntuales y concretos deben solucionarse dentro de los centros afectados.

En calidad de portavoz de la Asociación Europa Laica, debo comunicarle, Señor Consejero, que dichos argumentos resultan del todo inaceptables. El conflicto ya existe, al pretender imponerse a toda la comunidad educativa de los colegios públicos la religiosidad y los signos de una confesión particular, sea o no mayoritaria. También existe ya el daño moral hecho a los padres que, para no soportar en silencio semejante imposición, se han visto obligados a manifestarse publicamente sobre sus convicciones religiosas, quedando así privados del amparo ofrecido, a tal efecto, por el artículo 16.2 de la Constitución. Dicho daño moral, del que es usted responsable, se hubiera evitado si los Poderes Públicos hubieran cumplido con su deber de garantizar, de entrada y sin necesidad de petición expresa, los derechos fundamentales, en lugar de subordinarlos a intereses particulares y a conveniencias, con argumentos tan escasamente éticos y tan manifiestamente ajenos a los derechos humanos como que esta dejación “afecta solamente a unos determinados centros docentes”.

En cuanto a los dos últimos argumentos, debo recordarle, Señor Consejero, que en un Estado de Derecho regido por normas democráticas, la convivencia debe considerarse siempre entre ciudadanos y ciudadanas libres e iguales, sujetos de derechos fundamentales inalienables que, como tales, no pueden ser puestos en cuestión, ni votados, ni sometidos a condiciones azarosas de mayorías y minorías en el seno de las microcumunidades que integran el Estado, como es el caso de un colegio público. En virtud de una argumentación tan impropia como la emitida por esa Consejería, mañana un centro educativo sostenido con fondos públicos podría vulnerar derechos individuales (no aceptar a hijos de parejas de hecho, por ejemplo), apelando a su tradición interna católica, a la necesidad de no ofender al señor párroco, a la conveniencia de no crear “conflictos donde ahora no existen”, y, con el precedente de la citada argumentación, con la completa connivencia de la Consejería de Educación y Cultura de Castilla y León, que lo consideraría un asunto a resolver en “la convivencia general del centro”.

La Asociación Europa Laica considera, pues, del todo improcedente el sometimiento de la petición expresada por los padres a votación secreta en Consejo Escolar, y le insta públicamente, Señor Consejero, por el procedimiento de la carta abierta, a no hacer tendenciosa dejación de sus deberes, a garantizar a los ciudadanos y ciudadanas, en el ámbito de sus competencias, el ejercicio de los derechos fundamentales y a obedecer, en suma, la Resolución del Procurador del Común, que, si bien no es vinculante, intenta atenerse a la legislación vigente.

Por otra parte, la Asociación Europa Laica se sumará a todas las acciones legítimas emprendidas por estos padres, tanto en el ámbito de la opinión pública como, si llega el caso, en el de las actuaciones ante los organismos competentes, incluidos los tribunales de justicia, para defender la libertad de conciencia ante lo que considera un caso de deliberado desprecio a los derechos fundamentales.

Agradeciéndole su atención, le saluda atentamente

Juan Francisco González Barón,

Presidente de la Asociación Europa Laica

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