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Bergondo (A Coruña) aprueba las acogidas civiles o bautizos civiles ante la demanda de vecinos

El Gobierno local de Bergondo llevó al último pleno una propuesta para aprobar un Reglamento de Acogimientos Civiles, que fue aprobado con la abstención del PP y la edil no adscrita. En el municipio se celebran bodas civiles pero hasta ahora no se hacían acogimientos, también denominados actos de bienvenida a la comunidad. Sin embargo, ante la demanda surgida entre los vecinos, que solicitaban esta posibilidad, el Concello ha sacado adelante este reglamento, en aprobación inicial aún, para dar respuesta a esta demanda vecinal. Una vez que esté aprobada de forma definitiva esta normativa -después de publicarse y exponerse al público para alegaciones-, ya se podrán realizar este tipo de eventos en la Casa Consistorial.

La alcaldesa, Alejandra Pérez, explicó que, al igual que con las bodas, el Concello no cobrará por la realización de los acogimientos civiles, ya que considera que no es un número de actos elevado al año y no supone demasiada carga de trabajo y económica. En otros concellos de la comarca sí se cobra por bodas y bautizos civiles, como es el caso de Oleiros, que lo tiene regulado hace años y que actualmente tiene 120 euros de tasa para estos eventos.

La ordenanza municipal subraya que el acogimiento civil y laico tiene por finalidad “la presentación de los niños y niñas a la sociedad, con la pretensión de que se sientan integrados en la comunidad y sean partícipes de los derechos, las libertadas y los deberes”. Será también un reconocimiento del niño nacido en el municipio y el compromiso, junto con su familia, de “velar por su educación y defender y garantizar sus derechos”.

Habrá un registro municipal de acogimiento civil con naturaleza administrativa. Se realizará tras la solicitud de los padres o tutores legales, con treinta días de antelación y entregando copia cotejada de los DNI y libro de familia. Los niños deben ser menores de edad y los padres o representantes legales deben manifestar su consentimiento. Al menos una de las personas solicitantes debe ser natural o estar empadronado en el municipio de Bergondo. En caso de que falte documentación, el Concello dará a la familia un plazo de quince días para resolver las deficiencias.

Los padres podrán designar a dos personas como máximo que actuarán como padrinos en la ceremonia y que son los que también asumirán el compromiso de formación del niño en principios y valores democráticos.

El propio acto de acogimiento civil se celebrará en el salón de plenos del Ayuntamiento y será presidido por la alcaldesa o concejal en el que delegue. Se leerá algún artículo de la Declaración de los Derechos del Niño, de la Convención sobre los Derechos del Niño, la Constitución Española o la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Padres, padrinos o autoridades podrán leer también algún artículo o texto relacionado con el acto.

El acto podrá ser individual o colectivo, pudiendo asistir familiares y amigos, con la limitación del aforo del salón de plenos. Se levantará acta del evento y será firmada por los representantes legales del niño o por sus padrinos, y una copia quedará en el Concello.

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