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Ayuntamiento, religiones y otra forma de ver la vida

Izquierda Unida de Sabiñánigo ve con preocupación las iniciativas que se están desarrollando para hacer un templo de culto religioso en el interior de la Residencia Pública de Sabiñánigo.

Nuestra Constitución delimita claramente que España es un estado aconfesional y fija como preceptos en su artículo 14, la no discriminación por razón de religión entre otras. En su artículo 16, garantiza la libertad de ideología, religión y culto, y en el artículo 1.1 de la ley orgánica de libertad religiosa de 1980 encomienda al Estado el garantizar el derecho fundamental de todos los ciudadanos a la libertad religiosa y de culto, en sus respectivas creencias, recogido en la Constitución. Los tratados internacionales ratificados por España tanto la declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 18, como la CE en su artículo 9.1 recogen que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento de conciencia y de religión, incluyendo este derecho la libertad de cambiar de religión o de convicciones así como la libertad de manifestarla.

Es el tribunal supremo en la sentencia nº 24/ 1982 de 13 de mayo quien dice: “ El Estado se prohíbe a sí mismo cualquier concurrencia, junto a los ciudadanos, en calidad de sujeto de actos o de actitudes de signo religioso”

Las residencias son lugares donde se atiende a nuestros mayores y en la actualidad reciben los servicios religiosos los que lo solicitan. De igual forma se facilita la realización de las ceremonias religiosas tal como garantiza la Constitución, pero el deber público es garantizar el acceso a la atención religiosa o psicológica de todos los ciudadanos, sin discriminación por razón de sexo raza o religión.

Si tenemos en cuenta la oferta de centros religiosos en nuestra localidad ( Tres grandes iglesias y varias capillas), a la que pueden acceder las personas que tengan aptitudes para ello y la atención personalizada de las diferentes confesiones en la propia residencia, solo podemos pensar que la cercanía de las elecciones municipales, hace que algún grupo político se proponga acceder a la solicitud de algunas personas practicantes de alguna determinada confesión, pasando por encima de su obligación como cargo público.

Las residencias han de ser lugares de conexión con la vida, y son actividades lo que han de hacerse en ellas, además de recibir los servicios sanitarios y humanos que necesitan, y garantizar el acceso a quien lo precisa, sin depender de su nivel económico. La expresión religiosa ha de ceñirse al ámbito personal y colectivo recogido en nuestra Constitución.

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