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Archivada la denuncia de Palomas contra el hermano de La Salle por prescripción de los delitos sexuales

El juez y la Fiscalía constatan que la ley impide juzgar la agresión y los abusos que Jesús Linares perpetró al escritor en los años 70.

El muro de la prescripción vuelve a interponerse en una denuncia de abusos sexuales contra un religioso. El juez de Mataró (Barcelona) que admitió la denuncia de Alejandro Palomas contra el hermano de La Salle Jesús Linares al constatar que las agresiones y abusos sexuales que perpetró al escritor están prescritos.

Además de alzar la voz públicamente, Palomas llevó el pasado mes de enero al juzgado su denuncia contra el hermano Linares, quien le sometió a repetidos abusos sexuales y le violó en unos campamentos durante su etapa escolar a mediados de los años 70 en el colegio de la Salle de Premià de Mar (Barcelona). El caso de Palomas sirvió para que otras víctimas revelaran la pederastia continuada durante décadas de Linares en los colegios de la Salle y lamentaran el encubrimiento de los abusos por parte de la institución religiosa.

La investigación conjunta de elDiario.es y El Periódico ha provocado, al margen de la denuncia de Palomas, la apertura de dos diligencias por parte de la Fiscalía sobre los abusos de Linares en los colegios de La Salle de Premià y Montcada y Reixac (Barcelona). Al igual que ha hecho el juez de Mataró en el caso de Palomas, lo primero que analizará el Ministerio Público es la prescripción del delito, habida cuenta de que los abusos denunciados se produjeron a lo largo de cuatro décadas –desde mediados de los 70 a principios de los 2000.

Respecto a la denuncia de Palomas, no hay dudas. La Fiscalía y el juzgado de instrucción 3 de Mataró han constatado que los abusos de Linares son anteriores a 1980, por lo que estaba vigente el Código Penal de 1973, que imponía un plazo de prescripción de cinco años por el delito de “abusos deshonestos” a menores.

Los hechos denunciados por Palomas “están prescritos a efectos penales, y en consecuencia, la responsabilidad del presunto autor [Linares] está extinguida”, concluye el auto, de tres páginas. La decisión es recurrible ante el propio juzgado y ante la Audiencia de Barcelona.

La cuestión de la prescripción agrega complejidad a la ya de por sí complicada denuncia de las víctimas de abusos sexuales. Y constata que los tiempos de las víctimas y de la Justicia no siempre van sincronizados. A la gestión del trauma y a la valentía de romper el silencio, procesos que pueden tardar años, se contrapone el hecho de que el plazo de prescripción de los abusos sexuales a menores empieza a contar cuando la víctima cumple la mayoría de edad. Entonces el reloj empieza la cuenta atrás y los delitos prescriben entre 5 y 15 años después, en función de su gravedad.

Esto implica que una víctima puede denunciar hasta los 33 años en el caso del delito sexual con mayor pena. Así ha ocurrido durante años en casos como el de Palomas y otras víctimas. Con la última reforma legislativa, aprobada el año pasado, la víctimas tienen ahora hasta los 50 años para denunciar, si bien este cambio no afecta a la prescripción de los abusos cometidos durante las pasadas décadas. El motivo es que las modificaciones penales no se pueden aplicar de forma retroactiva contra los delincuentes, tanto pederastas como el resto de criminales.

A nivel nacional, la Fiscalía General del Estado ha anunciado su objetivo de investigar todos los casos de pederastia que se han producido en el seno de la Iglesia. La fiscal general, Dolores Delgado, ordenó a las Fiscalías Superiores de España que remitieran todas las causas en tramitación tanto en los juzgados como en las distintas fiscalías sobre agresiones y abusos sexuales a menores cometidos por religiosos. En conjunto, constan 68 investigaciones por abusos en instituciones religiosas en todo el país.

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