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Admitido a trámite el recurso a la ley foral de contribución de la Iglesia

El pleno del Tribunal Constitucional decidió admitir a trámite el recurso del Gobierno central contra la ley aprobada por el Parlamento de Navarra que obliga a la Iglesia a pagar la contribución urbana a los ayuntamientos por todos sus inmuebles, salvo por aquellos que sean destinados al culto, lo que supone la suspensión cautelar de la norma durante cinco meses. 

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un acuerdo por el que se solicitaba al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra esta ley navarra.

En concreto, el recurso iba dirigido contra el apartado siete del artículo único de la ley foral por la que el Parlamento de Navarra modificó la ley foral de Haciendas Locales, un cambio que fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra el pasado 18 de marzo.

Finalmente, el pleno del Tribunal Constitucional decidió admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Estado contra la ley foral 10/2013, que limita a "bienes destinados al culto" la exención del impuesto de contribución territorial urbana.

En su recurso, según informó el Tribunal Constitucional en un comunicado, la Abogacía del Estado invocó el artículo 161.2 de la Constitución en el que se señala que "el Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas".

La impugnación, detalló el TC, produce la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses.

El Tribunal Constitucional dará traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Gobierno de Navarra y al Parlamento foral, que dispondrán de un plazo de 15 días para personarse en el proceso y formular alegaciones.

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