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Acusada por el ‘coño insumiso’: “Esto es una persecución política e ideológica por ser mujeres”

Concentración de apoyo en los juzgados de Sevilla, en febrero de 2016

Rocío Ballesta es una de las tres mujeres que irán a juicio por procesionar una vagina de cartón piedra en Sevilla para reivindicar los derechos de las mujeres trabajadoras imitando un paso de Semana Santa
“Tenemos luchas por abanderar mucho más importantes que ir contra los sentimientos de nadie. Es muy absurdo todo”, señala

Rocío Ballesta es una de las tres mujeres que serán juzgadas en Sevilla por participar en la procesión del llamado ‘Santísimo coño insumiso’ el 1 de mayo de 2014.  El juzgado archivó el asunto pero la Audiencia ordenó su reapertura. Ella, como sus otras dos compañeras acusadas, consideran que no tuvieron intención de ofender los los sentimientos religiosos, delito del artículo 525.1 del Código Penal del que se les acusa después de la querella presentada por la Asociación de Abogados Cristianos.

“Esto es algo ejemplarizante. Nos están usando un poco de cabeza de turco porque esto es evidentemente una persecución política e ideológica claramente por ser mujeres, por atrevernos a manifestarnos como mujeres libres. Está claro que en el entorno en que se dio esta performance, que fue el Primero de Mayo, se leyó durate el recorrido un manifiesto muy claro donde se explicaba por qué se sacaba el coño a la calle y donde en ningún momento se ofenden los sentimientos religiosos de nadie”, explica a eldiario.es/andalucia.

Ballesta incide en que sí se manifestaron “contra del papel de la Iglesia Católica y su intento de tener papel legislador junto al Estado sobre el cuerpo de la mujer y contra nuestros derechos reproductivos” pero, “más allá de eso, en ningún momento hay intención de ofender los sentimientos religiosos”. “Las mujeres tenemos problemas muchísimo más importantes de los que preocuparnos, entre ellos el de que nos están matando a diario, como para preocuparnos de que haya unos señores y unas señoras que profesan una fe y arremeter contra ellos. No tiene sentido. Tenemos luchas por abanderar mucho más importantes que ir contra los sentimientos de nadie. Es muy absurdo todo”, indica.

Ballesta se muestra “sorprendida” por  la petición de fianza (3.600 euros a cada una de las tres) trasladada por el juzgado, lo que consideran “un doble castigo” por un delito “tan absurdo que sigue todavía en el Código Penal” cuando, además y según sus abogadas, “no es habitual que se pida un fianza en estos casos”. Afirma en todo caso que no tienen claro el objetivo real de la fianza ni, en caso de no poder abonarla ni tener bienes que embargarles, qué consecuencias tendría para ellas. También lamentan que aún no se les haya notificado en el juzgado y denuncian que “siempre” tengan que enterarse de los avances judiciales de la causa “por la prensa”.

Tanto ella como las otras dos mujeres ya negaron  en el juzgado que quiseran mofarse o burlarse de las personas que profesan la religión católica o de la Semana Santa. Su próxima declaración será en la vista oral, sin que aún haya trascendido la petición de penas por parte de la asociación y de la Fiscalía, que durante la instrucción actuó de oficio, puesto que el delito contra los sentimientos religiosos atenta contra una de las libertades protegidas en la Constitución.

Ballesta también muestra “extrañeza” sobre cómo ellas llegaron hasta esta situación cuando hubo decenas de participantes en la marcha. La red de apoyo a las entonces imputadas denunció en su momento que la citación de estas mujeres obedecía a la existencia de  “ficheros ideológicos” de la Policía Nacional ya que no fueron identificadas en el momento de los hechos. “Es algo recurrente en las investigaciones policiales cuando son ilegales”, comenta Ballesta. La jueza les mostró imágenes de su presencia en la marcha, de fotogramas sacados de los vídeos que se difundieron por Internet a partir de la movilización.

Cabe recordar, como hizo la Audiencia al reabrir  en marzo la causa, que aquella marcha se realizó “imitando las procesiones de Semana Santa, se llevaba lo que simulaba ser un palio con una imagen, de gran tamaño, del órgano genital femenino, con una especie de mantilla y corona, como si se tratara de la Virgen María, al que acompañaban un grupo de mujeres que se cubrían el rostro con capuchones de colores, como si se tratara de penitentes, y otro grupo de mujeres vestidas de negro y con mantilla, imitando a las mujeres que visten de luto en las citadas procesiones”.

“Bajo libertad de expresión no se puede dar cobijo a conductas de ofensa, burla, menosprecio, amenazas e insultos contra personas o grupos o miembros de una confesión religiosa”, concluyó la Audiencia al enviar a las tres mujeres a juicio. Meses antes, el juzgado había considerado que el acto pudo afectar los sentimientos de personas que presenciaran la manifestación pero para merecer un reproche penal tenía que haber intención. Los Abogados Cristianos, que piensan ir hasta el final del proceso, ya señalaron en su recurso que el ‘coño insumiso’  tuvo un “evidente ánimo de ofender”. “Pues nada, iremos hasta Estrasburgo y esperemos que allí hagan el ridículo más estrepitoso”, señala Ballesta.

“Estamos hasta el coño de que nuestro trabajo remunerado valga mucho menos que el de los hombres y de que el trabajo doméstico y de cuidados que hacemos en los hogares no valga absolutamente nada, que no se vea, que no se valore”, explicaba aquel 1 de mayo de 2014 una de las participantes, megáfono en mano y bajo una capucha cofrade de color azul. “Muy hartas de pasarnos la vida cuidando al resto y que a la vejez nos ‘den’ una pensión no contributiva ¿De verdad no hemos contribuido?”.

Delito del que se les acusa

Código Penal. Artículo 525.

1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.

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