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Absuelto el doctor Morín en el caso de los abortos

La sentencia considera que las interrupciones se hicieron con el consentimiento de las mujeres. El ginecólogo se siente un “cabeza de turco” en el debate sobre el aborto

La Audiencia de Barcelona ha cerrado hoy con la absolución de todos los acusados un episodio que ha marcado un antes y un después en la legislación española sobre el aborto: la denuncia por grupos católicos contra el doctor peruano Carlos Morín por practicar interrupciones del embarazo supuestamente irregulares. Morín afrontaba una petición de 273 años de cárcel por practicar casi un centenar de abortos en sus clínicas de Barcelona. Los otros diez acusados también afrontaban severas penas de prisión por los delitos de aborto ilegal, falsedad documental, asociación ilícita e intrusismo profesional. Pero la sentencia dada a conocer hoy ha desmantelado esa tesis. El ginecólogo ha asegurado esta mañana que se siente un "cabeza de turco" en el debate sobre el aborto.

Los magistrados de la Sección Sexta consideran que los abortos se hicieron con base en la legalidad. Todas las interrupciones del embarazo, constata la sentencia, se hicieron "con el consentimiento y bajo petición expresa de las mujeres embarazadas". En el caso de las menores de edad, tuvieron el consentimiento de sus padres o tutores. Las intervenciones, además, se hicieron en "centros homologados" y las mujeres fueron atendidas por personal titulado. Sobre el delito de asociación ilícita, la Audiencia considera que no ha sido probado que "el grupo de empresarios médicos se constituyera para cometer delitos ni tuviera esta finalidad".

La decisión supone un varapalo para la fiscalía, que hasta el último día había mantenido la tesis de que Morín y su equipo habían practicado abortos fuera de los supuestos permitidos por la ley. El caso arrancó en 2006 a raíz de un reportaje con cámara oculta de la televisión pública danesa. El grupo ultracatólico E-Cristians presentó una querella que fue origen de una compleja investigación con pinchazos telefónicos. Un año más tarde, Morín y algunos de sus colaboradores —como su mujer, María Luisa Duran— fueron detenidos. La Guardia Civil cerró las clínicas de Morín. Y así siguen hasta hoy.

La sentencia narra con detalle todos los casos de las mujeres que abortaron con Morín. Uno de los supuestos en la antigua ley sobre el aborto -la situación de "peligro para la salud psíquica de la embarazada"- ha quedado "acreditado", según la sentencia, por un dictamen médico que fue emitido por un psiquiatra. Aunque algunas mujeres declararon que no recordaban o afirmaron no haber sido entrevistadas por un psiquiatra, la sentencia considera, en base a distintos informes y testigos, que el único requisito que marca la ley es que haya un dictamen previo de ese profesional. Y esto sí se produjo en todos los casos.

Sobre el tercer supuesto (malformación del feto) la sentencia considera probado que los abortos se practicaron dentro de las primeras 22 semanas de gestación. En algunas conversaciones telefónicas, los implicados hablan de pacientes embarazadas de 27 o 29 semanas. Las ecografías, sin embargo, muestran que no se superaron las 22 semanas. Las acusaciones consideraron que Morín y su equipo habían alterado las máquinas, pero los jueces consideran, de nuevo en base a informes técnicos, que eso resultaba prácticamente imposible.

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