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Abogados Cristianos pide al Tribunal Supremo suspender el límite de 25 personas en misa de Castilla y León

La organización ultracatólica, que no descarta llegar a Estrasburgo, compara que este domingo en la Catedral de Valladolid se prohibiera entrar en misa a “muchas personas” con que se permitiera el acceso a un centenar en un teatro “mucho más pequeño”.

La Asociación de Abogados Cristianos ha solicitado este lunes al Tribunal Supremo medidas cautelarísimas para suspender la orden de la Junta de Castilla y León que limita a 25 personas el aforo de celebraciones religiosas, según informa elDiariocyL.es.

Por ello considera que se trata de una medida “muy severa y extraordinariamente desproporcionada que no responde a ningún criterio médico o epidemiológico y que jurídicamente no cumple con el criterio de proporcionalidad y resulta muy amplia y ambigua”.

La organización de juristas considera que “la medida impulsada por el presidente autonómico, Alfonso Fernández Mañueco, y el vicepresidente, Francisco Igea, es una prohibición de facto de ir a misa y recuerda que las Comunidades Autónomas no tienen competencias para restringir derechos fundamentales”. No descarta acudir incluso al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo por lo que considera “un ataque a la libertad religiosa”, según ha informado a través de un comunicado.

La presidenta de la organización ultracatólica, Polonia Castellanos, denuncia que “ayer en la Catedral de Valladolid se prohibió entrar en misa a muchas personas por superar el límite de aforo de 25, mientras en un teatro de la ciudad, mucho más pequeño se permitía acudir a más de 100”.

Destaca además un Auto reciente del Juzgado de lo Contencioso de Albacete que señala que “el ejercicio de la libertad religiosa, con las limitaciones y condiciones ya impuestas por las normas estatales, no supone peligro cierto de contagio”. Y destaca que “el estado de la ciencia actual de público y notorio conocimiento permite afirmar que los actos religiosos no están entre los elementos propagadores del virus, a diferencia de las celebraciones familiares, actividades lúdicas y recreativas y el ocio nocturno…”.

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