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Profesores de la Universidad Nacional de Honduras (UNAH), se pronuncian en contra de la lectura de la Biblia en las escuelas

Maestros de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), mediante un comunicado se pronunciaron en contra de la lectura diario de la Biblia en las escuelas públicas del país.

Nosotros, profesores de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, en el marco del debate público originado con la propuesta legislativa sobre la lectura diaria de la Biblia en las escuelas públicas, estimamos oportuno manifestar lo siguiente:

  1. El derecho a la libertad de conciencia y de religión ha sido considerado por los países democráticos, como un principio esencial dentro de una sociedad pluralista, su propósito fundamental es respetar las creencias personales sin distinguir por sus contenidos y protegerlas de los valores mayoritarios que pueden ser opresivos. Al respecto, la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), establece la obligación de los Estados de respetar y garantizar, sin discriminación de ninguna naturaleza (Art. 1 CADH), el derecho a la libertad de conciencia y religión (Art. 12 CADH), cuyo ejercicio sin preeminencia alguna, es garantizado constitucionalmente (Art. 77 CRH), con lo que la determinación de tener o no una creencia religiosa o espiritual, estar a favor o en contra de un credo y aceptar o no sus enseñanzas, es un derecho exclusivo de los individuos, quienes podrán vivir de acuerdo con sus creencias y tomar parte de las actividades de su culto; asimismo, toda persona tiene la libertad de apartarse de actividades propias de creencias que no comparte, y en uno u otro caso, el Estado debe ser garante del ejercicio de su libertad.
  2. Del derecho a la libertad de religión, se deriva el principio de neutralidad estatal respecto de las diferentes religiones y convicciones.

El Estado, partidario de la convivencia de diferentes y hasta opuestas convicciones religiosas e ideológicas, puede garantizar la coexistencia pacífica sólo si él mismo garantiza neutralidad en las cuestiones de credo, es por ello que la Constitución en su preámbulo invoca la  protección de Dios, sin aproximación a denominación religiosa alguna y en su articulado además de la libertad religiosa (Art. 77), la libertad de pensamiento y de expresión (Art. 72) y la libertad de asociación y de reunión (Art. 78) en condiciones de igualdad para todas las confesiones, debiendo hacer respetar los derechos de unos y otros, como corresponde en un Estado Laico ajeno a cualquier confesión de fe.

  1. El derecho a la libertad religiosa abarca el derecho que tienen los padres, y en su caso los tutores, a que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones (Art. 12.4 CADH), pudiendo disponer quienes les enseñarán e interpretarán tales creencias, como lo hacen cuando escogen una escuela con orientación religiosa; sin embargo, la lectura diaria de la Biblia, al igual que jornadas de oración en la escuela pública, conducirían a que el estudiante se vea confrontado a las enseñanzas del libro sagrado del cristianismo, con apenas la posibilidad formal de apartarse del contexto creado por el Estado a favor de una determinada enseñanza religiosa, lo cual es un tema sensible al tratarse de personas que por su edad pueden ser particularmente vulnerables a ser influenciados por ese contexto, temiendo (no sin razón) a que el alejamiento del mismo pueda generarles discriminación y/o acoso escolar, pudiendo en consecuencia, limitarse el libre desarrollo de su personalidad con respeto pleno a la dignidad humana, como lo garantiza el artículo 59 constitucional.
  2. En su caso, la educación en religión en cualquier ámbito (las clases dominicales, clases privadas o en la escuela), tiene que tener como presupuesto que los alumnos y padres lo soliciten libremente, no podrá presumirse su consentimiento en la escuela pública que constitucionalmente se establece será laica (Art. 151 CRH) y menos aún imponerse por su presunta conveniencia. Al Estado le corresponde crear las condiciones sociales básicas para reducir la grave exclusión social que se vive en el país
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