Asóciate
Participa

¿Quieres participar?

Estas son algunas maneras para colaborar con el movimiento laicista:

  1. Difundiendo nuestras campañas.
  2. Asociándote a Europa Laica.
  3. Compartiendo contenido relevante.
  4. Formando parte de la red de observadores.
  5. Colaborando económicamente.

Las sectas y la Justicia: “Me ha violado el líder y nadie me toma en serio”

La ley española tiene un artículo para condenar a las sectas, pero nunca se ha utilizado. Las mujeres que denuncian abusos en estos grupos son casi siempre ignoradas por jueces y fiscales

El líder de la secta en la que está Clara murió hace un año. Pero da igual, ese es un detalle menor. Sigue ejerciendo su ‘maestría’ a través de su perfil de Facebook “desde el más allá”. Es “todopoderoso”. Ella, que da “masajes espirituales”, vive en una casa con uno de los ‘doctores’ de la organización. Un hombre mucho mayor que ella. Ocupó el puesto de otra chica que salió de allí arruinada, dicen. También conviven con otras dos amigas dedicadas a los mismos menesteres. Su familia lo ha denunciado en muchas ocasiones, pero no hay caso: “Es mayor de edad y está allí por su propia decisión, ejerciendo su libertad”. El caso de Clara, que en realidad no se llama así, no es una excepción y muestra los difusos contornos de la legalidad de algunas de esas asociaciones o grupos que se identifican como sectas. Y las complejidades penales y filosóficas de legislar sobre estos asuntos.

En España hay más de 400 sectas y se estima que casi medio millón de personas pertenece a alguna de ellas. Sin embargo, nunca se ha condenado a ninguno de los responsables de estos grupos por la vía penal aplicando el artículo 515.3, que sanciona “la manipulación mental”. De hecho, cada año quedan archivados cientos de denuncias y entre los círculos de fiscales y jueces existe un “cierto choteo”, según un abogado especializado, ante las demandas por abusos sexuales de las víctimas de los ‘líderes espirituales’ o gurús. “Eres adulta y lo has elegido libremente”, es la réplica para desestimar estas peticiones. En algunas ocasiones, la relación entre los cabecillas de estas organizaciones y las mujeres comenzaron cuando estas eran menores de edad.

“Si no te acuestas conmigo van a venir los yihadistas y nos van a pasar a todos a cuchillo por tu culpa”, era uno de los argumentos de persuasión que usaba uno de esos líderes, según una de sus supuestas víctimas. O “eres una puta que ha pecado y necesitas purificarte haciendo el amor conmigo. Si sales a la calle sin haberte desahogado aquí, te acostarás como una perra con cualquiera y estarás en pecado mortal”. Las maneras de ‘seducir’ muy difícilmente se pueden considerar convencionales, y en algunos casos sí han dado lugar a condenas por abusos sexuales, aunque siempre desligadas del contexto sectario. “Los procesos judiciales contra estos grupos en España están casi siempre, por no decir siempre, condenados al fracaso”, sentencia José Miguel Cuevas, psicólogo y profesor en la Universidad de Málaga.

“Hay un problema en ese sentido. Todos sabemos que las denuncias de carácter sexual casi nunca se atienden ni se tienen en cuenta, aunque la víctima lleve años de sometimiento”, razona el penalista Carlos Bardavío, que aboga por una nueva legislación al respecto. “Sería mejor que hubiera un tipo penal claro para afrontar estos asuntos”, prosigue el letrado, que aclara que aunque “el término secta no nos guste, no es en sí nada delictivo y no hay ninguna condena criminal a una organización de esta clase”.

Sectarismo 2.0

Son unas organizaciones muy difíciles de catalogar por su variedad de fines y métodos. “Ahora hay muchas de las que llamamos sectarismo 2.0 que apelan a una espiritualidad difusa, pero no son todas iguales y muchas ni siquiera tienen nombre”, explica el sacerdote especializado en este fenómeno Luis Santamaría. “Lo que las convierte en secta es la manipulación de sus miembros, pero no todas tienen el mismo perfil ni cometen actos delictivos en sí mismos”, prosigue el especialista. “Las más peligrosas circulan por internet y no se las conoce, aunque algunas de las más famosas tienen distintos niveles de iniciación y de peligrosidad”, revela el experto. Los sacrificios rituales se dan en aquellas de tradición satánica o las que apelan a la magia o el sincretismo. “No son cosas ilegales generalmente, aunque muchas no son aceptadas socialmente”, precisa el sacerdote.

Uno de los puntos que suelen tener en común es “el control de la sexualidad de sus miembros”. Y ahí es donde surge el debate. En muchas ocasiones, la desinhibición sexual es un proceso libre y “lúdico” que no tiene ningún problema de índole legal. “En principio, los grupos espirituales alejados de lo convencional no tienen ningún problema, excepto que se alejan de lo convencionalmente aceptado”, apunta Bardavío, que para reflejar esa subjetividad en el juicio sobre las costumbres de determinados colectivos pone como ejemplo “los conventos de clausura, que podrían lindar con lo delictivo con respecto a la libertad de movimientos individual, pero no le encontramos ningún problema por su aceptación social mayoritaria”. Sin embargo, cuando todo el entramado está diseñado para satisfacer los abusos sexuales del líder, “sí que debería existir algún tipo de legislación que lo contemplase, y no como un hecho delictivo aislado”, según el letrado, que piensa presentar en breve un proyecto para reformar la ley en este sentido.

Hoy por hoy es un debate de difícil solución: “Hay una dicotomía perversa e indisoluble entre las diferentes manifestaciones de la libertad religiosa, ideológica y de asociación y la legitimación de la intervención protectora por parte del Estado”, como subraya la profesora de la Universitat Autònoma de Barcelona Margarita Bonet. Mientras tanto, algunas mujeres y muchas familias claman por que se considere un abuso el dominio de su voluntad para mantener relaciones sexuales. Un abuso que fiscales y jueces “se toman a choteo”.

Total
0
Shares
Artículos relacionados
Total
0
Share