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Piden la retirada de símbolos franquistas de dos iglesias de León

La Agrupación Pozo Grajero registra en Subdelegación de Gobierno la exigencia de cumplimiento del artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica y como tal la retirada del escudo franquista que puede verse en la Iglesia de Renueva, así como de la placa a Primo de Rivera de la Iglesia de San Marcelo.

En caso de no retirarse, la agrupación exige que se lleven a efecto los preceptos legales que recogen retirar subvenciones y ayudas públicas al Obispado hasta que se haga efectivo el cumplimiento de la Ley. Esta exigencia la extienden a otras administraciones, como son el caso del Ayuntamiento de León, la Diputación Provincial y la Junta de Castilla y León.

Dado que en ninguno de los dos casos se puede aducir razones de índole artístico o arquitectónicas la Agrupación Pozo Grajero considera indecente que la Iglesia Católica mantenga en su seno este tipo de expresiones de ensalzamiento de la dictadura franquista.

Ahora que se ha empezado a debatir en serio sobre la retirada de calles o carteles oficiales ligados a la dictadura, es el momento de aplicar la Ley de Memoria Histórica también a “los propietarios privados”: sobre todo aquellos que disfrutan de privilegios en forma de cruz, dentro del IRPF, o subvenciones y ayudas públicas por parte de todas las administraciones.

Artículo 15. Símbolos y monumentos públicos:

  1. Las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o ayudas públicas.
  2. Lo previsto en el apartado anterior no será de aplicación cuando las menciones sean de estricto recuerdo privado, sin exaltación de los enfrentados, o cuando concurran razones artísticas, arquitectónicas o artístico-religiosas protegidas por la ley.
  3. El Gobierno colaborará con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales en la elaboración de un catálogo de vestigios relativos a la Guerra Civil y la Dictadura a los efectos previstos en el apartado anterior.
  4. Las Administraciones públicas podrán retirar subvenciones o ayudas a los propietarios privados que no actúen del modo previsto en el apartado 1 de este artículo.
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