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La condecoración policial a la Virgen del Amor llega al Supremo

Europa Laica y MHUEL presentan un recurso extraordinario de revisión para que la Justicia vuelva a estudiar la polémica condecoración concedida por Interior en la etapa de Fernández Díaz

La polémica concesión en 2014 de la Medalla de Oro al Mérito Policial a Nuestra Señora María Santísima del Amor vuelve a los tribunales. En esta ocasión, al Supremo. Europa Laica y el Movimiento Hacia un Estado Laico (MHUEL), las dos asociaciones que hace tres años denunciaron ante la Audiencia Nacional dicha condecoración, han presentado un recurso extraordinario de revisión para que la Justicia anule la sentencia de la Audiencia Nacional que a finales de 2015 dio validez a la concesión de dicha distinción. Para ello esgrimen como nueva prueba un documento de 2012 de la Dirección General de la Policía desconocido cuando se produjo el fallo en el que se detallaban los criterios para otorgar dichas medallas policiales y que, en opinión de ambas asociaciones, fueron vulnerados por el Ministerio del Interior en el caso de la concedida a la Virgen del Amor. En 2014 el departamento que dirigía Jorge Fernández Díaz rechazó que el caso siguiese la vía contencioso administrativa porque la Virgen del Amor no era “funcionaria”.

El recurso destaca que dicha resolución interna implementó en mayo de 2012, ya con Fernández Díaz al frente del Ministerio, “los criterios y procedimientos a seguir para las propuestas de ingreso en la Orden del Mérito Policial”. Entre ellas, dicho documento señalaba que estas medallas debían ser propuestas por unidades policiales, jefes de las mismas o las organizaciones sindicales de los agentes junto con una explicación de los hechos que merecían ser objeto de distinción, para que posteriormente la Subdirección General “competente por área de actividad” emitiese un informe como paso previo para su traslado a la Junta de Gobierno de la policía, que es el órgano que finalmente concede dichas distinciones. En opinión de Europa Laica y MHUEL ninguno de estos pasos se dio en el caso de la condecoración a la Virgen del Amor.

En su escrito, las dos asociaciones destacan que dicho documento no se incorporó en su día a la causa que se siguió en la Audiencia Nacional porque los denunciantes desconocían su existencia dado su carácter interno y porque Interior no lo mencionó en sus escritos de defensa ni lo aportó a la causa. De hecho, Europa Lacia y MHUEL aseguran que tuvieron noticia de ella después de que un medio de comunicación publicase el pasado mes de diciembre que la Audiencia Nacional había fallado en otra causa a favor del Sindicato Unificado de Policía (SUP) para que este tuviera acceso a la información contenida en el historial profesional de los agentes propuestos para recibir una medalla y utilizara precisamente la resolución de mayo de 2012 de la Dirección General de Policía para argumentar su decisión.

El recurso de revisión presentado ahora ante el Tribunal Supremo incluye tanto esta sentencia como el documento interno de la Policía, y asegura que si la Audiencia Nacional hubiera tenido noticia de este último “habría declarado la nulidad de las actuaciones por haber prescindido la Administración actuante, total y absolutamente, de este procedimiento legalmente establecido. La Resolución de 11 de mayo de 2012, por tanto, habría puesto de manifiesto el error de la resolución recurrida al no apreciar la nulidad de la orden por motivos formales”, añaden las asociaciones en su escrito.

La decisión de Europa Laica y el MHUEL de presentar este recurso de revisión alarga un proceso judicial que dura ya casi tres años. Iniciado en abril de 2014, la primera magistrada que lo asumió, la titular del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 7, Ana María Jimena, llegó a poner fecha para la vista: el 11 de junio de aquel año. Sin embargo, un escrito de Interior obligó a suspender la misma poco antes de celebrarse al alegar entonces que la Virgen no era “funcionaria” y que, por lo tanto, era obligatorio que la causa fuera tramitada y fallada por una sala compuesta por cinco jueces. Ese escrito obligó a la magistrada a plantear un “incidente de competencia” en el que finalmente acordó remitir la causa a sus compañeros de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional.

Estos también tuvieron que demorar su decisión durante varios meses por diversas incidencias procesales planteadas por la Abogacía del Estado en representación del departamento de Fernández Díaz, hasta que finalmente en noviembre de 2015 dictó la sentencia que avaló la concesión de la medalla a la Virgen del Amor por tres votos contra dos. Parecía que entonces el pleito llegaba a su fin. Sin embargo, Europa Lacia y MHUEL decidieron en marzo de 2016 recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional, que cuatro meses dictaba una providencia para rechazar la admisión del mismo al no apreciar “especial trascendencia constitucional” al caso. Ahora, el Tribunal Supremo tendrá la última palabra.

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