Asóciate
Participa

¿Quieres participar?

Estas son algunas maneras para colaborar con el movimiento laicista:

  1. Difundiendo nuestras campañas.
  2. Asociándote a Europa Laica.
  3. Compartiendo contenido relevante.
  4. Formando parte de la red de observadores.
  5. Colaborando económicamente.

Los altos cargos de la Generalitat Valenciana no podrán ir a las procesiones

En agosto de 2010, el entonces conseller de Agricultura y Medio Ambiente, Juan Cotino, viajó a Bruselas a defender el «parany». Fueron nueve horas en la capital europea en las que transitó con vehículo de alta gama alquilado a ABL Limousines. Nueve horas, 608 euros de factura. Conductor incluido. Con el Código de Ética y Buen Gobierno que la Conselleria de Transparencia tiene ya ultimado y está expuesto para recibir sugerencias ciudadanas, Cotino habría tenido que presentar un informe de dimensiones colosales para intentar descargar su «responsabilidad política ante las Corts», organismo al que se otorga la capacidad de reprobación de quien incumpla el código.

Porque ese reglamento „que se aprobará como decreto y conforma uno de los cuatro bloques de la Ley de Transparencia„ exige a los cargos públicos máxima austeridad en los desplazamientos. Hasta el punto de que se les requiere «emitir un informe sobre el trayecto y el objeto del servicio» en el caso de que cojan un taxi. El artículo 23 del código, el que regula los viajes, estipula que en el transporte «dentro de los límites del municipio de la sede del alto cargo, el uso del coche oficial será compatible con el uso del taxi». Se insta a «priorizar» el viaje en metro y autobús y «en el caso de que se haga un uso del taxi» es ahí cuando deberán justificarse las razones por escrito.

El reglamento de buenas prácticas de gobierno es de aplicación a todos los consellers, secretarios autonómicos, subsecretarios, directores generales y directivos nombrados en empresas públicas, entes y organismos autónomos. También a quienes quieran adherirse a su jurisprudencia siendo «personal eventual o de confianza» de la Generalitat o cargos de ayuntamientos o entidades locales.

El código incluye un modelo de declaración de ingresos, actividades y bienes de los cargos públicos que no es más estricto en la fiscalización que el utilizado ahora en la Corts. La única variación está en el dato de la declaración de la renta que se pide, la casilla 582 en los formularios de las Corts y la 504 en este reglamento. En este último caso, en el formulario se menciona este apartado sin dejar un espacio para consignar la cifra, como sí sucede en el de las Corts. Una chapuza subsanable. En todo caso, el valor de los bienes inmuebles que se ha de aportar es el catastral, en vez de, por ejemplo, el de escritura. No se exige un desglose pormenorizado de los inmuebles con su ubicación, ni el detalle de las empresas de las que se poseen acciones o el de las rentas de capital. Son puertas abiertas a esquivar el control que, de hecho, se utilizan habitualmente por parte de los diputados.

En los nuevos formularios se añade un apartado en el que se reclama al cargo público que detalle su currículum. Es la única novedad.

El código de Buen Gobierno vela supuestamente por la «aconfesionalidad» de las instituciones públicas. Pero el artículo 10 está redactado de forma un tanto laxa y confusa, quizás intencionadamente. Así, dispone que los cargos públicos «no estarán obligados en ningún caso a participar en actos religiosos en su condición de altos cargos». En la actualidad, lógicamente, tampoco existe esa obligación. Acto seguido se concreta el espíritu de la norma, que es decretar que la «asistencia será, por regla general, a título individual en ejercicio del derecho de libertad religiosa». El código también prescribe el fomento del valenciano por parte de los políticos afectados por esta norma.

Total
0
Shares
Artículos relacionados
Total
0
Share