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Curriculo de Religión Evangélica para Educación Secundaria Obligatoria. 2015

Resolución de 23 de julio de 2015, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el currículo de la materia Religión Evangélica en Educación Secundaria Obligatoria.

El artículo 10 de la Ley 24/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, garantiza al alumnado, a sus padres, madres o tutores y órganos escolares de gobierno que lo soliciten, el ejercicio del derecho del primero a recibir enseñanza religiosa evangélica en los centros docentes públicos y privados concertados, siempre que, en cuanto a estos últimos, el ejercicio del derecho no entre en conflicto con el carácter propio del centro.

La enseñanza religiosa evangélica será impartida por profesorado designado por las Iglesias pertenecientes a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, con la conformidad de ésta.

Los contenidos de la enseñanza religiosa evangélica, así como los libros de texto relativos a la misma, serán los establecidos por las Iglesias respectivas con la conformidad de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España.

La disposición adicional segunda sobre enseñanza de la Religión, de la Ley Orgánica de 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, establece en el apartado 2 que la enseñanza de otras religiones diferentes a la católica se ajustará a lo dispuesto en los Acuerdos de Cooperación celebrados por el Estado español con las respectivas confesiones religiosas. La misma disposición, en su apartado 3, expresa que la determinación del currículo y de los estándares de aprendizaje evaluables que permitan la comprobación del logro de los objetivos y adquisición de las competencias correspondientes a la asignatura Religión será competencia de las respectivas autoridades religiosas.

Por otra parte, el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, en su disposición adicional tercera sobre enseñanzas de religión, establece que las enseñanzas de religión se incluirán en la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato de acuerdo con lo establecido en los artículos 13 y 14, de este real decreto.

Las Administraciones educativas garantizarán que, al inicio del curso, los padres, madres o tutores legales y en su caso el alumnado puedan manifestar su voluntad de que éste reciba o no reciba enseñanzas de religión.

La evaluación de Religión se realizará de acuerdo con lo indicado en el artículo 20 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre. Asimismo, dispone que la determinación del currículo de la enseñanza de las diferentes confesiones religiosas con las que el Estado español ha suscrito Acuerdos de Cooperación en materia educativa será competencia, respectivamente, de la jerarquía eclesiástica y de las correspondientes autoridades religiosas.

De acuerdo con los preceptos indicados, la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España ha determinado el currículo de la enseñanza de la religión evangélica para la Educación Secundaria Obligatoria.

En su virtud, a propuesta de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, resuelvo:

Primero.

Dar publicidad al currículo de la materia Religión evangélica en Educación Secundaria Obligatoria, que se incluye en el anexo.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de julio de 2015.–El Director General de Evaluación y Cooperación Territorial, José Ignacio Sánchez Pérez.

ANEXO

Introducción

En la etapa de Educación Secundaria Obligatoria la materia Religión evangélica tiene la finalidad de capacitar al alumnado para que conozca la fe evangélica desde una perspectiva bíblica, la comunique en su vida cotidiana en situaciones de convivencia religiosa y cultural, y participe activa y responsablemente en la sociedad de la que forma parte. Con este enfoque, la enseñanza de Religión evangélica supera el marco de la instrucción y adquiere una nueva dimensión, donde no todo se restringe a lo tangible y temporal, sino que se abre un camino hacia la trascendencia y la eternidad. Las respuestas que el alumnado en esta etapa comience a darse respecto a interrogantes trascendentes influyen poderosamente sobre el desarrollo integral de su persona.

Con la finalidad indicada el diseño del currículo de Religión evangélica se ha realizado asumiendo los elementos previstos por el artículo 6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, entendiendo que con ello se facilitan los procesos de enseñanza y aprendizaje de Religión evangélica en relación al resto de materias que se imparten en la misma etapa. Al mismo tiempo se les da a los profesionales, desde su autonomía pedagógica, la posibilidad de cumplir con su función de programar para adoptar innovaciones metodológicas y la enseñanza de las áreas y materias y que puedan adoptar innovaciones metodológicas por sí mismos o en colaboración con los equipos docentes de los centros en que se integran.

Entre estos elementos curriculares se destaca la concreción de las finalidades a alcanzar en Educación Secundaria Obligatoria mediante el desarrollo de los contenidos que se organizan en esta materia en los siguientes bloques fundamentales: la Biblia y su estudio, la historia de la salvación de Adán a Jesucristo, la vida y ministerio de Jesús, la historia del cristianismo desde sus orígenes hasta la Reforma del siglo XVI, el ser cristiano y lo que ello implica como una forma de vida y la ética cristiana.

Para el proceso de evaluación se plantean los correspondientes criterios de evaluación, que han sido enunciados de manera descriptiva, y en cuya formulación se ha tenido especial cuidado para garantizar que hacen referencia en cada caso a alguno de las finalidades propuestas. No puede ser de otro modo si recordamos que ambos adquieren relevancia en momentos distintos del proceso de aprendizaje; las finalidades al plantear el aprendizaje que el alumnado debe adquirir y los criterios de evaluación en la comprobación de si los han alcanzado. Se introducen un número de estándares de aprendizaje evaluables, concebidos como especificaciones de los criterios de evaluación, y que concretan lo que el alumnado debe saber, comprender y saber hacer, propuestos como unidades mínimas que han de guiar el desarrollo del aprendizaje del alumnado.

En todos los elementos se han tenido en cuenta las competencias clave establecidas en el ordenamiento vigente a fin de que en la enseñanza de Religión evangélica, como en el resto de asignaturas que aborda el alumnado de Educación Secundaria Obligatoria, se garantice un planteamiento en la enseñanza y aprendizaje que conduce al alumnado a aplicar los contenidos, a la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos.

No obstante, el planteamiento de la enseñanza de Religión evangélica supera el planteamiento curricular básico en el sentido de que incluye la orientación al alumnado para que, a partir del conocimiento y análisis de las enseñanzas bíblicas, se adentre en la búsqueda de respuestas válidas a las inquietudes que se le plantean en las diversas áreas de su existencia. Ello implica que objetivos, competencias, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables se ajustan de la forma más adecuada, aunando los aspectos técnicos de desarrollo del currículo con otros aspectos antropológicos y teológicos que son propios de esta materia.

En esta situación, la finalidad de la enseñanza de Religión evangélica se concreta en:

1. Descubrir las principales enseñanzas bíblicas, aplicando diversos métodos de estudio, con el objetivo de elaborar conclusiones personales sobre la veracidad y relevancia de dichas enseñanzas.

2. Conocer los principales hechos acaecidos en la historia del pueblo de Israel y sus implicaciones en el plan salvífico de Dios.

3. Identificar la persona de Jesús como la máxima expresión de la acción salvífica de Dios que demanda una respuesta de cada ser humano.

4. Conocer las enseñanzas y obras de Jesús de Nazaret, valorando la influencia que tuvieron en las personas que se relacionaron con Él.

5. Reconocer e identificar los principales datos, hechos históricos y sus consecuencias en el devenir del pueblo cristiano desde sus orígenes hasta la Reforma religiosa del siglo XVI.

6. Descubrir y valorar en las vidas transformadas de ciertos personajes del Nuevo Testamento y en la nueva relación personal que experimentan con Dios, qué significa ser cristiano.

7. Apreciar la familia como parte importante del plan de Dios para el desarrollo integral de cada ser humano, tomando conciencia de su papel dentro de ella.

8. Desarrollar un espíritu sensible, solidario y comprometido ante lo humano.

9. Apreciar la creatividad artística del ser humano como manifestación de su semejanza con la capacidad creadora de Dios.

10. Valorar la diversidad cultural manifestando actitudes de tolerancia y respeto por otras culturas, sin renunciar por ello a un juicio crítico sobre las mismas desde una perspectiva bíblica.

11. Contrastar los valores éticos cristianos con los valores predominantes en la sociedad actual.

Además de lo dicho hasta ahora, la enseñanza de Religión evangélica ha de desarrollar prioritariamente en el alumnado una «Conciencia y expresión cristiana» que supera los ámbitos competenciales descritos que comparte con el resto de materias de la Educación Secundaria Obligatoria. Implica la apertura del adolescente a lo divino, el aprendizaje de valores propios del cristianismo y la adopción de actitudes y conductas propias de la fe evangélica a la que este currículo da respuesta. Esta finalidad implica que el alumnado valore, mida, aprecie, interiorice, y comunique, entre otras habilidades, el mensaje y la práctica cristiana. Y este desarrollo no lo hacen al margen de las restantes competencias definidas, sino de manera integrada e íntimamente relacionada con ellas, puesto que el desarrollo por el adolescente de una cosmovisión bíblica implica que simultáneamente afecta a sus habilidades de comunicación, a su actuación en el entorno, a su expresión cultural o a su competencia social y cívica por citar algunos ejemplos. Dicho de otro modo, se trata de poner al alumnado en el contexto de la enseñanza de Religión evangélica en situaciones en las que tenga que elaborar su opción personal, en conciencia y libremente, desde los presupuestos expresados en los elementos del currículo, conlleva la estimulación de todas las capacidades que se pretenden desarrollar en esta etapa.

Los elementos transversales que se introducirán a lo largo de toda la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria en la asignatura Religión evangélica incluyen la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las Tecnologías de la Información y la Comunicación, el emprendimiento, la educación cívica y constitucional. La programación docente incluirá la prevención de cualquier forma de violencia, racismo o xenofobia, así como otras situaciones de riesgo (explotación y abuso sexual, mala utilización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación). Se potenciarán aptitudes como la creatividad, la autonomía, la iniciativa, el trabajo en equipo, la cooperación, y el sentido crítico. Y se fomentará el desarrollo de los valores cristianos que fomenten el amor, el respeto, la cooperación, la igualdad, la libertad, la justicia y la paz.

Orientaciones de metodología didáctica

De acuerdo con el actual currículo, la definición de objetivos, competencias clave, contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables ha de completarse con la referencia a las orientaciones de metodología didáctica, entendiendo por tal el proceso por el que los anteriores se alcanzan. La propia identidad de la enseñanza de Religión evangélica determina las orientaciones metodológicas necesarias para que docentes y discentes desarrollen el currículo de acuerdo con las decisiones de concreción del mismo adoptadas en las correspondientes programaciones didácticas y secuencia de unidades didácticas. Como parte de todo el currículo cursado por el alumnado de Educación Secundaria Obligatoria, la programación de enseñanza de Religión evangélica debe integrarse en el proyecto educativo de cada centro en que se imparte desde la coherencia con los valores, objetivos y prioridades del mismo que contribuye a enriquecer.

En el desarrollo de este currículo, los docentes que imparten enseñanzas de Religión evangélica tienen un especial protagonismo al integrar su capacitación específica en el área que imparten, su conocimiento y participación en el contexto en que lo hacen, y su identidad personal como cristianos convencidos del mensaje y la labor que desarrollan. En este sentido adquiere una relevancia significativa, dentro de las funciones que comparte con el resto del profesorado de la etapa, la de elaborar la programación didáctica y diseñar y desarrollar las unidades didácticas y las tareas de clase según las características de su entorno educativo y necesidades de su alumnado.

En la aplicación práctica de estas programaciones el profesorado ha de tener en cuenta que los alumnos y alumnas aprenden cuando participan en experiencias, sean estas reales, simuladas o ficticias. En este sentido, el profesor de Religión evangélica se convierte en un facilitador de experiencias en las que, además de plantear los contenidos y actitudes que se pretende enseñar, diseña situaciones que ponen en contacto a su alumnado con personajes bíblicos y con situaciones ricas en las que poner en práctica los principios del cristianismo evangélico. Tiene también una función mediadora, aportando en el proceso de enseñanza y aprendizaje los recursos y medios necesarios para la interpretación los hechos, ideas, principios, datos o valores, y se constituye en guía, aportando una visión bíblica de los mismos y modelos de aplicación práctica en situaciones cotidianas. Tiene, por último, un valor de modelo puesto que el alumnado tiende a aprender subliminalmente actitudes de las personas de autoridad. Por ello, los profesores de Religión evangélica han de asumir un rol ético propio de actitudes cristianas y una función de guía que aporte al alumnado los recursos, medios y orientaciones necesarios para que sean capaces de elaborar sus propias interpretaciones y conclusiones personales a partir de las situaciones planteadas.

El alumnado que aprende Religión evangélica ha de ser un alumnado activo, a quien se le propone múltiples situaciones de búsqueda y participación y de quien se espera que proponga a su vez respuestas diversas para las mismas. Es prioritaria su capacitación, desde edades tempranas, en el conocimiento y el manejo de la Biblia, pues ha de remitirse a esta a lo largo de todo su aprendizaje como fuente básica para la comprensión del modo en que Dios se ha acercado y revelado al ser humano. Esta capacitación para la investigación bíblica se complementa con el uso de fuentes extrabíblicas, en ocasiones coincidentes con otras materias que también estudia (literarias, históricas, documentales) como garantía de la complementariedad de la enseñanza de Religión evangélica con el resto del currículo y su aportación a la formación integral del adolescente.

Tener en cuenta el aprendizaje en esta edad implica tomar en consideración sus propios intereses y sus características evolutivas a la hora de plantear distintas situaciones de aprendizaje. Es por eso que, a lo largo de la etapa, la enseñanza de Religión evangélica debe tender a facilitar una cada vez mayor autonomía del alumno y una progresión desde el conocimiento inmediato hacia mayores cotas de abstracción. Se deben potenciar a medida que se avanza en la etapa situaciones con una cada vez mayor dosis de confrontación y ejercicio crítico, que permitan al alumnado afianzar la fe y valores cristianos que adquiere. Lógicamente, todo en un clima de libertad y convivencia, en el que no se pretende tanto que el mensaje sea aceptado cuanto que sea aprendido. No se pretende imponer externamente virtudes, creencias o modos de comportarse, pero sí esperar que fluyan en el alumnado a partir de convicciones suficientemente profundas.

La enseñanza de Religión evangélica se plantea simultáneamente como un espacio de aprendizaje de la convivencia, tanto en los grupos de edad que se constituyen para impartirla, como en el conjunto del centro y del grupo clase donde se convive con otros compañeros y otras opciones. Para ello el docente planificara tareas dinámicas de aprendizaje con flexibilidad para adaptarse a las diferentes situaciones personales y/o grupales.

De igual modo el docente ha de reflexionar sobre la gestión del tiempo al proponer al alumnado las tareas propias de la materia, a fin de que estas permitan al alumnado trabajar de manera adecuada tanto cuando está aproximándose por primera vez a las propuestas como cuando está revisando su trabajo. El docente de Religión evangélica debe, en definitiva, gestionar el tiempo y los espacios de trabajo de manera que facilite el trabajo activo y responsable del alumnado.

Es pertinente plantear la relevancia de los recursos didácticos entre las decisiones metodológicas a adoptar, de manera que está en la propia identidad del área el uso prioritario de la Biblia como recurso básico e imprescindible. No obstante, se incluirán en el proceso de enseñanza y aprendizaje otros materiales, impresos, digitales o de otro tipo, que se incorporan como medios para estimular el estudio de la Biblia. El docente de Religión evangélica participa en la producción de estos materiales y en su difusión e intercambio en foros específicos creados en el marco de FEREDE, que tienen la importancia de ser un espacio de crecimiento profesional al facilitar la formación e innovación permanente del profesorado.

En cuanto a las estrategias metodológicas propiamente dichas no se identifica la enseñanza de Religión evangélica con un único método universalmente aplicado, sino que es el docente el que debe adoptar decisiones concretas de cómo trabajar y orientar el trabajo en cada caso para alcanzar los fines previstos, con las máximas cotas posibles de calidad, de acuerdo con el contexto en que se ubica. En cualquier caso, al adoptar estas decisiones metodológicas el docente debe tener en cuenta la importancia de estimular la motivación del alumnado, potenciar su autoestima y su autonomía, desarrollar estrategias de trabajo compartido y potenciar la comunicación con las familias.

Por último, la evaluación de Religión evangélica se entiende como descripción de los aprendizajes logrados por el alumnado y debe diferenciarse, para evitar reducirla a ella, de la calificación o juicio que es pertinente dar al finalizar cada unidad de tiempo previsto para ello (trimestral, anual o al finalizar la etapa).

Es necesario destacar que la evaluación de Religión evangélica, como en toda la etapa, será continua, y tendrá como referente los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables establecidos en cada uno de los cursos, y atenderá a las características personales de cada alumno a fin de facilitar la individualización necesaria para garantizar el éxito de todos. Por ello, a la hora de formular pruebas conducentes a una calificación, se ha de cuidar no expresarlas de modo que presuponen que el alumno asume afirmaciones que son declaraciones de fe cristiana, cuando realmente no las asume, ni está obligado a ello.

Se considerarán las diferencias entre los referentes conceptuales y procedimentales, por un lado los actitudinales, por otro, debido a que en el ámbito de las actitudes y en el marco de esta materia (tal y como ha sido concebida en el contexto del sistema educativo) la respuesta de los alumnos es y debe ser voluntaria, sin afectar su decisión a la ponderación de la calificación.

No obstante, los referentes actitudinales pueden y deben ser objeto de evaluación, aunque no se pueden evaluar del mismo modo que el cognitivo y procedimental. En la evaluación de las actitudes ha de esperarse respuestas voluntarias, no sistematizadas, sino representativas: indicios de la actitud o actitudes que se pretende que los alumnos aprendan. Para ello es imprescindible que el docente, en su metodología, cuente con registros adecuados de recogida de información basados en los propios elementos del currículo, y que cuente también con estrategias de autoevaluación por el propio alumnado y de comunicación fluida con las familias. Esta participación del alumnado y sus familias, en conjunción con la labor del docente de Religión evangélica, puede contribuir a que el desarrollo personal, espiritual y social del alumnado tenga lugar de modo coherente.

La enseñanza de Religión evangélica, también en la Educación Secundaria Obligatoria, contribuye al desarrollo integral del individuo, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente de ordenación del sistema educativo. En este sentido asume que cualquier aprendizaje, para serlo, ha de ser significativo y permitir la movilización y aplicación en situaciones reales, por complejas que sean, de lo aprendido. La enseñanza de Religión evangélica persigue, por tanto, que todo el alumnado adquiera conocimientos, desarrolle destrezas y habilidades y manifieste actitudes propias de ciudadanos responsables y críticos, capaces de conocer la realidad, interpretarla, actuar en ella, resolver situaciones problemáticas desde la base de la fe cristiana.

………….

Ver el texto completo en el BOE:

Resolución de 23 de julio de 2015, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el currículo de la materia Religión Evangélica en Educación Secundaria Obligatoria.

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