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Instrucciones de la Junta de Andalucía sobre matriculación en religión para el curso 2015/16

INSTRUCCIONES DE 28 DE MAYO DE 2015, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y CENTROS, SOBRE EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA RECABAR LA INFORMACIÓN RELATIVA A LA ENSEÑANZA DE LA RELIGIÓN EN LA MATRÍCULA DEL ALUMNADO EN LOS CENTROS DOCENTES QUE IMPARTEN ENSEÑANZAS DE SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA, EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA O BACHILLERATO, PARA EL CURSO ESCOLAR 2015/16.

El apartado 2 de la disposición adicional segunda del Decreto 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación infantil en Andalucía, y de la disposición adicional primera del Decreto 97/2015, de 3 de marzo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, dispone que la Administración educativa garantizará que, al inicio de curso, los padres, madres o quienes ejerzan la tutela legal de los alumnos y alumnas puedan manifestar su voluntad de que éstos reciban o no enseñanzas de religión.

gualmente, el apartado 2 de la disposición adicional segunda del Decreto 231/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación secundaria obligatoria en Andalucía, y de la disposición adicional tercera del Decreto 416/2008, de 22 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes al bachillerato en !ndalucía, dispone que la Administración educativa garantizará que, al inicio de curso, los alumnos y alumnas mayores de edad y los padres, madres o quienes ejerzan la tutela legal de los alumnos y alumnas menores de edad puedan manifestar su voluntad o no de recibir senseñanzas de Religión.

)on el fin de facilitar el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa anteriormente citada, esta Dirección General tiene a bien dictar las siguientes Instrucciones, en el marco de las competencias atribuidas:

Primera. Los centros docentes que imparten enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria o bachillerato, informarán a los padres, madres o quienes ejerzan la tutela legal del alumnado, o a éste si es mayor de edad, de que el centro oferta la enseñanza de religión, de aquellas confesiones con las que el Estado tiene suscritos Acuerdos y, en su caso, de la materia alternativa a esta enseñanza: Valores sociales y cívicos (Primaria)/Valores ,ticos (E.S.O.)/Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos (Bachillerato).

7egunda. Los padres, madres o quienes ejerzan la tutela legal del alumnado, o éste si es mayor de edad, que quieran manifestar su deseo de cursar voluntariamente enseñanzas de religión,lo harán cumplimentando el impreso que como Anexo acompaña a estas Instrucciones y que les será  facilitado por el centro docente junto con el resto de la documentación necesaria para la matrícula.

Tercera. El impreso al que se refiere la instrucción anterior, una vez cumplimentado, se entregará, junto con el resto de la documentación, al realizar la primera matrícula en el centro correspondiente sin perjuicio de que la decisión adoptada pueda modificarse al formalizar la matrícula para cursos posteriores.

Cuarta. Los centros docentes tendrán en cuenta lo establecido en el apartado 3 del artículo 81 del Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre (BOE de 19 enero de 2008) por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Quinta. Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Educación, Cultura y Deporte darán traslado de las presentes Instrucciones a los directores y directoras de los centros docentes a los que les son de aplicación en el ámbito territorial de su competencia, a través de los Servicios correspondientes, y velarán por el cumplimiento de las mismas.

Sexta. Las presentes Instrucciones serán de aplicación para el curso escolar 2015/16.

Sevilla, 28 de mayo de 2015.
LA DIRECTORA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y CENTROS

Fdo.: Elena Marín Bracho.


Ver el PDF de las Instrucciones:

Instrucciones de la Junta de Andalucía sobre matriculación en Religión para el curso 2015-16

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