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Reclaman el horario mínimo en religión y la laicidad en el currículo de Primaria

“se deben incluir para favorecer la integración en la diversidad los principios de respeto a la libertad de conciencia del alumnado, pues esta constituye un aspecto esencial de la persona sin el que no se entienden otros derechos y libertades”

La Consejería de Educación está elaborando el desarrollo curricular de Primaria y Andalucía Laica ha sido consultada al respecto. La respuesta de la organización laica “se centra en dos bloques, uno que trate de eliminar las prácticas confesionales en la escuela (simbología, actividades escolares confesionales, discriminación, vulneración de la libertad de conciencia, …), y el otro para limitar el horario de religión al mínimo establecido en la LOMCE, favoreciendo así las materias propias de la institución escolar de acuerdo con lo que marca el propio Estatuto de Autonomía.

De acuerdo con su escrito de fecha 22 de enero, en el que se nos informa sobre el proyecto de Orden por el que se desarrolla el currículo de educación primaria, para que manifestemos lo que consideremos pertinente, y dentro del plazo concedido en dicho escrito, hacemos las siguiente consideraciones:

Principios para el desarrollo del currículo

En este apartado entendemos se deben incluir para favorecer la integración en la diversidad los principios de respeto a la libertad de conciencia del alumnado, pues esta constituye un aspecto esencial de la persona sin el que no se entienden otros derechos y libertades. Así como la potenciación del pensamiento crítico basado en la racionalidad.

En ese sentido, el desarrollo de actividades tanto escolares como complementarias o extraescolares no puede suponer discriminación o vulneración de la libertad de conciencia y de la laicidad de la enseñanza. Las actividades de tipo confesional sólo tendrán cabida dentro del aula y el horario de religión.

Los centros educativos sólo podrán tener expuestos los símbolos oficiales.

Horario

El horario que establezca la Orden, debe establecer que los horarios que el centro distribuya, en el ejercicio de su autonomía, serán para ampliar horario de troncales, o proponer refuerzo de troncales.

En ningún caso parece justificado que este horario extra deba aplicarse a las materias específicas, pues su función debe ser mejorar los aspectos fundamentales (las troncales) en base a las características del centro y del alumnado.

La propuesta de la Consejería permitiría que el horario de religión se mantuviese en la carga lectiva actual, al poder asignar el centro uno de los módulos previstos, en detrimento de la formación y las enseñanzas propias de un centro escolar, las materias troncales. Asimismo se favorecería el confesionalismo en contra de lo establecido en el Estatuto de Autonomía de Andalucía, en cuyo artículo 21 se establece: “La enseñanza pública, conforme al carácter aconfesional del Estado, será laica””.


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