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La Iglesia registra la marca ‘Mezquita de Córdoba’ que niega en el monumento

Si alguien quiere usar la marca Mezquita de Córdoba para, por ejemplo, diseñar una camiseta tendrá que pedir permiso (y probablemente pagar) a la Iglesia de Córdoba. El Cabildo Catedralicio registró, en agosto de 2008, la marca ‘Mezquita de Córdoba’ en la Oficina Estatal de Patentes y Marcas. El registro se produce sobre un nombre, el de Mezquita a secas, que el propio Cabildo niega para llamar al monumento cordobés, al que tanto en sus folletos turísticos como en sus distintos comunicados de prensa denomina como “la Catedral de Córdoba” y en ocasiones añade, tras una coma, “antigua mezquita aljama”.
Este periódico ha tenido acceso a la nota registral de la marca ‘Mezquita de Córdoba’, efectuada por el Cabildo en agosto de 2012. Apenas un par de meses después, la Iglesia registró también la marca “Catedral de Córdoba” con una justificación idéntica a la primera. En España se pueden registrar marcas sobre 45 clases distintas de productos, según la conocida como Clasificación de Niza. En los dos casos, el Cabildo registra las marcas Mezquita y Catedral (por separado, no lo hace con el nombre de Mezquita Catedral asumido como el denominador natural del monumento tras la aprobación del Pleno del Ayuntamiento de Córdoba). La Clasificación de Niza es una clasificación de los productos y servicios para el registro de las marcas de fábrica o de comercio y las marcas de servicios. El solicitante español debe indicar la clase o clases para la que solicita la marca, en el momento de la solicitud.
De esta manera, el Cabildo ha registrado la marca, por ejemplo, para su uso en productos de cosméticos, joyería, instrumentos de cuchillería, todo tipo de aparatos tecnológicos, metales preciosos, muebles, ropa, juguetes, artículos de cuero, productos alimentarios, café, té, cacao, cervezas, agua mineral, vinos, publicidad, seguros, servicios de telecomunicaciones, transporte, servicios de educación, hospedaje, servicios veterinarios y hasta médicos.
Este registro se ha producido después del que ya hizo la Iglesia en 2006 sobre la totalidad del monumento cordobés, cuando inmatriculó su propiedad amparándose en la Ley Hipotecaria española. También se ha hecho antes de que surgiese la plataforma ciudadana Por una Mezquita Catedral de todos.
El registro de la marca de la Mezquita y el de la Catedral de Córdoba tienen una única diferencia. En el caso de la Catedral, el Cabildo ha incluido un logotipo, que es el que habitualmente usa tanto en su página web, como en sus notas de prensa, comunicaciones oficiales y también en los tickets de las entradas que pagan los turistas cada que vez que quieren visitar el inmueble.
Los carteles no nombran la Mezquita. // ENRIQUE GÓMEZ
Los carteles no nombran la Mezquita. // ENRIQUE GÓMEZ
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