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Regulación legal de la Obra Pía de los Santos Lugares 2014

Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa.

El gobierno ha incluido en una ley "cajón de sastre" (Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa.) publicada en el BOE en el día de hoy, la regulación de la entidad obsoleta y confesional: Obra Pía de los Santos Lugares.

En el archivo anexo encontrará las páginas del BOE que hacen referenacia a la Obra Pía de los Santos Lugares y su nueva regulación.

En la justificación de la ley se puede leer literalmente:

«La Ley de 3 de junio de 1940 creó la Obra Pía de los Santos Lugares de Jerusalén como una institución autónoma del Estado, adscrita al entonces recién creado Ministerio de Asuntos Exteriores, al entender que España no podía abdicar de su pasado histórico e influencia en Oriente Medio en los órdenes político, comercial, cultural y religioso. Transcurridos más de setenta años desde entonces, con un nuevo orden constitucional vigente, un nuevo marco de relaciones con la Iglesia Católica, y un conjunto de disposiciones posteriores rectoras de las entidades del sector público estatal, resulta inexcusable acometer la modificación de su ley de creación con una triple finalidad. En primer lugar, para actualizar y enumerar con claridad sus fines y las competencias que se le atribuyen para su adecuado cumplimiento; en segundo lugar, para definir, de acuerdo con el ordenamiento vigente, su naturaleza y establecer su régimen patrimonial, contractual, presupuestario, contable, fiscal y de control. Y, en tercer lugar, para prever que se dote a la entidad de un nuevo estatuto que establezca una organización y unos criterios de funcionamiento acordes con los generales de la organización y modos de actuación de las entidades de la Administración Pública española de nuestros días.»

BOE Obra Pía Santos Lugares

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