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Justicia prohíbe honrar a “Virgen del Carmen de Cuyo” en escuelas públicas de Argentina

Se señaló en la prohibición que no deben “impartirse clases alusivas ni realizar carteleras, entrevistas, proyección de videos, actividades diversas en las que participen alumnos, docentes y miembros de la comunidad o personalidades relevantes”.

La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) en la Provincia de Mendoza, Argentina, consiguió que la justicia prohibiera la celebración de fechas religiosas en las escuelas públicas. La jueza María Eugenia Ibaceta, las fiestas religiosas en las escuelas son inconstitucionales, ya que el Estado argentino es laico.

Así que se ordenó que en las escuelas públicas de la provincia no se conmemore “este año el Día de la Virgen del Carmen de Cuyo”, como sucede cada año en torno del 8 de septiembre.

También se señaló en la prohibición que no deben “impartirse clases alusivas ni realizar carteleras, entrevistas, proyección de videos, actividades diversas en las que participen alumnos, docentes y miembros de la comunidad o personalidades relevantes”.

La APDH de San Rafael, cuyo presidente, Ricardo Ermili, no ocultó su sorpresa en diálogo con el tabloide. “Estamos contentos por la respuesta. Es una resolución de la Dirección General de Escuelas que se repite todos los años”.

Sin embargo, el director jurídico del organismo, Sergio Bonsangue, adelantó que podría apelar porque “no podemos dejar pasar esta situación”.

La presentación judicial de APDH fue realizada el 3 de julio, pero la magistrada no llegó a fallar antes del día del Patrono Santiago por la tramitación misma del pedido. Para tomar su decisión, la jueza Ibaceta hizo suyos los argumentos con los que había reclamado la entidad de derechos humanos, que en el planteo había señalado que la propia Constitución provincial establece que la educación debe ser laica, como respaldan “tratados que hablan de la libertad de pensamiento, de la libertad de culto, del derecho de los padres a elegir la instrucción religiosa de sus hijos y también que esto es discriminación, porque da preferencia al sector católico y determina la exclusión de los no católicos”, señaló Ermili.

 

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