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Informe de Europa Laica sobre las personas que imparten religión en los centros

Ante una vergonzante pasividad e incluso complicidad y apoyo de algunos sindicatos y de responsables públicos?

Dos de octubre de 2012

RELIGIÓN EN LA ESCUELA PÚBLICA

 

BREVE INFORME ELABORADO POR EUROPA LAICA

 

SOBRE LAS PERSONAS, DESIGNADAS POR LO OBISPADOS, PARA IMPARTIR RELIGIÓN CATÓLICA EN LOS CENTROS DE ENSEÑANZA DE TITULARIDAD PÚBLICA.

 

LA CONTRATACIÓN DE ESTOS CATEQUISTAS NOS CUESTAN MÁS DE 500 MILLONES DE EUROS AL AÑO.

 

CON LA DEDICACIÓN, DE ESTAS PERSONAS A OTRAS TAREAS, PREVISIBLEMENTE, SE PUEDEN DEJAR DE CONTRATAR UNOS 7.000 INTERINOS AL AÑO EN EL CONJUNTO DEL ESTADO.


Ante la vergonzante pasividad e incluso complicidad y apoyo de algunos responsables sindicales y políticos…

 

Si ya es un hecho lamentable lo que ocurre con este tema, el escándalo se acentúa cuando, en pleno periodo de recortes, en la no contratación y/o despido de docentes interinos (algunos con muchos años de servicio) y ante una grave disminución y movilidad forzada de plantillas, se dediquen más de 500 millones de €, para pagar el salario a los personas que designan los obispos para impartir religión católica.


Desde un punto de vista objetivo, una diversidad de casuísticas que se están dando (y que se están propagando, poco a poco) en muchos centros de titularidad pública, al destinar a estas personas, designadas por los obispados, a otras tareas docentes e incluso de gestión y a completar horarios, como más abajo explicamos, pueden estar suponiendo, si se extiende aun más, la NO contratación de unos 7.000 interinos, aproximadamente, en todo el Estado.


Ya no digamos el grave significado ideológico de esta situación, ya que se produce una inmersión católica en los centros, aun más acentuada.

 

Estas personas designadas por los obispados para impartir religión católica, tienen la misión pastoral de difundir el catecismo y tratar de cristianizar los centros, a través de: enseñar la doctrina católica y hacer proselitismo religioso, participando en seminarios y departamentos, fomentando actividades extracurriculares de carácter religioso y de montar estrategias para el fomento de la “caridad”, que tan buenos resultados “políticos” da a las religiones en todo el mundo.

 

Para que esta situación se dé, los poderes públicos consienten en que se les otorgue un status laboral y un trato privilegiado, manteniéndoles su plaza fija (año tras año) y abonándoles la paga los meses del verano (hecho que no ocurre con los interinos, por ejemplo).


Y, lo que es muy grave, permitiendo o fomentando que asuman tareas curriculares y de gestión que no les corresponden, como por ejemplo: Dedicarse a la “atención educativa” del alumnado que no solicita religión (ya muy mayoritario en Secundaria), suplir -en el aula- algunas bajas de docentes e, incluso, impartir otras asignaturas del currículo para completar horario en el mismo centro o desplazándose a otros centros.

 

Todo ello, con distintas actuaciones en según qué Comunidad Autónoma y/o centro, ya sea por la vía de “Convenios colectivos”, como en Euskadi *(Nota 2), o, sin más, a través de directrices y normativas internas de los Departamentos de Educación correspondientes (Cataluña, CLM, Andalucía, Canarias, etc.) o por una torticera y confesional interpretación de la norma de algunas direcciones de los centros y de los servicios de inspección, vulnerando, así -muy gravemente- la Constitución y hasta el RD de 1 de junio de 2007, que regula la relación del personal laboral de religión (BOE 9.6.07), de acuerdo con la disposición adicional tercera de la LOE. Que expresa, en resumen: “Estas personas sólo se dedicarán a impartir religión católica y cobrarán su salario sólo en base a las horas que dedique a esta tarea

 

Esta situación anómala además de injusta, es ilegal, no se atiene los principios de igualdad, mérito y capacidad que proclama la Constitución y la normativa internacional para ejercer la función pública, perturba el normal funcionamiento de la organización de los centros y vulnera el principio de laicidad de las instituciones públicas (en este caso docentes) que establece, también, la Constitución.

 

Resulta sorprendente que unos catequistas designados por los obispos para adoctrinar en colegios e institutos, cuando les faltan alumnos, (crece cada año la NO solicitud de religión) el Estado y algunos sindicatos aceptan que se les mantenga en sus puestos, ampliando sus funciones, de forma ilegítima.

 

Es incomprensible que una persona designada por los obispos, a los que tienen que manifestar su catolicismo militante, para completar su horario, el Estado acepte que impartan clases de ciencias, de historia, de literatura de forma ilegal, ya que, por una parte, NO han pasado por ningún proceso selectivo para poder ejercer la función pública docente, demostrando sus conocimientos y capacidad, sino que ellos han sido seleccionados por ser fieles a la doctrina de la iglesia católica, algo que en la mayoría de los casos está en contra de la ciencia (ej. creacionismo, biología), historia (ej. nacionalcatolicismo franquista,…).

 

A MODO INFORMATIVO INDICAR QUE:


En el conjunto del Estado, en las etapas no universitarias, los centros de enseñanza de titularidad pública representan un 75%, y el alumnado que asiste a la enseñanza pública un 68%, aproximadamente.

 

En la media de estos centros -aproximadamente- más de un 46% del alumnado NO solicita ir a Religión, según informes oficiales del curso 2009-10 *(Nota 1). Y los porcentajes crecen año tras año.


GRAVEDAD DE PERCEPCIÓN:

 

Según percibimos podemos estar ante la antesala de que estas personas puedan ser nombradas directores de los centros públicos, si nos atenemos a los pasos que se están consolidando (poco a poco) y a la propuesta de reforma de la LOE que el PP acaba de presentar.


POR ELLO

 

NO se puede admitir que, por la vía de unos hechos y situaciones lamentables, la Escuela de titularidad pública se convierta en un lugar de adoctrinamiento general acomodando las materias, el currículo, el proyecto educativo, las actividades extracurriculares… a la doctrina católica.


Al mismo tiempo que denunciamos estos hechos, denunciamos a las organizaciones sindicales y políticas que se hayan convertido (o que se puedan convertir) en cómplices de esta vergonzante situación y especialmente a la Administración Educativa, en según qué casos y casuística, por cierto, muy diversa en el conjunto del Estado.

___

*Nota (1)

Diversos informes del MEC y del Consejo Escolar del Estado nos indican que hasta el curso 2009-10 el alumnado que en centros de titularidad pública NO asistían a clase de religión católica era de:


26% en Primaria. 55% en Secundaria 65% en Bachilleratos y FP. Lo que nos da una media, al menos, de un 46% de alumnado de todas las etapas no universitarias que en la enseñanza pública no asiste a religión. De los datos oficiales, por CCAA, que nos ofrecía el último Informe Anual publicado por el Consejo Escolar del Estado (página 646. Cuadro IV.2.11.1), referido al curso 2009-2010. El número de alumnado no universitario que cursaba religión católica en el conjunto de las CCAA, en la enseñanza pública y privada era de 3.128.358, de un total de 6.795.938 (sin contabilizar el primer ciclo de infantil), ello nos situaba en un porcentaje de alumnado que no solicitaba religión de un 46%.


En resumen según datos oficiales: El alumnado (curso 2009-10) que en todas las etapas no universitarias en la Escuela de titularidad Pública de todo el Estado solicitan religión católica era de un 53%, los que solicitan otras religiones (islámica, evangélica, judía) se sitúa en el 1% y los que NO solicitan ninguna religión era el 46%. Por territorios hay sensibles diferencias: Por ejemplo en los dos extremos: En Euskadi y Cataluña… NO solicitan religión una media de un 65% del alumnado y en el otro extremo en Andalucía y Canarias, NO solicitan religión una media de un 35%, todo ello, en una media de todas las etapas.

________

*Nota (2)


(*)Acuerdo adoptado en Mesa Negociadora, firmada, en la representación sindical, por ELA. Pablo de la Iglesia. CCOO: Iñaki Marquinez. FETE-UGT. Por la Administración: la Directora General de Personal. En fecha 4 de mayo de 2009. Afecta a personal de religión designado para Secundaria y Bachillerato. Se aplica desde el cuso escolar 2009-2010.


Texto: “En el caso de que las horas de religión no sean las suficientes para configurar plaza se aplicará la misma normativa que al resto de laborales, por lo que accederán a plazas mixtas diseñadas con las horas de religión y otras actividades docentes, incluidas las horas lectivas de otras asignaturas acordes con su titulación”.

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