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“No hay plena libertad religiosa si no hay plena igualdad religiosa”

Mientras se debate la reforma del Código Civil, representantes de diferentes credos reclaman que la Iglesia Católica deje de ser una “persona jurídica de carácter público”. El proyecto que se discute en el Congreso mantiene ese status.

El papel de la fe religiosa es ayudar a la razón para que descubra con claridad esos principios morales y los aplique rectamente. Es por ello que los católicos tenemos no sólo el derecho, como todo ciudadano, sino también la obligación, de hacer nuestro aporte al debate público." Con esa aclaración, los 20 obispos que encabezan la Conferencia Episcopal Argentina (CEA) presentaron sus observaciones al proyecto de reforma al Código Civil, un mensaje que reiteró el titular de la CEA, monseñor José María Arancedo, ante los legisladores de la comisión bicameral encargada de estudiar la propuesta. Si bien el tono de estas intervenciones reflejó una posición menos confrontativa o estridente que la adoptada en discusiones parlamentarias anteriores –especialmente durante la sanción del Matrimonio Igualitario–, legisladores, juristas y organizaciones de la sociedad civil respondieron públicamente a Arancedo y cuestionaron que la Iglesia siga considerándose dueña de una verdad moral.

Es, justamente, ese status de superioridad, uno de los temas que se encuentran en discusión a raíz del proyecto de reforma del Código. Representantes cristianos y también agrupaciones de laicos y organizaciones del movimiento de mujeres asistieron a las audiencias en el Congreso para reclamar que la Iglesia deje de ser considerada "una persona jurídica de carácter público", tal como la define el inciso c del artículo 146 de la propuesta elevada por el Ejecutivo. Esa categoría le otorga una posición excepcional frente a los otros credos que, según el artículo 148, conforman "personas jurídicas privadas" y no tienen siquiera una figura legal propia, debiendo inscribirse como asociaciones civiles sin fines de lucro, categoría que comparten, por ejemplo, con los clubes de fútbol.
 
"No hay plena libertad religiosa si no hay plena igualdad religiosa. No es cuestión de estar en contra de la Iglesia. Es por una cuestión de principios. El Código Civil actual no prevé ni siquiera un sistema para organizar a las diferentes creencias", explica Daniel Favaro, pastor de la Iglesia Evangélica Metodista Argentina e integrante de la Mesa de Diversidad Religiosa y Creencias del Instituto Nacional contra la Discriminación (INADI).
"Nos enfrentamos con dificultades administrativas, como la venta de un inmueble o la elección de autoridades. Pero, además, la desigualdad entre credos se expresa en otros detalles. Hospitales y cárceles cuentan sólo con servicios de capellanía. El trato con la Iglesia es siempre diferente, sus miembros actúan como si fueran funcionarios. No pedimos ser personas públicas. Abogamos por un Estado laico y queremos a todos los credos en pie de igualdad, con las mismas condiciones para profesar", agregó Claudia Lombardo, integrante de la Federación Argentina de Iglesias Evangélicas (FAIE).
 
El tema es sensible y son pocas las voces oficiales que aceptan pronunciarse al respecto. El presidente de la Corte Suprema, el doctor Ricardo Lorenzetti, explicó que durante el proceso de redacción del anteproyecto se escucharon distintas posiciones, pero se terminó por no contemplar esa modificación al tratarse de un "problema de legislación especial y de política de gobierno". Quienes defienden la permanencia de ese inciso, argumentan que no se puede eliminar sin modificar antes a la Constitución –donde el Estado se compromete a sostener el culto católico apostólico romano– y recuerdan que además existe un acuerdo firmado con el Vaticano que data de 1966. "El tema abarca un replanteo general que hace a aspectos de orden constitucional, internacional y de derecho interno. Esto implicaría un cambio de paradigma con respecto a la relación entre Estado e Iglesia. Son temas que merecen ser discutidos. Pero el Código es sólo un aspecto", declaró a Tiempo Argentino el senador Marcelo Fuentes, presidente de la comisión bicameral (ver aparte).
 
El argumento de la Iglesia, tal como lo explicó a este diario el asesor de la CEA y profesor de la Universidad Católica Argentina, Juan Navarro Floria, es que "la condición de persona jurídica pública es incluso previa a la organización nacional, y en todo caso deriva del reconocimiento que hace de ella la propia Constitución Nacional". En ese sentido, Floria defiende el reconocimiento de "las iglesias y comunidades religiosas" como un tipo especial de persona jurídica, dentro del artículo 148.
 
Sin embargo, hay quienes sostienen que no hace falta postergar el debate porque el nuevo Código implicará también cambios en otros planos, que también requerirán legislaciones especiales para su aplicación. Un ejemplo de ello es la inclusión de temas como la fertilización asistida o la maternidad subrogada, dos métodos de reproducción sobre los que no hay leyes promulgadas. "Ninguna de las otras normas relacionadas a la Iglesia Católica impone la obligación de mantener su carácter público. De hecho esto fue una imposición arbitraria de la dictadura de Onganía, la que de ningún modo se regía por los principios constitucionales. Sólo se requiere de voluntad política para aceptar el desafío histórico", subrayó Fernando Lozada, miembro de la Coalición Argentina por un Estado Laico (CAEL).
 
Al ser consultados por este diario, líderes musulmanes prefirieron no manifestarse sobre el tema. Pero el rabino Daniel Goldman, de la comunidad Bet-El, coincidió con el planteo de Lozada y hasta exigió que se incluyan otros temas polémicos como la legalización del aborto. "Invitaría a los legisladores a que escuchen más el alma de la gente y menos a las instituciones religiosas. Tenemos que empezar a comprender con profundidad que vivimos en una sociedad donde se reconoce la diversidad en un sentido amplio. Abogo por un Estado laico que respete a las minorías y a la desregulación de los credos", concluyó.
 
Sobre el tema, hubo incluso voces críticas dentro del catolicismo. Nicolás Alessio, el cura expulsado por la Iglesia Católica por sus declaraciones a favor del Matrimonio Igualitario, afirmó que este privilegio debe desaparecer, por ser "un resabio histórico", y agregó: "La estrategia de la Iglesia es parecer menos prepotente y pararse desde un lugar de mayor respeto por la diversidad. Pero es sólo eso, una estrategia. La Iglesia sigue considerándose dueña de una verdad moral, pero el Estado debe ser completamente laico."
 
Cuánto cuesta el artículo 2
 
Cómo interpretar el sostenimiento del artículo 2 de la Carta Magna es un tema que genera controversias, pero según diversos fallos de la Corte Suprema de Justicia, suele limitarse a su aspecto económico. El organismo responsable de las partidas del presupuesto nacional a los religiosos es la Secretaría de Culto de la Nación. Desde esa institución, explicaron que en la actualidad esa cifra trepa a 40 millones de pesos anuales, y que el sueldo de un obispo ronda los 10 mil pesos. Ninguno de los purpurados paga aportes, cargas sociales o Impuesto a las Ganancias. Más allá de estas cifras, el verdadero beneficio viene del apoyo económico a las escuelas confesionales o a mejoras edilicias. Es difícil de estimar en su conjunto, pero la CAEL considera que el número final trepa a 2000 ó 3000 mil millones de pesos al año.
El asesor de la CEA, Juan Navarro Floria, precisó sobre este tema: "Ese aporte no es un privilegio, porque lo reciben en igualdad de condiciones las escuelas de todas las religiones. En realidad, es un ahorro para el Estado, que gasta menos en educación pagando parte de los sueldos del personal de las escuelas de gestión privada, que si pagara el costo íntegro de escuelas de gestión estatal para los mismos alumnos."
 
"separar a la iglesia del estado es una necesidad"
 
–¿Es posible la modificación del artículo 146 del proyecto de reforma?
–El tema abarca un replanteo general, que hace a aspectos de orden constitucional, internacional y de derecho interno. Implicaría un cambio de paradigma con respecto a la relación entre Estado e Iglesia. Son temas que merecen ser discutidos. Se necesita una reforma integral. El Código es sólo un aspecto.
–¿No se pierde una oportunidad?
–Es que no se debe recargar al Código con cuestiones que hacen a otros parámetros de derecho. El Código no inventa nada nuevo, armoniza normas que ya fueron dictadas. Coincido en la necesidad de que haya libertad e igualdad religiosa. Los demás cultos no pueden ser simples asociaciones porque se genera desigualdad. Además, hoy somos todos conscientes de la necesidad de separar a la Iglesia del Estado, pero esta discusión es más un tema para la reforma de la Constitución.
–¿Cambió la actitud de la Iglesia?
–Hay un cambio de tono. No es lo mismo que el mensaje sobre el Matrimonio Igualitario, la mayor derrota de la Iglesia, donde directamente hubo un llamado a la milicia católica. Aun así, cuando dicen que el Código quiere imponer un modelo de familia basado en el individualismo, faltan a la verdad. El Código reconoce la autonomía en los modelos de familia. La Iglesia, además, llama a los legisladores a tomar conciencia más allá de sus lealtades partidarias. No necesitamos que nos indiquen eso, muchos menos cuando el mensaje viene de una institución tan vertical. Les recuerdo a los obispos que ellos tienen la tarea de prepararse para una sociedad cambiante.
–¿Incorporarán otras modificaciones?
–La tarea implica una interacción entre poderes. El anteproyecto realizó más de 10 mil consultas, e introdujo 230 modificaciones consensuadas. En caso de que la comisión introduzca cambios, deberá armonizarlos con la comisión redactora, para no perder la estructura original. Se pueden hacer modificaciones, pero eso requiere de un proceso particular. 
 
Contacto directo
 
61,1 por ciento de los argentinos creyentes se relacionan con Dios "por su propia cuenta", según la 1º Encuesta sobre Creencias y Actitudes Religiosas.
 
Cultos
 
Las confesiones religiosas en Argentina son 20, cifra que para la Secretaría de Cultos representa al pluralismo y la libertad de culto que hay en el país. Los grupos que más crecieron en los últimos años son los evangélicos y, entre ellos, los pentecostales. En la actualidad, hay 4 mil iglesias evangélicas en todo el país.
Son pocos los requisitos para ingresar en el Registro Nacional de Cultos, entre ellos, entregar datos sobre autoridades responsables, dependencia de otras instituciones, número aproximado de adherentes, ubicación de seminarios, programas de estudios, fundamentos y formas de gobierno. Una vez cumplidos los requisitos, se accede a la exención impositiva, que controla la misma AFIP.
Según la primera Encuesta sobre Creencias y Actitudes Religiosas realizada en 2008 bajo la coordinación de Fortunato Mallimaci, el 91% de los argentinos cree en Dios y, de ellos, el 76,5% responde a la religión católica. El 9% se define como evangélico. El 1,2%, como Testigo de Jehová. Y un 11% es agnóstico.

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