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Argentina: Aprueban la ley que regula los abortos no punibles en Buenos Aires

Por 30 votos a favor y 29 en contra, los funcionarios sancionaron la normativa de acuerdo al último fallo de la Corte Suprema sobre el tema. La norma es menos restrictiva que el protocolo que había firmado el saliente ministro de Salud, Jorge Lemus

Los legisladores porteños aprobaron hoy una ley impulsada por los bloques de la oposición para regular la práctica de abortos no punibles en los casos consignados en el artículo 86 del Código Penal, que contempla cuando corre riesgo la vida o la salud de la mujer o cuando el embarazo proviene de una violación.

La norma fue aprobada con 30 votos positivos y 29 negativos de la bancada del PRO y los aliados, y coincide con el criterio adoptado por el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que determinó que las mujeres víctimas de una violación pueden practicarse un aborto sin autorización judicial.

Asimismo, admite como válido el consentimiento de una adolescente para acceder a un aborto no penado a partir de los 14 años de edad, no fija un plazo máximo de semanas de gestación para la realización de la práctica, pero si establece un tope de cinco días desde que se solicita para concretar la interrupción del embarazo.

La ley quedó aprobada esta madrugada en el marco de una sesión que comenzó con un debate en el que cada bloque expuso su punto de vista y reflejó una clara contraposición entre quienes estaban a favor y los que no.

Sin embargo, cerca de la una de la madrugada y cuando los diputados estaban por votar el proyecto, algunos asesores del PRO comenzaron a comentar a los diputados sentados en las bancas acerca de un tuit publicado por la legisladora María José Lubertino que agredía a los macristas Victoria Morales Gorleri y Sergio Bergman. (ver: Escándalo antes de la aprobación de la ley de aborto no punible)

Luego del escándalo, los diputados retomaron el debate y aprobaron la norma que, según fuentes parlamentarias, supera al protocolo de atención de abortos no punibles que firmó el ex ministro de Salud Jorge Lemus antes de renunciar a su cargo.

Ese protocolo fue considerado "como restrictivo" por los requisitos que impartía para el acceso al aborto, entre ellos, que en los casos de abuso la práctica debía hacerse como límite hasta las doce semanas de gestación.

No obstante, algunos diputados que celebraron la aprobación del proyecto admitieron que está la sospecha que el jefe de Gobierno de la Ciudad, Mauricio Macri, vete la ley, tal como lo hizo en otros casos con temas con los cuales el Ejecutivo no estuvo de acuerdo con las legislaciones emitidas por el Parlamento.

"Esperamos que este caso no sea parte de la cantidad de leyes vetada", dijo la diputada del Frente para la Victoria María Rachid, quien aseguró que con la aprobación de la norma "se avanzó hacia el reconocimiento de los derechos de las mujeres y que tiene que ver con los principios que la Corte reconoció en relación a los casos de aborto no punibles".

En sesión, la diputada María Elena Naddeo, del ibarrismo, sostuvo que el proyecto de la oposición "no impone nada, sino que simplemente dice que el Estado debe garantizar ese derecho a la mujer y a la niña que se está reclamando".

Puntualmente, entre los puntos centrales del texto aprobado figura la prohibición a que se impongan “obstáculos médicos, burocráticos o judiciales para acceder a la prestación” de la conclusión del embarazo producto de una violación o de alto riesgo para la mujer gestante.

En ese sentido, refiere a “obstáculos” a la intervención de varios profesionales en el diagnóstico, la participación de equipos interdisciplinarios, comités de ética o la exposición policial o judicial del hecho de violencia sexual que generó el embarazo.

Por ello, para acceder a un aborto en caso de abusos “no resulta necesaria la denuncia de violación, ni la constatación del delito, sino que basta con una declaración jurada de la mujer prestada ante el profesional de la salud interviniente”. Y agrega: “Un médico diplomado y el consentimiento de la mujer encinta, son requisito general de todos los casos de aborto no punible".

Legislatura porteña.

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