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Sentencia del Supremo 5492/2012 negando la segregación en centros concertados

El Supremo admite la negativa de Cantabria a renovar conciertos a centros educativos que segregan por sexo.

FALLAMOS
No ha lugar al recurso de casación núm. 4.591/2.011 , interpuesto por la representación procesal de las Asociaciones de Padres de alumnos de los Colegios Torrevelo y Peñalabra frente a la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en la Comunidad Autónoma de Cantabria de veintidós de junio de dos mil once, pronunciada en el recurso contencioso administrativo núm. 545/2.009 , deducido contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de Cantabria de trece de agosto de dos mil nueve que desestimó los recursos de alzada interpuestos contra la Resolución de la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria de catorce de abril de dos mil nueve, sobre denegación de acceso al régimen de conciertos educativos de 6 unidades de Educación Infantil del Colegio Torrevelo, y denegación de la renovación del concierto existente para seis unidades de Educación Primaria y cuatro unidades de Educación Secundaria Obligatoria para el mismo centro educativo, prorrogando el citado concierto por un año
al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 2.377/1.985, de 18 de diciembre , por el que se aprobó el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, así como la denegación de acceso al régimen de conciertos educativos para seis unidades de Educación Primaria y cuatro unidades de Educación Secundaria Obligatoria del Colegio Peñalabra que confirmamos , y todo ello con expresa condena en costas a las recurrentes con el límite fijado en el fundamento de Derecho quinto de esta Sentencia.
Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la Colección Legislativa, lo pronunciamos, mandamos y firmamos

La sentencia completa en el archivo adjunto.

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