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IU de Hoyo de Manzanares protesta ante el menu de cuaresma en el CEIP Virgen de la Encina

Para ver la noticia a la que se hace referencia entrar en:

Un colegio público restringe la carne en el menú de los alumnos "por la llegada de la Cuaresma"


Sra. Directora Colegio Público Virgen de la Encina:

Ante todo mis saludos.
Con todos mis respetos, en mi nombre y en de Izquierda Unida de Hoyo de Manzanares, quisiera manifestarte nuestro estupor primero, y nuestro más profundo desacuerdo y rechazo sobre la medida adoptada por la Dirección del Colegio sobre el cambio de menú por causas puramente de creencias religiosas, totalmente ajenas a cuestiones alimentarias, dietéticas o educativas de  que serían las únicas que, excepcionalmente justificarían un cambio del menú escolar.
El CEIP Virgen de la Encina es un colegio público, de titularidad y gestión pública y, por lo tanto aconfesional, independientemente de que la mayoría de los alumnos asistan o no a clase de religión católica -cuya inclusión el el curriculo escolar sería otro debate-.
Por otra parte y en todo caso, aún no teniendo competencias para ello, aunque menos las tiene la dirección, esta decisión debería haberse sometido al Consejo Escolar, algo que según sabemos, no se ha hecho.
 
La Constitución española de 1978 deja bien claro que "Ninguna confesión tendrá carácter estatal" (art. 16) y un Colegio Público forma parte de la Administración del Estado.
 
Al margen de las creencias religiosas de cada uno, el laicismo debe impregnar todos los actos educativos, incluidos recreos y comedor.
 
Independientemente de los comentarios anteriores que son lo que verdaderamente tienen valor sería interesante que conocieras lo que el propio derecho canónico establece sobre prácticas de penitencia y que te añado a continuación:
 

Estas son las prácticas de penitencia que indica el derecho canónico:

Canon 1251: Todos los viernes, a no ser que coincidan con una solemnidad, debe guardarse la abstinencia de carne, o de otro alimento que haya determinado la Conferencia Episcopal; ayuno y abstinencia se guardarán el miércoles de Ceniza y el Viernes Santo.

Canon 1252: La ley de la abstinencia obliga a los que han cumplido catorce años; la del ayuno, a todos los mayores de edad, hasta que hayan cumplido cincuenta y nueve años. Cuiden sin embargo los pastores de almas y los padres de que también se formen en un auténtico espíritu de penitencia quienes, por no haber alcanzado la edad, no están obligados al ayuno o a la abstinencia.

Por último, sin ningún ánimo que no sea el de contribuir a que la enseñanza pública sea laica, te añado el contenido de un curso de laicismo que comprende una jornada de "Escuela Pública y Laicismo", por si es de tu interés.
 
Un cordial saludo
 
Coordinador Asamblea Local de Izquierda Unida
Hoyo de Manzanares

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