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La Justicia española bendice el crucifijo

Los tribunales apelan a la tradición para tumbar los intentos de retirar los símbolos religiosos de los edificios públicos

La Justicia bendice el uso religioso en las instituciones públicas. Las iniciativas partidarias de una separación nítida de Iglesia y Estado fracasan ante los tribunales una y otra vez, como acreditan las resoluciones de diversos juzgados y tribunales consultadas por Público. "Hay un claro sesgo conservador de la judicatura. Lo fácil para ellos es fallar a favor de la tradición", resume Francisco Delgado, presidente de Europa Laica, la principal organización laicista de España.

El último ejemplo es la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que desestima la solicitud de dos guardias civiles de que se retire la imagen de la Virgen del Pilar, patrona del cuerpo, del cuartel de Almodóvar del Río (Córdoba).

Los fallos priman la historia sobre la aconfesionalidad constitucional

El abogado del Estado había allanado el camino al fallo, recibido por los demandantes el pasado julio, con un escrito en el que calificaba de "disparatada" la petición. Y decía: "La petición de retirada de la Santísima Virgen evidentemente conllevará la lesión de los legítimos derechos e intereses de quienes libremente practican la religión católica".

Las demandas suelen apelar al artículo 14.1 de la Constitución "No puede prevalecer discriminación por razón de religión" y al 16.3 "Ninguna confesión tendrá carácter estatal". A falta de un criterio unificado y de desarrollo normativo de estos preceptos, en los tribunales vence la tesis de que la tradición impone una relación prevalente del Estado con el catolicismo, que a su vez justifica la exhibición de sus iconos. La puntilla la da la segunda frase del 16.3: "Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones".

Colegio Macías Picavea

El abogado del Estado tildó de "disparate" quitar la "Santísima Virgen"

Fernando Pastor cree que esa lógica discrimina tanto a los que no profesan ninguna fe como a los que tienen otra. Padre de una alumna del colegio público de Valladolid Macías Picavea, Pastor presentó el recurso que llevó, en noviembre de 2008, al mayor triunfo judicial del movimiento laico en España. Un juzgado sentenció que los crucifijos en las aulas vulneran "los derechos fundamentales" de los artículos 14 y 16, obligando al colegio a "retirar los símbolos religiosos".

Esta tesis salió reforzada un año después, cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo sentenció, a partir de una denuncia en Italia, que los símbolos católicos en las aulas violan "los derechos de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones" .

No obstante, la Justicia española siguió a lo suyo. La Junta de Castilla y León (PP) y el grupo ultracatólico E-Cristians recurrieron el fallo de Valladolid ante el Tribunal Superior de Castilla y León, que limitó la retirada de símbolos a las aulas en las que los padres lo pidan expresamente. El fallo fue recurrido ante el Tribunal Constitucional (TC).

"Hay un sesgo conservador en la judicatura", afirma Europa Laica

El letrado José Antonio Bosch también espera noticias del TC. "Y llegaré hasta Estasburgo, si hace falta", dice. Quiere abolir el artículo 3 de los estatutos del Colegio de Abogados de Sevilla, que es una corporación pública. El artículo establece que el colegio, "por secular tradición, tiene como patrona a la Santísima Virgen María".

Supremacía católica

El primer revés a Bosch se lo dio un juzgado con una sentencia que hacía alusión a la "auténtica supremacía" conquistada de facto en España por la religión católica, demostrada por el trato preferencial que le da el Estado. Y añadía: "Para bien o para mal, la Constitución no ha sido capaz de desprenderse del peso histórico que para el país supone la religión católica, no es de extrañar que a las instituciones les suceda lo mismo". Las instituciones dan un trato especial a la Iglesia, ergo la Iglesia merece un trato especial.

Estrasburgo ya vetó los iconos religiosos en las aulas públicas italianas

El Tribunal Superior andaluz desestimó el recurso de Bosch, que en 2008 pidió amparo al Constitucional. En una entrevista con Público en 2009, se preguntaba qué dirían sus compañeros que lo llaman "antidemócrata" si por ejemplo en Ceuta "la mayoría de abogados fueran musulmanes y quisieran invocar a Alá en los estatutos del colegio".

Más inamovibles aún resultan los gestos de pleitesía religiosa de los ayuntamientos. El Movimiento Hacia un Estado Laico (MHUEL) recurrió ante un juzgado de Zaragoza tanto la presencia del crucifijo en el salón de plenos como también el reglamento municipal que obliga a los ediles a asistir a la procesión del Corpus.

La sentencia desestimatoria, de abril, alude al "relevante valor histórico y artístico" del crucifijo. Ante el intento de MHUEL en su recurso de hacer extensibles los razonamientos de Estrasburgo sobre las aulas italianas al caso del crucifijo del pleno, el juez responde en su sentencia desechando el fallo europeo por considerar que aborda una cuestión que nada tiene que ver: "La presencia del crucifijo en el salón de plenos no lesiona el derecho de los padres a la educación de sus hijos". Se limita así a presentar ambos casos como incomparables, cuando reclaman una respuesta jurídica a la misma pregunta: ¿dónde empieza a violarse la neutralidad religiosa del Estado?

El PP y E-Cristians lograron matizar en Valladolid una sentencia díscola

El fallo dice que la libertad religiosa "no sirve de amparo a una entidad de ánimo laicista, que pretende, precisamente, una suerte de limitación del fenómeno religioso". Antonio Aramayona, del MHUEL, recurrió el fallo al considerarlo "un panfleto ideológico".

Un juzgado de Toledo deses-timó también el pasado año un recurso de Alternativa Laica contra la renovación del voto municipal a la Inmaculada Concepción. "No tenemos una aliada en la Justicia, pero creemos que la razón está de nuestra parte", afirma Yolanda García, de Alternativa Laica.

Los fallos desestimatorios obran un efecto disuasorio. Miguel Barragán, policía de Sevilla, pidió en 2008 al ayuntamiento la retirada de las imágenes religiosas de la comisaría de Triana-Los Remedios. No hubo respuesta. "No iré a los tribunales, visto lo visto. Sólo queda esperar a ver qué establece la Ley de Libertad Religiosa", dice sin mucha fe.

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