Asóciate
Participa

¿Quieres participar?

Estas son algunas maneras para colaborar con el movimiento laicista:

  1. Difundiendo nuestras campañas.
  2. Asociándote a Europa Laica.
  3. Compartiendo contenido relevante.
  4. Formando parte de la red de observadores.
  5. Colaborando económicamente.

El IRPF y la financiación de la Iglesia Católica

Considero que el Estado debería ser nominal y realmente laico, y no financiar a ninguna religión a través del IRPF velando por el principio de de igualdad. Todo lo que tienda hacia la autonomía de las personas y de las instituciones, redunda en la libertad de todas y todos, incluida la Iglesia católica.

Los Estados contribuyen al sostenimiento económico de la Iglesia católica según el devenir histórico de cada país: en Alemania sólo contribuyen los que profesan expresamente la religión católica o protestante; en Chile cualquier persona puede donar el 1% de su sueldo a la parroquia que estime conveniente; y en Argentina, el Estado paga el sueldo y la jubilación de los obispos, asimilándolos al de una persona que ejerza de juez. Los antecedentes históricos no siempre son acordes con el principio de libertad religiosa pudiendo conculcar los principios de igualdad y laicidad para fundamentar la financiación de una confesión religiosa.

Según el art. 16 de la Constitución Española de 1978, la libertad religiosa comporta la obligación de neutralidad y aconfesionalidad por parte del Estado, y de cooperar con las confesiones religiosas. El principio de igualdad y no discriminación en función del sexo o de la religión, queda reflejado en el artículo 14 del mismo texto constitucional. Por otro lado, el Tribunal Constitucional reitera que no puede haber discriminación hacia la ciudadanía en función de sus creencias, y que se dará a todas las confesiones religiosas un trato paritario, porque no hay libertad sin igualdad.

Desde que se firmó el Acuerdo económico entre el Estado y Santa Sede en 1979, la Iglesia declaraba su propósito “de lograr por sí misma los recursos suficientes para la atención de sus necesidades”. De eso hace 28 años y, durante ese tiempo los sistemas de financiación a la Iglesia católica han ido cambiando: primero fue una dotación en los presupuestos generales del Estado, después vino la asignación del IRPF, pasando por un sistema mixto que incluía la condonación del dinero adelantado por parte del Estado.
En la actualidad, quienes podemos pagar impuestos sabemos que hay dos casillas, no excluyentes, para asignar un porcentaje de nuestro IRPF: a la “Iglesia católica” y a “otros fines de interés social”. La asignada a la Iglesia es en concepto de mantenimiento de culto y clero. La asignación a otras Organizaciones No Lucrativas (ONL) se reparte de la siguiente manera, un 80 % del total se invierte en proyectos sociales auspiciados a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y un 20% a través del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación. En ambos casos (MTAS y MAE) financian proyectos concretos no a estructuras de las organizaciones.

La Iglesia católica recibe dinero por parte del Estado en concepto de su actividad asistencial, labor docente y conservación del patrimonio histórico-artístico, dichas cantidades tienen, a diferencia de la asignación tributaria, una contrapartida específica, en forma de servicio prestado por la Iglesia y pactado con el Estado. La partida de asignación tributaria no contempla ninguna contrapartida específica, ningún servicio concreto prestado por parte de la Iglesia, y hasta 2006 no estaba previsto, a diferencia de lo que sucedía durante el período de aplicación del sistema de cooperación a través de la “dotación en los Presupuestos Generales del Estado”, que la Iglesia católica presentara una Memoria sobre el dinero recibido.

En España, a finales de 2006 cambia el modelo de financiación entre el Estado y la Iglesia católica. En apretada síntesis podríamos decir que se incrementa la asignación tributaria del 0,52 % al 0,7 % del IRPF, y desaparecen algunas exenciones como el IVA -la legislación española se consideraba contraria al Derecho Comunitario (cuatro años después de la primera pregunta parlamentaria)-. La Iglesia católica, como venían haciendo el resto de organismo y asociaciones sin ánimo de lucro, se ha comprometido a presentar una memoria justificativa de las cantidades recibidas del Estado a través de la citada asignación.

Pareciera que, con este cambio, estamos acabando de amortizar las desamortizaciones que históricamente reclama la Iglesia católica. Más bien estamos ante un espejismo, si el dinero asignado a la casilla de la Iglesia católica lo resta Hacienda de los ingresos públicos totales, creyentes y no creyentes siguen contribuyendo al sostenimiento del catolicismo. Por otro lado, las confesiones religiosas, que también tienen acuerdos con el Estado, evangélica, israelita y musulmana, fueron históricamente desamortizadas no han recibido ningún porcentaje del IRPF. Sería más coherente con el marco constitucional que, dado que somos un Estado aconfesional, no se financiase a ninguna confesión.

Es en este contexto cuando la Iglesia católica ha comenzado una campaña divulgativa, encargada por la Conferencia Episcopal Española, explicando la necesidad del IRPF para el sostenimiento económico de la misma. La campaña, sobria, después de mostrar las obras de interés social que realiza, pide que se consigne la casilla destinada a “Iglesia católica” y en todos solicita la financiación para el sostenimiento económico de la misma. Hubiera sido más coherente con el contenido de los anuncios, si hubieran solicitado consignar la casilla correspondiente a “otros fines de interés social”.

Hay que tener en cuenta que la Iglesia católica recibe el 100% del 0,7% para financiar la estructura de su organización, y además, puede recibir una porción del 0,7% destinado a “otros fines de interés social”. Pongamos un ejemplo, la Iglesia recibió en el ejercicio 2004, 117 millones de euros y las Organizaciones No Lucrativas se repartieron 127 millones de euros. Siguiendo con el ejemplo, la Iglesia sumaría a los 117 millones en concepto de culto y clero, los asignados a sus Organizaciones No Lucrativas, como es el caso de Cáritas diocesana o Manos Unidas, para sus proyectos sociales. De esa forma la Iglesia católica tiene un estatuto preferencial dentro de las organizaciones declaradas de interés social.

No cuestionamos la inestimable labor realizada por la Iglesia católica a través de sus diferentes organizaciones, pero sí consideramos anómalos los conceptos por los que se financia. Es difícilmente defendible que en un Estado aconfesional, hasta el ejercicio de 2006, haya recibido dinero de todas las personas que realizaban la declaración de la renta, por los servicios religiosos que presta a sus fieles. Sería más coherente que la Iglesia autofinanciara clero y culto; otra cuestión es que la magnífica labor asistencial y de cooperación que viene realizando, siga financiándose a través de del IRPF destinado a “otros fines de interés social”. Este cambio nos situaría ante un sistema impositivo realmente aconfesional o laico.

La Iglesia católica significa que las aportaciones del Estado tan sólo representan el 20% del total del dinero que invierte, y que el 80% proviene de donaciones, limosnas y colectas entre sus fieles, la pregunta es ¿de cuánto dinero dispone la Iglesia católica?, ¿cómo no ha conseguido la tan deseable autofinanciación? Hasta el momento no se sabía cuál era el grado de autofinanciación de la Iglesia católica, si es que existía, y cómo podía generar suficientes recursos económicos para proseguir con su labor sin necesidad de recurrir a la ayuda del Estado, teniendo en cuenta el escaso porcentaje de fieles que contribuía con su IRPF a la Iglesia.

Quizá, el 80% de autofinanciación antes mencionado se debe a que, por algún sector de la Iglesia católica, se considere que la asignación tributaria en la casilla del IRPF supone una forma de “autofiananciación” y que el Estado es un mero transmisor de la voluntad del contribuyente (sería la llamada Tasa de Cobertura Eclesial). Si eso fuera así, además de hacer real los porcentajes anteriores, de manera un tanto rebuscada, cabría preguntarse por qué el Estado realiza las funciones de recaudador de una entidad religiosa.

Debería considerarse, como hacen muchas y muchos católicos de base, que la Iglesia católica sería más libre si consiguiera una financiación que dejara al Estado al margen, lo que evitaría una posible relación clientelar.

Otra cuestión sumamente interesante y controvertida, sería aplicar la estimativa de impacto de género para analizar si el dinero de la Iglesia católica beneficia más a varones y mujeres dentro de su organización. Según la legislación actual, cabría replantearse la legalidad de dicha financiación si es que comporta ahondar en una discriminación en razón del sexo, y de la religión que se profese.

Considero que el Estado debería ser nominal y realmente laico, y no financiar a ninguna religión a través del IRPF velando por el principio de de igualdad. Todo lo que tienda hacia la autonomía de las personas y de las instituciones, redunda en la libertad de todas y todos, incluida la Iglesia católica.

Total
0
Shares
Artículos relacionados
Total
0
Share