Asóciate
Participa

¿Quieres participar?

Estas son algunas maneras para colaborar con el movimiento laicista:

  1. Difundiendo nuestras campañas.
  2. Asociándote a Europa Laica.
  3. Compartiendo contenido relevante.
  4. Formando parte de la red de observadores.
  5. Colaborando económicamente.

La Iglesia pide suprimir la laicidad en la educación

Planteó la necesidad de incluir en el texto reformado un Preámbulo, «que es el ámbito adecuado para incluir la expresa mención a Dios», ya que «el pueblo de Entre Ríos es profundamente religioso».

Pero además reclama cláusulas garantistas del “derecho a la vida” y la “protección de la familia”, y que no se dé “cabida a leyes ni programas gubernamentales que alteren aquellos principios”.
La Iglesia Católica reclamó expresamente ayer que en la Constitución reformada sea suprimido el término “laico” para caracterizar al tipo de educación que se imparte en las escuelas públicas de Entre Ríos. La observación apunta específicamente al artículo 203 del texto constitucional hoy en vigencia que determina que la “enseñanza en las escuelas del Estado será gratuita, laica y obligatoria”.
“La palabra laica del referido artículo debe suprimirse, ya que su inclusión está imponiendo una determinada y parcializada forma de educar, ignorando el sentido de trascendencia, en contra del pensamiento y creencia de la mayoría del pueblo entrerriano. La imposición de la enseñanza laica en las escuelas del Estado implica una discriminación inaceptable”, dice el informe elaborado por la Junta Arquidiocesana de Laicos que ayer presentó el arzobispo Mario Maulión en una rueda de prensa.
La Curia conformó una comisión de estudios de la reforma de la Constitución —que preside el abogado Carlos Nesa, y de la que forman parte además Juan Antonio Llorens, Martín Acevedo Miño, Sara del Rosario Mentasti y Santiago Villa—, que elaboró cinco puntos que consideran “esenciales” para discutir: la necesidad de que la futura Carta Magna provincial incorpore un Preámbulo; que el texto constitucional mencione expresamente un apartado referido a la defensa de la vida; que haya una “protección integral a la familia”; y que contenga un respeto a los derechos sociales; y que ponga especial cuidado en la educación.
El arzobispo Maulión ponderó la intervención de la Iglesia en la discusión de la reforma —los convencionales constituyentes iniciarán su tarea en enero de 2008— y la consideró “oportuna” y “necesaria”.
LAICA O CONFESIONAL. Un punto central del debate que plantea la Iglesia apunta a suprimir el carácter laico de la educación que imparte el Estado. En ese sentido, señala que “la restricción establecida por la actual Constitución resulta contradictoria con lo establecido en el Pacto de San José de Costa Rica que a partir de 1994 tiene rango constitucional en nuestro país”.
Y entonces el trabajo redactado por la comisión de la Junta de Laicos subraya que “parece legítima y provechosa una sana laicidad del Estado, en virtud de la cual las realidades temporales se rigen según normas que les son propias”, y en ese marco apunta que “un Estado sanamente laico” tendrá que “dejar espacio en su legislación” a la dimensión religiosa de los habitantes.
“Por ello se impone la supresión de la palabra laica, o bien su reemplazo por una expresión que determine una sana laicidad positiva del Estado”, puntualiza.
Pero además pretende que se dé rango constitucional a “dos principios elementales” como son “el derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte natural” y la “protección integral de la familia”, y de esa forma se ponga freno a “eufemismos” como “programas de salud” o “respeto a una muerte digna”. Por eso apoya la necesidad de incluir en la Constitución reformada “textos garantistas” y así “dejar claramente establecido que en nuestra provincia no tendrán cabida leyes ni programas gubernamentales que alteren aquellos principios tutelares de la vida y la familia”.
“Quisiéramos ver plasmado en el texto de la Constitución Provincial una norma expresa que asegure en nuestra provincia el reconocimiento a nuestra tradición familiar”, puntualiza el texto.
En lo que hace a los derechos sociales, la Iglesia incorporó su propia visión, y reclamó del Estado la “debida protección” para conseguir, entre otros objetivos, “la constitución de una familia, como célula primaria de la sociedad”, además de la protección de la mujer, de la niñez, de los discapacitados y de la dignidad del trabajo, cuestiones que también deberían estar, a su juicio, en el nuevo texto constitucional.
DIOS Y EL PREÁMBULO. El informe que elaboró la Iglesia define “lo que no puede faltar en nuestra ley fundamental”, y a ese respecto apela a la necesidad de que la futura Constitución de Entre Ríos reformada incorpore un Preámbulo, elemento del cual hoy carece. Y explica para qué.
“Consideramos que el Preámbulo para toda Constitución asume la entidad ontológica de piedra basal, que sostiene la arquitectura axiológica y normativa de la misma”, sostiene. Y señala que además de su importancia jurídico-institucional, “creemos que es el ámbito adecuado para incluir la expresa mención a Dios como lo hacen sus anteriores, la Constitución Nacional y la casi totalidad de las constituciones provinciales vigentes”.
Al respecto, puntualiza que “el constituyente debe captar la realidad cultural, entre otras, del pueblo de nuestra provincia, y dentro de esa realidad, la presencia de Dios”, y luego de citar “las ermitas, grutas, y otras manifestaciones análogas que encontramos en nuestras rutas, las estampas de la Virgen en sus distintas advocaciones que están presentes en los negocios, imágenes de santos, rosarios, etcétera, colgando en los vehículos”, la realidad de Villa Libertador San Martín y el circuito de la colonización judía, concluye que “el pueblo de Entre Ríos es profundamente religioso”.
“La Constitución de 1933 vigente, y objeto de la reforma a desarrollarse, es la única de todas las constituciones de la Argentina, incluyendo la Nacional, que no tiene Preámbulo, el que fue expresamente omitido por la mentalidad laica predominante en ese momento entre los constituyentes”, añade.
“El problema fundamental no es si hubo prevaricato”
El arzobispo de Paraná, Mario Luis Bautista Maulión, le respondió ayer al titular del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Daniel Carubia, quien había refutado las críticas hechas al fallo que allanó el camino para que una joven discapacitada embarazada producto de una violación pudiese interrumpir la gestión.
Sin nombrar al clero, Carubia pidió en forma pública que se evite “confrontar postulados religiosos que son absolutos, con principios jurídicos que siempre son relativos”. La declaración fue, además, una respuesta a un documento del Secretariado Nacional para la Familia de la Conferencia Episcopal Argentina, que había acusado de “prevaricato” al máximo tribunal.
“Fundar un fallo en una falsedad es un delito. Se llama prevaricato”, planteó el Episcopado.
—¿No se excedió el Episcopado al usar ese calificativo? —le preguntó EL DIARIO a Maulión.
—Eso puede ser discutido. Pero a mi modo de ver, el problema fundamental no es si hay prevaricato o no. El problema es si hay legitimación o no del aborto. La Comisión del Episcopado ha hecho esta apreciación, que podrá ser legalmente o jurídicamente discutida, pero, reitero, la cuestión de fondo no es si hubo prevaricato o no. La cuestión de fondo es si ha habido muerte o no de un inocente.
—Se puede dar esa discusión en otros terrenos, y en otros términos.
—Sí, puede haber discusión en otros términos. Pero la cuestión de fondo es ésta: acá se trata de la muerte de una persona inocente.
Yo creo que esto es mucho más que una cuestión jurídica. Acá el hecho no es tanto lo jurídico como lo real que está en juego. Por lo tanto que haya normas que despenalicen una acción, y que haya normas que pareciera que la contradicen, no resuelve el problema de fondo que es una vida humana en riesgo y en juego.
Más adelante, el arzobispo dijo que “la vida es un derecho fundamental de la persona humana, proclamado en nuestra Constitución Nacional. No es algo religioso. Es algo que hace a la dignidad de la persona humana”.
—Pero en el Código Penal está prevista la figura del aborto terapéutico para dementes violadas.
—Eso plantea, a mi modo de ver, una especie de incoherencia legal en nuestro sistema. No una contradicción sino una no coherencia. La no punibilidad del aborto en estas circunstancias, no quita que esto sea una privación de una vida a una persona que tiene derecho a vivir. El hecho de no castigar este aborto no resuelve el problema. Hay derechos que no son producto de la legislación sino que son anteriores a toda legislación. Uno de esos derechos es el derecho a la vida.

Total
0
Shares
Artículos relacionados
Total
0
Share